MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

INVERSIONES DEL ACONCAGUA SpA

RUT 76896712-1 CVE 2374183
Capital
$4.000.000 CLP
Fecha instrumento
25 de agosto de 2023
Notaría
Viña del Mar

Instrumento

Fecha
25 de agosto de 2023
Repertorio
11114
Notario
CAROLINA BEATRIZ MENA CARRILLO
Oficio
Séptima Notaría de Viña del Mar
Comuna
Viña del Mar

Sociedad

Capital
$4.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

CAROLINA BEATRIZ MENA CARRILLO, Abogado, Notario Público Interino Séptima Notaría de Viña del Mar, con oficio en Avenida Libertad trescientos noventa y cinco, Viña del Mar, certifica: Por escritura pública con fecha 25 de agosto de 2023, repertorio 11.114, otorgada ante mí, MARÍA CAROLINA CANCINO DÍAZ y RAFAEL JOSÉ ANTONIO ESTAY TOLOZA, ambos domiciliados para estos efectos en Avenida Libertad número 1405, oficina 508, ciudad de Viña del Mar, comuna de Valparaíso, modificaron sociedad “INVERSIONES DEL ACONCAGUA SpA” constituida 07 junio 2018, Notaría Viña del Mar Luis Enrique Fischer Yávar, inscrita a fojas 948 N°763 Registro Comercio Viña del Mar año 2018. Se dejó constancia que capital social suscrito y pagado es $500.000.- dividido en 500 acciones, de una sola serie, sin valor nominal. Modificaciones: I. Accionista MARÍA CAROLINA CANCINO DÍAZ aumenta de capital de $500.000.- a $4.000.000.- mediante emisión de 3.500 nuevas acciones nominativas, de una sola serie, sin valor nominal, suscritas y pagadas en forma inmediata, 1.500 acciones suscritas y pagadas por MARÍA CAROLINA CANCINO DÍAZ y 2.000 acciones suscritas y pagadas por RAFAEL JOSÉ ANTONIO ESTAY TOLOZA, que ingresa como accionista a la sociedad, quedando capital íntegramente suscrito y pagado. II. Como consecuencia de lo anterior, únicos y actuales accionistas, MARÍA CAROLINA CANCINO DÍAZ y RAFAEL JOSÉ ANTONIO ESTAY TOLOZA modificaron Artículo Quinto y Artículo Primero Transitorio: “Artículo Quinto: CAPITAL: El capital de la sociedad es la suma de $4.000.000.- dividido en 4.000 acciones nominativas, de única serie y sin valor nominal, que se suscribe y paga según se señala en el Artículo Primero Transitorio. Las acciones podrán solucionarse en dinero efectivo o en otros bienes, de toda índole, valorizados conforme a la Ley.”, y “ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO: El capital de la sociedad asciende a la suma de $4.000.000.- dividido en 4.000 acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, de tal manera que cada acción suscrita y debidamente pagada dará derecho a un voto. El capital se suscribe y paga en la forma siguiente: Uno) doña MARIA CAROLINA CANCINO DÍAZ ha suscrito y pagado la cantidad de 500 acciones, por la suma de $500.000.-, pagados en dinero efectivo en el acto de constitución de la sociedad, y la cantidad 1.500 acciones que suscribe y paga en este acto y en dinero efectivo, enterando en arcas sociales la suma de $1.500.000.-. De esta forma, a doña MARIA CAROLINA CANCINO DÍAZ le corresponde el 50 por ciento del total de las acciones suscritas y pagadas en la sociedad; y Dos) don RAFAEL JOSÉ ANTONIO ESTAY TOLOZA, suscribe y paga en este acto la cantidad de 2.000 acciones, que paga en este acto y en dinero efectivo, enterando en arcas sociales la suma de $2.000.000.-. De esta forma, a don RAFAEL JOSÉ ANTONIO ESTAY TOLOZA le corresponde 50 por ciento del total de las acciones suscritas y pagadas en la sociedad. Total, de acciones suscritas y pagadas: 4.000 acciones, esto es, el 100 por ciento del capital de la sociedad. Con lo anterior, queda íntegramente suscrito y pagado el capital de la sociedad.” III. Se modifica Artículo Décimo en el sentido que la sociedad será administrada por MARÍA CAROLINA CANCINO DÍAZ y RAFAEL JOSÉ ANTONIO ESTAY TOLOZA, actuando cualquiera de ellos en forma indistinta y separada, amplias facultades. En lo no modificado mantiene vigencia pacto social. Demás estipulaciones constan escritura extractada. Viña del Mar, 04 de septiembre de 2023.-