Instrumento
- Fecha
- 24 de agosto de 2023
- Repertorio
- 12667-2023
- Notario
- Luis Ignacio Manquehual Mery
- Oficio
- 8º Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Duración
- Indefinida
Objeto social
La Sociedad tendrá por objeto directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, dentro del territorio de la Republica o en el extranjero: a) La planificación, gestión, desarrollo y explotación de todo tipo de proyectos inmobiliarios; la realización de loteos, urbanizaciones, ya sea por cuenta propia o de terceros de toda clase se predios urbanos o rústicos de propiedad de la sociedad o no, con fines habitacionales, comerciales, industriales o agrícolas, enajenarlos, administrarlos y)o explotarlos, bajo la forma de arrendamientos, medierías u otros; b) La administración de toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, por cuenta propia o ajena; c) La prestación de toda clase de asesorías, consultorías y servicios de carácter inmobiliario, comercial, financiero y económico; y d) La realización de actos y negocios que los accionistas de común acuerdo decidan, incluyendo la participación en sociedades o comunidades de cualquier tipo o naturaleza. Además, podrá ejecutar todas las operaciones o negocios que acuerden los accionistas y que tengan relación con el
Personas y entidades (4)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| Matías Alejandro Echeverría Urriola | socio | 17311510-5 | — | — | |
| Pablo Aninat Alvarez-Fourcade | socio | 16431823-0 | — | — | |
| Rodrigo Andrés Barrera Leffevre | socio | 13551384-9 | — | — | |
| José Felipe Sánchez Vega | socio | 19045145-3 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLuis Ignacio Manquehual Mery, abogado, Notario Público Titular de la 8º Notaría de Santiago, con domicilio en calle Huérfanos Nº 941, local 302, Santiago, certifico: que por escritura pública de fecha 24 de agosto de 2023, repertorio N° 12667-2023, ante mí, i) don Matías Alejandro Echeverría Urriola, CI Nº 17.311.510-5, domiciliado para estos efectos en calle Los Pablos número 2160, Departamento 803, comuna de Temuco, de paso en ésta; ii) don Pablo Aninat Alvarez-Fourcade, CI Nº 16.431.823-0, domiciliado para estos efectos en calle Monseñor Adolfo Rodriguez 12631, casa 7, comuna de Lo Barnechea; iii) don Rodrigo Andrés Barrera Leffevre, CI Nº 13.551.384-9, domiciliado para estos efectos en Avenida Presidente Kennedy 6575, departamento 122, comuna de Las Condes; y iv) don José Felipe Sánchez Vega, CI Nº 19.045.145-3, domiciliado para estos efectos en calle Callao 3600, departamento 908, comuna de Las Condes; constituyeron una sociedad por acciones, en adelante la “Sociedad”, conforme lo establecido en los artículos 424 y siguientes del Código de Comercio, la cual se regirá para todos los efectos legales por sus estatutos, y en lo no previsto por ellos y, sólo en aquello que no se contraponga con su naturaleza y sus estatutos, por las normas aplicables a las sociedades anónimas cerradas, de cuyos estatutos se extracta lo siguiente: Razón Social: “Rentia SpA”. Objeto: La Sociedad tendrá por objeto directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, dentro del territorio de la Republica o en el extranjero: a) La planificación, gestión, desarrollo y explotación de todo tipo de proyectos inmobiliarios; la realización de loteos, urbanizaciones, ya sea por cuenta propia o de terceros de toda clase se predios urbanos o rústicos de propiedad de la sociedad o no, con fines habitacionales, comerciales, industriales o agrícolas, enajenarlos, administrarlos y/o explotarlos, bajo la forma de arrendamientos, medierías u otros; b) La administración de toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, por cuenta propia o ajena; c) La prestación de toda clase de asesorías, consultorías y servicios de carácter inmobiliario, comercial, financiero y económico; y d) La realización de actos y negocios que los accionistas de común acuerdo decidan, incluyendo la participación en sociedades o comunidades de cualquier tipo o naturaleza. Además, podrá ejecutar todas las operaciones o negocios que acuerden los accionistas y que tengan relación con el objeto social.- Capital: $1.000.000, dividido en 1.000 acciones nominativas, de única serie y sin valor nominal, que se suscriben, enteran y pagan en la forma establecida en las disposiciones transitorias. Duración: La duración de la Sociedad será indefinida. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 5 de septiembre de 2023.