MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

CONSULTORA DE PROYECTOS, INGENIERIA Y ARQUITECTURA LIMITADA

RUT 77559100-5 CVE 2375378
Fecha instrumento
30 de agosto de 2023

Instrumento

Fecha
30 de agosto de 2023
Notario
JORGE ELIAS TADRES HALES
Domicilio
Temuco

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JORGE ELIAS TADRES HALES, Notario Público Temuco, oficio en esta ciudad A. Varas Nº 976, certifico: por escritura pública fecha diecisiete de agosto del año dos mi veintitres, ante mí, HELEN ANDREA THIERS HERNÁNDEZ, chilena, casada, abogada, cédula de identidad número once millones novecientos ochenta y ocho mil novecientos cuarenta y siete guion dos domiciliada en Temuco, en calle Antonio Varas número novecientos ochenta nueve oficina mil ochocientos tres, en representación de don DAGOBERTO ENRIQUE THIERS SILVA, chileno, casado y separado totalmente de bienes, contador auditor, cédula de identidad número cuatro millones trescientos setenta y tres mil setecientos ochenta y tres guión k; domiciliado en Temuco, calle Aragón numero ciento veinticinco A Departamento seiscientos cinco; don ALEJANDRO ANDRÉS GAZAUE THIERS, chileno, casado y separado totalmente de bienes, arquitecto, cédula de identidad número trece millones ochocientos noventa y un mil quinientos treinta y uno guion k, domiciliado en Temuco, calle Camino Botrolhue numero mil ciento veintidós casa cincuenta; doña MARITZA BARRA GUTIERREZ, chilena, viuda, arquitecta, cédula de identidad número cinco millones quinientos veinticinco mil ciento sesenta y dos guion dos, domiciliada en Temuco, calle Las Encinas número cero dos mil setecientos veinticinco; y doña VITALIA MACARENA ARAYA VENEGAS, chilena, casada y separada totalmente de bienes, Ingeniero Constructor, cédula nacional de identidad número dieciséis millones cuatrocientos sesenta y seis mil cuatrocientos cuarenta y nueve guión k, domiciliada en Padre Las Casas, calle Paicaví numero mil ciento cincuenta y uno, expuso: Que por escritura pública de cesión de derechos y modificación de sociedad de fecha doce de julio del año dos mil veintitrés, repertorio número tres mil quinientos cincuenta y ocho guion dos mil veintitrés, otorgada ante don JORGE ELÍAS TADRES HALES, Notario Público Titular de la comuna de Temuco, en las cláusulas tercero y cuarto don Dagoberto Enrique Thiers Silva vende, cede y transfiere a doña Vitalia Macarena Araya Venegas, el cuarenta y cinco por ciento del haber social de la sociedad CONSULTORA DE PROYECTOS, INGENIERIA Y ARQUITECTURA LIMITADA, y doña Maritza Barra Gutiérrez, vende, cede y transfiere a don Alejandro Andrés Gazaue Thiers, el diez por ciento del haber social de la sociedad CONSULTORA DE PROYECTOS, INGENIERIA Y ARQUITECTURA LIMITADA, respectivamente, como sigue: “TERCERO: En este acto don Dagoberto Enrique Thiers Silva, con expreso consentimiento de todos los otros socios, vende, cede y transfiere a doña Vitalia Macarena Araya Venegas, el cuarenta y cinco por ciento del haber social de la sociedad CONSULTORA DE PROYECTOS, INGENIERIA Y ARQUITECTURA LIMITADA. El precio de la cesión es la suma de un millón trescientos cincuenta mil pesos, que se paga en este acto al contado y en dinero efectivo, a entera satisfacción del cedente. CUARTO: Por su parte, en este acto, doña Maritza Barra Gutiérrez, con expreso consentimiento de todos los otros socios, vende, cede y transfiere a don Alejandro Andrés Gazaue Thiers, el diez por ciento del haber social de la sociedad CONSULTORA DE PROYECTOS, INGENIERIA Y ARQUITECTURA LIMITADA. El precio de la cesión es la suma de trescientos mil pesos, que se paga en este acto al contado y en dinero efectivo, a entera satisfacción del cedente.“ SEGUNDO: Por el presente acto la compareciente, viene en rectificar las cláusulas tercero y cuarto ya que se omitió mencionar las aceptaciones de los cesionarios, y en consecuencia, viene en complementar las referidas clausulas agregando dichas aceptaciones en cada clausula indicando “quien a su vez compra, acepta y adquiere,” quedando dichas cláusulas de la siguiente manera: “TERCERO: En este acto don Dagoberto Enrique Thiers Silva, con expreso consentimiento de todos los otros socios, vende, cede y transfiere a doña Vitalia Macarena Araya Venegas, quien a su vez compra, acepta y adquiere, el cuarenta y cinco por ciento del haber social de la sociedad CONSULTORA DE PROYECTOS, INGENIERIA Y ARQUITECTURA LIMITADA. El precio de la cesión es la suma de un millón trescientos cincuenta mil pesos, que se paga en este acto al contado y en dinero efectivo, a entera satisfacción del cedente. CUARTO: Por su parte, en este acto, doña Maritza Barra Gutiérrez, con expreso consentimiento de todos los otros socios, vende, cede y transfiere a don Alejandro Andrés Gazaue Thiers, quien a su vez compra, acepta y adquiere, el diez por ciento del haber social de la sociedad CONSULTORA DE PROYECTOS, INGENIERIA Y ARQUITECTURA LIMITADA. El precio de la cesión es la suma de trescientos mil pesos, que se paga en este acto al contado y en dinero efectivo, a entera satisfacción del cedente”. En lo no rectificado, aclarado o complementado continúan vigente el contrato original.Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Temuco, 30 de agosto de 2023.-