INVERSIONES RENAICO SpA
Instrumento
- Fecha
- 11 de agosto de 2023
- Repertorio
- 607-2023
- Notario
- PATRICIO GUILLERMO COROMINAS MELLADO
- Oficio
- 2° Notaría de Santiago con asiento en la comuna de Lo Barnechea
Sociedad
- Capital
- $1.856.406.986 CLP
Personas y entidades (3)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| Andrómeda Inversiones SpA | socio | 79737090-8 | — | — | |
| AMALTEA S.A | socio | 96944870-K | — | — | |
| Esta última en su calidad de única y actual accionista de INVERSIONES RENAICO SpA | socio | 88153300-6 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPATRICIO GUILLERMO COROMINAS MELLADO, abogado y Notario Público Titular de la 2° Notaría de Santiago con asiento en la comuna de Lo Barnechea, con domicilio en Av. La Dehesa N° 1201, local 101, certifica: Que, por escritura pública de fecha 11 de agosto de 2023, Repertorio N° 607-2023, ante mí, comparecieron, debidamente representadas: Andrómeda Inversiones SpA, RUT N° 79.737.090-8 y AMALTEA S.A., RUT N° 96.944.870-K. Esta última en su calidad de única y actual accionista de INVERSIONES RENAICO SpA, RUT N°88.153.300-6, según consta en el Registro de Accionistas que tuve a la vista, en adelante, la “Sociedad”, inscrita a fojas 12.838, N° 7.109, en el Registro de Comercio del año 1981 del Conservador de Santiago, que modificó los estatutos de la Sociedad: 1) Se incrementó el capital en la suma de $1.856.406.986, de manera que actual capital de la Sociedad pasa de $117.486.396 a la suma de $1.973.893.382, mediante la emisión de 158.010 acciones, todas las cuales son suscritas y pagadas por Andrómeda Inversiones SpA. 2) Se modificaron los artículos quinto y primero transitorio de los estatutos de la Sociedad, los que son sustituidos por los siguientes: I) “ARTÍCULO QUINTO: Capital. El capital de la Sociedad es la suma de mil novecientos setenta y tres millones ochocientos noventa y tres mil trescientos ochenta y dos pesos, dividido en ciento sesenta y ocho mil diez acciones nominativas, ordinarias, sin valor nominal, de una misma serie, todas suscritas y pagadas. Los aumentos de capital deben quedar totalmente suscritos y pagados en el plazo de cinco años, contados desde la fecha en que se acuerde el aumento. Si los aumentos de capital no se pagaren oportunamente al vencimiento de los respectivos plazos, el capital social quedará reducido al monto efectivamente suscrito y pagado. Las acciones cuyo valor no se encuentre totalmente pagado tendrán sin perjuicio de ello, todos los derechos que los Estatutos o la ley les asignen durante todo el tiempo que transcurra desde su emisión hasta el vencimiento del plazo establecido para su pago. El capital no se entenderá modificado de pleno derecho cada vez que los accionistas de la sociedad acuerden la aprobación del balance del ejercicio correspondiente, ya sea expresa o tácitamente.”; y II) “ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO: El capital de la sociedad, asciende a la suma de mil novecientos setenta y tres millones ochocientos noventa y tres mil trescientos ochenta y dos pesos, dividido en ciento sesenta y ocho mil diez acciones nominativas, ordinarias, sin valor nominal, de una misma serie, que se encuentran suscritas y pagadas por: a) Andrómeda Inversiones SpA, con ciento cincuenta y ocho mil diez acciones; y b) Amaltea S.A., con diez mil acciones.” Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 4 de septiembre de 2023.