CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD DE INVERSIONES MUNITA GIL LIMITADA

CVE 2374834
Capital
$1.000.000 CLP
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Comuna
Santiago

Sociedad

N. fantasía
“MUNITA GIL LTDA.”
Capital
$1.000.000 CLP
Domicilio
ciudad de Santiago
Duración
La sociedad durará 5 años contados desde la fecha de suscripción de este instrumento, plazo que se renovará por periodos de 2 años tácita y sucesivamente si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle termino al final del período que estuviere en curso mediante declaración contenida en escritura pública, la que deberá anotarse al margen de la inscripción de la sociedad en el registro de comercio con la anticipación de a lo menos 6 meses antes de la finalización del respectivo período

Objeto social

“a) Efectuar inversiones en negocios inmobiliarios, para lo cual podrá adquirir, enajenar, a cualquier título, bienes raíces urbanos o rústicos; b) Desarrollar proyectos inmobiliarios, pudiendo efectuar explotación, sea actuando en forma directa o en nombre y representación de terceros, bajo la forma de compraventa, loteos habitacionales, comerciales o industriales, condominios o cualesquier otra variante, así como urbanizaciones, construcciones o remodelaciones de edificios, casas, locales, estacionamientos, oficinas, departamentos o cualquier otra construcción; c) La explotación de inmuebles por cualquier forma, sea en forma directa o por medio de terceros, pudiendo arrendarlos, subarrendarlos, entregarlos en leasing, dar y ceder a terceros a cualquier título el uso y el goce de dichos inmuebles; y d) La inversión de capitales en toda clase de bienes muebles, corporales o incorporales, tales como acciones, bonos, debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios.”. Administración y Uso

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARIA PATRICIA DONOSO GOMIEN Notario Público Titular 27° Notaria de Santiago, Orrego Luco 0153, Providencia, certifico: Por escritura pública de 22 de agosto del 2023, ante mí: IGNACIO MUNITA GIL y GLORIA MARIA GIL RODRIGO, ambos Cristal de Roca N° 10.577, Colina, constituyeron sociedad comercial responsabilidad limitada. Razón social: “SOCIEDAD DE INVERSIONES MUNITA GIL LIMITADA”, nombre de fantasía: “MUNITA GIL LTDA.”. Domicilio: ciudad de Santiago, sin perjuicio de las sucursales o agencias que establezca en el país o extranjero. Objeto: “a) Efectuar inversiones en negocios inmobiliarios, para lo cual podrá adquirir, enajenar, a cualquier título, bienes raíces urbanos o rústicos; b) Desarrollar proyectos inmobiliarios, pudiendo efectuar explotación, sea actuando en forma directa o en nombre y representación de terceros, bajo la forma de compraventa, loteos habitacionales, comerciales o industriales, condominios o cualesquier otra variante, así como urbanizaciones, construcciones o remodelaciones de edificios, casas, locales, estacionamientos, oficinas, departamentos o cualquier otra construcción; c) La explotación de inmuebles por cualquier forma, sea en forma directa o por medio de terceros, pudiendo arrendarlos, subarrendarlos, entregarlos en leasing, dar y ceder a terceros a cualquier título el uso y el goce de dichos inmuebles; y d) La inversión de capitales en toda clase de bienes muebles, corporales o incorporales, tales como acciones, bonos, debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios.”. Administración y Uso Razón Social: corresponderán exclusivamente a IGNACIO MUNITA GIL, quien actuando por la sociedad y anteponiendo la razón social a su firma, la representará con las más amplias facultades, establecidas pacto social extractado. Capital: $1.000.000.-, aportado IGNACIO MUNITA GIL: $990.000 y GLORIA MARIA GIL RODRIGO: $10.000, ambos al contado en este acto. Utilidades y pérdidas: repartidas y soportadas respectivamente por los socios a prorrata sus aportes. - Responsabilidad Socios: Queda limitada al monto de sus aportes. Duración: La sociedad durará 5 años contados desde la fecha de suscripción de este instrumento, plazo que se renovará por periodos de 2 años tácita y sucesivamente si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle termino al final del período que estuviere en curso mediante declaración contenida en escritura pública, la que deberá anotarse al margen de la inscripción de la sociedad en el registro de comercio con la anticipación de a lo menos 6 meses antes de la finalización del respectivo período. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 25 de agosto del 2023.