MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

LEYTON LAB SpA

RUT 77755376-3 CVE 2373499
Capital
$11.000 CLP
Fecha instrumento
10 de agosto de 2023

Instrumento

Fecha
10 de agosto de 2023
Repertorio
603-2023
Notario
PATRICIO GUILLERMO COROMINAS MELLADO
Oficio
Segunda Notaría de Santiago con asiento en la comuna de Lo Barnechea

Sociedad

Capital
$11.000 CLP

Personas y entidades (2)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
BENJAMÍN ANTONIO LEYTON CARRASCO socio 20067689-0
CRISTÓBAL EDUARDO LEYTON CARRASCO socio 17314323-0

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

PATRICIO GUILLERMO COROMINAS MELLADO, Abogado, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Santiago con asiento en la comuna de Lo Barnechea, con domicilio en Avenida La Dehesa número mil doscientos uno, local ciento uno, certifico: Por escritura pública de fecha 10/08/2023, Repertorio N° 603-2023, ante mí, BENJAMÍN ANTONIO LEYTON CARRASCO, CNI 20.067.689-0 y CRISTÓBAL EDUARDO LEYTON CARRASCO, CNI 17.314.323-0, Hanga Roa 2132, Villa Alemana, únicos y actuales accionistas de la unanimidad de las acciones como consta en el Registro de Accionistas de LEYTON LAB SpA, inscrita a fs. 33 vta nro 24 del Registro de Comercio de Villa Alemana año 2023 (“la Sociedad”), quienes acordaron: A.- Aumentar el capital social a $11.000.000 mediante la emisión de 110.000 acciones de pago nominativas, ordinarias, de una sola serie y sin valor nominal, a un valor de suscripción de $90,9090909.- B.- En consecuencia, modificaron el Artículo Quinto de los estatutos por el siguiente: “ARTÍCULO QUINTO: El capital de la Sociedad será la suma de once millones de pesos, dividido en un millón ciento diez mil acciones ordinarias, nominativas, de igual valor, de una misma serie, y sin valor nominal. Lo anterior sin perjuicio de las modificaciones del capital y del valor de las acciones que se produzcan de pleno derecho en conformidad a las disposiciones del presente estatuto social y en forma supletoria, de acuerdo con las normas legales de las sociedades anónimas cerradas que les sean aplicables. Dicho capital será suscrito y pagado en la forma y en los plazos establecidos en el Artículo Primero Transitorio de estos estatutos”. C.- Asimismo, reemplazaron el actual Artículo Primero Transitorio de los estatutos, por el siguiente: “ARTICULO PRIMERO TRANSITORIO. Suscripción y pago del Capital. El capital de la Sociedad asciende a la suma de once millones de pesos, dividido en un millón ciento diez mil acciones ordinarias, nominativas, de igual valor, de una misma serie, y sin valor nominal, a que se refiere el artículo quinto permanente de estos estatutos, el que se encuentra parcialmente suscrito y pagado como sigue: uno) BENJAMÍN ANTONIO LEYTON CARRASCO, cuatrocientas mil acciones correspondiente a cuatrocientos mil pesos, pagados con anterioridad a este acto; y dos) CRISTÓBAL EDUARDO LEYTON CARRASCO, seiscientas mil acciones correspondiente a seiscientos mil pesos, pagados con anterioridad a este acto; y tres) Las restantes ciento diez mil acciones, quedan en reserva, pendientes de suscripción y pago”.- D.- En todo lo no modificado, se mantienen vigentes los estatutos de la Sociedad.- Todo lo anterior conforme a lo señalado en escritura extractada. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 11 de Agosto, 2023.