MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD CONSTRUCTORA GOLDMAK LIMITADA

RUT 76017216-2 CVE 2374071
Fecha instrumento
4 de agosto de 2023

Instrumento

Fecha
4 de agosto de 2023
Repertorio
9010-23
Notario
ESMIRNA VIDAL MORAGA
Domicilio
Agrupación de Comunas de Temuco

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ESMIRNA VIDAL MORAGA, Abogado, Notario Público de la Agrupación de Comunas de Temuco, Padre Las Casas, Melipeuco, Cunco, Vilcún y Freire, con domicilio en Antonio Varas 979 Temuco, Certifico: que por escritura pública otorgada ante mi Suplente doña Eliana Andrea Martínez Cárdenas, con fecha 04 de Agosto del año 2023, anotada bajo el repertorio N° 9010-23, compareció doña KLANSY MABEL GOLDAMMER SOLDAN, cédula de Identidad N° 13.158.009-6, doña MARIANNE MARCELA GOLDAMMER SOLDAN, cédula de Identidad N° 14.218.439-7, y don SEBASTIAN ANDRES GOLDAMMER GOLDAMMER, cedula de identidad N° 19.305.937-6, todos domiciliados en calle San Ernesto N° 1050, de la ciudad de Temuco, y expusieron: que mediante escritura pública fecha veinticinco de marzo del año don mil ocho, otorgada ante notario de Temuco don Jorge Elías Tadres Hales, constituyeron Sociedad Comercial de Responsabilidad Limitada, cuya razón social es “SOCIEDAD CONSTRUCTORA GOLDMAK LIMITADA”, Rol Único Tributario número setenta y seis millones diecisiete mil doscientos dieciséis guion dos, publicada su extracto en Diario Oficial de la Republica edición número treinta y nueve mil treinta y uno con fecha abril ocho de dos mil ocho e inscrita a fojas trescientos veintiocho, número trescientos diecisiete del Registro de Comercio Primer Conservador de Bienes Raíces de Temuco del año dos mil ocho. Posteriormente dicha Sociedad fue objeto de modificación social según consta de escritura pública de fecha veinticinco de octubre de dos mil diecisiete, otorgada ante el Notario de Temuco don Jorge Elías Tadres Hales y publicado en Diario Oficial de la Republica edición número cuarenta y un mil novecientos de fecha noviembre seis de dos mil diecisiete. MODIFICAN LA SOCIEDAD EN EL SIGUIENTE SENTIDO: Los socios doña KLANSY MABEL GOLDAMMER SOLDAN y doña MARIANNE MARCELA GOLDAMMER SOLDAN, ya individualizadas, vienen en modificar el pacto social de “SOCIEDAD CONSTRUCTORA GOLDMAK LIMITADA”, en los siguientes términos: Uno) doña KLANSY MABEL GOLDAMMER SOLDAN, ya individualizada, vende, cede y transfiere el dieciséis coma siete por ciento de sus acciones, derechos y cuotas de dominio que le corresponden en la sociedad a don SEBASTIAN ANDRES GOLDAMMER GOLDAMMER, chileno, soltero, ingeniero constructor, cedula nacional de identidad número diecinueve millones trescientos cinco mil novecientos treinta y siete guion seis, domiciliado en calle San Ernesto numero mil ciento cincuenta de la ciudad de Temuco, quien las acepta y compra para si en un millón de pesos, pagados al contado, dinero en efectivo a la cedente con anterioridad a la fecha de la presente escritura, declarando la cedente haber recibido el precio en su totalidad y a entera satisfacción.- Dos) doña MARIANNE MARCELA GOLDAMMER SOLDAN, ya individualizada, vende cede y transfiere el dieciséis coma siete por ciento de sus acciones, derechos y cuotas de dominio que le corresponden en la sociedad a don SEBASTIAN ANDRES GOLDAMMER GOLDAMMER , ya individualizado , quien las acepta y comprar para si en un millón de pesos, pagados al contado, dinero en efectivo a la cedente con anterioridad a la fecha de la presente escritura, declarando la cedente haber recibido el precio en su totalidad y a su entera satisfacción.- Los socios comparecientes declaran que quedan como socios de la “SOCIEDAD CONSTRUCTORA GOLDMAK LIMITADA”, doña KLANSY MABEL GOLDAMMER SOLDAN , doña MARIANNE MARCELA GOLDAMMER SOLDAN Y don SEBASTIAN ANDRES GOLDAMMER GOLDMAMER ,con un TREINTA Y TRES COMA TRES por ciento de participación social respectivamente , debiendo los socios hacerse cargo del total del activo y pasivo en proporción a sus respectivas participaciones en la sociedad.- La representación legal y uso de la razón social corresponderá a cualquiera de los socios ya individualizados y podrán actuar de forma separa sin necesidad de comparecencia de los demás, quienes gozaran de todas y cada una de las facultades contenidas en la cláusula cuarta de la escritura social, cesando administración y uso de la razón social exclusiva de KLANSY MABEL GOLDAMMER SOLDAN. En todo lo no modificado por presente instrumento, rige íntegramente pacto social primitivo y modificación de fecha veinticinco de Octubre de dos mil diecisiete. Demás estipulaciones en escritura extractada.- DOY FE.- Temuco, 05 de Septiembre del año 2023.-