MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

ASISTENCIA METALURGICA Y TECNOLOGIA LIMITADA

RUT 76495721-0 CVE 2374699
Capital
$6.000.000 CLP
Fecha instrumento
4 de agosto de 2023
Notaría
Antofagasta

Instrumento

Fecha
4 de agosto de 2023
Comuna
Antofagasta

Sociedad

Capital
$6.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

GONZALO MARTIN HURTADO PERALTA: Notario Público de la 3era Notaria de Antofagasta, con oficio en calle San Martín N° 2745, Certifico: Por escritura pública otorgada con fecha 4 de Agosto de 2023, ante mí, MILTO YANIRO GUILLEN ALAVE, chileno, casado, Ingeniero Civil Químico, Cédula Nacional de Identidad número once millones seiscientos once mil ochocientos setenta y seis guión nueve, domiciliado en esta ciudad, calle México número seiscientos sesenta y uno; MARIO ORLANDO CORTES CRUZ, chileno, casado, Técnico en Computación, domiciliado en esta ciudad, Avenida Argentina número cero ciento cincuenta, departamento cincuenta y cuatro, cédula nacional de identidad número diez millones trescientos cincuenta y ocho mil cuatrocientos cuarenta y siete guión siete y JANETT DEL CARMEN LÓPEZ AHUMADA, chilena, casada, Profesora diferencial, domiciliada en calle Santiago Humberstone 125 casa 58, Condominio Bordemar 1, comuna y ciudad de Antofagasta, cédula nacional de identidad número 12.419.333-8, modificaron sociedad de responsabilidad limitada denominada “ASISTENCIA METALURGICA Y TECNOLOGIA LIMITADA” y/o “AMETEC LTDA.” inscrita, en extracto, en el Registro de Comercio del Conservador de Comercio de Antofagasta, a fojas 1437 vuelta bajo el n° 79, de 2 de junio de 2015, Rol Único Tributario n° 76.495.721-0, cuyos capital inicial fue de $6.000.000, en el sentido que MARIO ORLANDO CORTES CRUZ, dueña del 3 por ciento de los derechos sociales, vende, cede y transfiere la totalidad de sus derechos sociales a doña JANETT DEL CARMEN LÓPEZ AHUMADA, quien las compra y acepta para sí dichos derechos sociales. El precio de la cesión y venta es la suma total de $200.000.-, que se paga en este acto de contado declarando la vendedora recibirlos a su entera satisfacción y sin reclamo alguno que hacer. En consecuencia, ambas partes se otorgan el más total, completo y definitivo finiquito respecto de la venta de derechos antes mencionada. En todo lo no modificado por el presente instrumento, quedan vigentes las demás estipulaciones del pacto social constitutivo, en todo aquello que no contraponga con las estipulaciones de esta escritura. Antofagasta 06 de septiembre de 2023.