CONSTRUCTORA CPV LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 14 de agosto de 2023
- Repertorio
- 56350-2023
- Notario
- WLADIMIR ALEJANDRO SCHRAMM LOPEZ
- Oficio
- 49° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $6.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalWLADIMIR ALEJANDRO SCHRAMM LOPEZ, Notario Público Titular de la 49° Notaría de Santiago, Amunátegui N° 73, Santiago, CERTIFICA: Por escritura pública de 14 de Agosto de 2023, Repertorio N° 56.350-2.023, ante mi suplente don Sergio Ulloa Ojeda; don JOSÉ CRISTÓBAL VENEGAS LÓPEZ, domiciliado en calle Playa El Águila N° 2223, Depto. 1202, Edificio Aquamare, Comuna de Iquique, de paso en ésta; don FREDY ANTHONY PETIT-BREUILH SALAZAR, domiciliado en Pasaje Humberto Jara Toro N° 036, Villa Boris Soler, Comuna de Melipilla, de paso en ésta; don PATRICIO DEL ROSARIO CANIBILO ARAYA, domiciliado en calle Maestro Palomo N° 082, Comuna de Puente Alto, de paso en ésta; don JOSÉ ULÍSES ARIAS DÍAZ, con domicilio en Camino de Nos Los Morros N° 1350, Comuna de San Bernardo, de paso en esta; y don RICARDO ANTONIO MANCILLA TRONCOSO, domiciliado en calle Los Lagos N° 9855, Comuna de La Florida, modificaron sociedad responsabilidad limitada “CONSTRUCTORA CPV LIMITADA”, con nombre de fantasía “CONSTRUCTORA MEDIAQUADRA LTDA.”, RUT N° 76.920.859-3, inscrita en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, a fojas 32.049, N° 16.938 del año 2018, capital social $6.000.000.- Modificaciones consisten: 1) Se retira de la sociedad el socio don FREDY ANTHONY PETIT-BREUILH SALAZAR, dueño del 33% del haber social, quien vende, cede y transfiere la totalidad de los derechos o acciones que le corresponden en la mencionada sociedad, a don RICARDO ANTONIO MANCILLA TRONCOSO, quien los compra, acepta y adquiere para sí, en la suma de $1.980.000.-, pagados al contado y en dinero efectivo; y b) Se retira de la sociedad el socio don JOSÉ CRISTÓBAL VENEGAS LÓPEZ, dueño del 33% del haber social, quien vende, cede y transfiere la totalidad de los derechos o acciones que le corresponden en la mencionada sociedad, a don JOSÉ ULÍSES ARIAS DÍAZ, quien los compra, acepta y adquiere para sí, en la suma de $1.980.000.- pagados al contado y en dinero efectivo. 2) Consecuencia cesión anterior, quedan como únicos socios de “CONSTRUCTORA CPV LIMITADA” o “CONSTRUCTORA MEDIAQUADRA LTDA.”, don JOSÉ ULÍSES ARIAS DÍAZ, con un 33% de los derechos sociales; don PATRICIO DEL ROSARIO CANIBILO ARAYA, con un 34% de derechos sociales, y don RICARDO ANTONIO MANCILLA TRONCOSO, con el 33% de los derechos sociales restantes. Socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. 3) Asimismo, actuales socios acuerdan modificar cláusula cuarta de la constitución de sociedad, en el sentido que la administración, representación y el uso de la razón social corresponderá a contar de la fecha de escritura extractada, a los socios don JOSÉ ULÍSES ARIAS DÍAZ, don PATRICIO DEL ROSARIO CANIBILO ARAYA, y a don RICARDO ANTONIO MANCILLA TRONCOSO, quienes podrán actuar en firma individual o separada y/o conjuntamente, con las mismas facultades indicadas en la escritura de constitución primitiva. 4) Asimismo, actuales socios acuerdan modificar la cláusula segunda del pacto social constitutivo en el sentido de eliminar el nombre de fantasía, quedando dicha cláusula de la siguiente manera: “SEGUNDO: La razón social será CONSTRUCTORA CPV LIMITADA.”. En todo lo no modificado sigue vigente pacto social primitivo. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 01 de Septiembre de 2023.