MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

MANDALA SpA

RUT 77542539-3 CVE 2374240
Capital
$40.700.000 CLP
Fecha instrumento
18 de agosto de 2023
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
18 de agosto de 2023
Notario
ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
Oficio
Trigésima Sexta Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$40.700.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Abogado, Notario Público, Titular de la Trigésima Sexta Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción número 65, Piso 2, comuna de Providencia, certifico: que por escritura pública de fecha 18 de agosto de 2023, otorgada ante mí, AMBROSIO VENTURES SpA, sociedad del giro prestación de servicios de tecnología, Rol Único Tributario N°76.830.031-3, INVERSIONES Y RENTAS MCR SpA, sociedad del giro de su denominación, Rol Único Tributario N°76.513.722-5, ambas representadas por MARTIN CRISTOBAL RODRIGUEZ ROCCA, chileno, casado, ingeniero comercial cédula de identidad número 15.960.820-4, e INVERSIONES ASC SpA, sociedad del giro de su denominación, Rol Único Tributario N°77.252.855-8, representada por ANTONIO SIVORI CORREA, chileno, soltero, ingeniero comercial, cédula de identidad N°16.366.273-6, todos domiciliados en Aurelio González N°3.669, Oficina B, Vitacura, Santiago, Región Metropolitana, en sus calidades de únicos y actuales accionista de MANDALA SpA, conforme al Registro de Accionistas tenido a la vista, modificaron los estatutos de la sociedad, y acordaron aumentar el capital social de $40.700.000.- dividido en 1.000 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado, a la suma de $51.700.000.-, moneda de curso legal, dividido en 1.053 acciones, mediante la emisión de 53 nuevas acciones de pago, todas ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, a un valor de colocación de $207.547,17 por cada acción, a ser suscritas y pagadas dentro del plazo que vence el 31 de agosto de 2023, de contado, en dinero efectivo, industria, con otros bienes, mediante compensación de créditos que suscriptor mantenga con la sociedad. Se modificaron al efecto los artículos quinto permanente y primero transitorio de los estatutos sociales en términos que indica el instrumento extractado. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 04 de septiembre de 2023.-