MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

RCK EVENTOS LIMITADA

RUT 76277259-0 CVE 2373991
Capital
$500.000 CLP
Fecha instrumento
18 de agosto de 2023
Notaría
Concepción

Instrumento

Fecha
18 de agosto de 2023
Repertorio
2434-2023
Notario
JUAN EDUARDO AVELLO SAN MARTIN
Oficio
12° Notaría de Concepción
Comuna
Concepción

Sociedad

Capital
$500.000 CLP

Personas y entidades (3)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
ALEX ABRAHAM AGUAYO BELMAR socio 13624048-K
San Pedro de la Paz y Sociedad de Servicios y Asesorías Ruiz y Compañía Limitada socio 76185597-2
KARINA ANDREA RUIZ CORTES representante 16009106-1

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JUAN EDUARDO AVELLO SAN MARTIN, Notario Público, titular de la 12° Notaría de Concepción, con oficio en avenida Chacabuco N°980, de la comuna de Concepción, certifico: Que por Escritura Pública de fecha 18 de Agosto de 2023, bajo el repertorio N°2.434-2023, ante mí, ALEX ABRAHAM AGUAYO BELMAR, C.N.I. N°13.624.048-K, domiciliado Pasaje Juan Ruiz 123 San Pedro de la Paz y Sociedad de Servicios y Asesorías Ruiz y Compañía Limitada, RUT Nº76.185.597-2, representada por KARINA ANDREA RUIZ CORTES, C.N.I. N°16.009.106-1, domiciliada en Aníbal Pinto 215 depto 704 Concepción modificaron Sociedad de Responsabilidad Limitada razón social, RCK EVENTOS LIMITADA”, nombre de fantasía “RCK EVENTOS LTDA”, extracto se inscrito fojas 1780 Nº1573 Registro Comercio Concepción, 2013, publicado D.O. 4 de julio de 2013. Capital $500.000, RUT N°76.277.259-0, modificación consiste Uno) Sociedad de Servicios y Asesorías Ruiz y Compañía Limitada, vende, cede y transfiere a Karina Andrea Ruíz Cortes, quien compra, adquiere y acepta para sí el total de los derechos sociales de que es dueña en la sociedad ““RCK EVENTOS LIMITADA”, equivalente al 60% de derechos sociales en la referida compañía. El precio $400.000, pagaderos contado y dinero efectivo. Como consecuencia de dicha cesión de derechos sociales, los actuales y únicos socios de dicha sociedad son ALEX ABRAHAM AGUAYO BELMAR, con el 40% derechos sociales y KARINA ANDREA RUIZ CORTES con 60% derechos sociales. Actuales socios modifican CLAUSULA SEGUNDA en relación con la razón social de la sociedad para armonizarla con su actual situación. CLAUSULA SEGUNDA: La razón social de la sociedad será COMERCIAL Y SERVICIOS BASILIC, cuyo nombre de fantasía es BACILIC LIMITADA”, el cual podrá ser utilizado ante todo tipo de organismo y especialmente para las entidades bancarias, Tesorería General de la República y el Servicio de Impuestos Internos, pudiendo abreviar la palabra limitada por LTDA. Dos) Se modifica CLAUSULA TERCERA, referente al objeto social, ampliando dicho objeto incorporando un número siete) y un número ocho) que son del siguiente tenor: siete) El transporte de carga ajena por carretera y transporte de pasajeros, arriendo de vehículos con chofer, la representación de empresas extranjeras o nacionales de transporte y embalaje; la compraventa de móviles nuevos o usados, repuestos, motores, accesorios y demás; todo lo relacionado, de cualquiera forma, en la actualidad o en el futuro, con el flete, traslado y transporte de bienes de toda clase y su embalaje, incluyendo las gestiones portuarias y aduaneras, en su caso; y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden. ocho) la comercialización de todo tipo de alimentos perecibles y no perecibles, abarrotes y cualquiera otra clase de alimentos que se conocen, en la actualidad, o existan en el futuro, para el hombre y/o los animales y todo lo relacionado, en cualquiera forma, con el ramo alimenticio; y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden. Tres) Por último se modifica la cláusula quinta referente al capital social, en el sentido que el capital social se aumenta de $500.000 a $10.000.000, el cual ha sido pagado con anticipación mediante préstamos que los socios le otorgaron a dicha sociedad. En lo no modificado quedan plenamente vigente todas las estipulaciones del contrato social. Demás cláusulas en escritura extractada. Concepción, 28 de Agosto de 2023.-