MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Isiete Servicios de Ingeniería y Construcción Limitada

RUT 77719398-8 CVE 2373501
Capital
$440.000 CLP
Fecha instrumento
4 de septiembre de 2023
Notaría
La Reina

Instrumento

Fecha
4 de septiembre de 2023
Repertorio
5145/2023
Comuna
La Reina

Sociedad

Capital
$440.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Pablo Martínez Loaiza, abogado, Notario Titular de la 1ª Notaría de La Reina, con oficio en La Reina, Avenida Príncipe de Gales número cinco mil ochocientos cuarenta y uno, certifico que por escritura pública de fecha 4 de septiembre de 2023, repertorio 5145 / 2023, ante mí, Imperial Servicios Profesionales Limitada, don Francisco Ignacio Álamos Rojas, don Esteban Maira Kast, don Felipe Ignacio Doren Villaseca, don Juan Pablo Gazmuri Berdichevsky, don Rodrigo Hugo Andrés Granic Silva, don Eduardo Valencia Gómez y don Claudio Antonio Pizarro Ríos, todos domiciliados en calle Rosario Norte número 407, oficina 1.103, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, modificaron la sociedad Isiete Servicios de Ingeniería y Construcción Limitada (la “Sociedad”), inscrita a Fs. 12.131 Nro. 5.890 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 2023, y acordaron: I. Cesión de derechos: (i) don Claudio Antonio Pizarro Ríos vendió, cedió y transfirió a Imperial Servicios Profesionales Limitada un 1% de los derechos sociales que le corresponden en la Sociedad, en el precio indicado en la escritura extractada; (ii) don Claudio Antonio Pizarro Ríos vendió, cedió y transfirió a don Francisco Ignacio Álamos Rojas un 0,7072093% de los derechos sociales que le corresponden en la Sociedad, en el precio indicado en la escritura extractada; (iii) don Claudio Antonio Pizarro Ríos vendió, cedió y transfirió a don Felipe Ignacio Doren Villaseca un 0,0960465% de los derechos sociales que le corresponden en la Sociedad, en el precio indicado en la escritura extractada; (iv) don Claudio Antonio Pizarro Ríos vendió, cedió y transfirió a don Juan Pablo Gazmuri Berdichevsky un 0,1167442% de los derechos sociales que le corresponden en la Sociedad, en el precio indicado en la escritura extractada; y (v) don Claudio Antonio Pizarro Ríos vendió, cedió y transfirió a don Esteban Maira Kast, quien compra, acepta y adquiere para sí, un 0,08% de los derechos sociales que le corresponden en la Sociedad, en el precio indicado en la escritura extractada. II. Retiro de socio: Como consecuencia de la cesión de derechos antes referida, don Claudio Antonio Pizarro Ríos se retiró como socio de la Sociedad. III. Modificación Artículo Quinto: Imperial Servicios Profesionales Limitada, don Francisco Ignacio Álamos Rojas, don Esteban Maira Kast, don Felipe Ignacio Doren Villaseca, don Juan Pablo Gazmuri Berdichevsky, don Rodrigo Hugo Andrés Granic Silva y don Eduardo Valencia Gómez, en su calidad de únicos y actuales socios en la Sociedad, acordaron modificar el Artículo Quinto del pacto social, por el siguiente tenor: “Artículo Quinto: El capital de la Sociedad es la suma de un millón de pesos, que los socios aportaron de la siguiente forma: (i) Imperial Servicios Profesionales Limitada, aporta la suma de $440.000 en este acto, al contado y en dinero, equivalente a un 44% de los derechos en la Sociedad; (ii) don Francisco Ignacio Álamos Rojas, aporta la suma de $311.168 en este acto, al contado y en dinero, equivalente a un 31,116809% de los derechos en la Sociedad; (iii) don Esteban Maira Kast, aporta la suma de $35.200 en este acto, al contado y en dinero, equivalente a un 3,52% de los derechos en la Sociedad; (iv) don Felipe Ignacio Doren Villaseca, aporta la suma de $42.241 en este acto, al contado y en dinero, equivalente a un 4,2240465% de los derechos en la Sociedad; (v) don Juan Pablo Gazmuri Berdichevsky, aporta la suma de $51.391 en este acto, al contado y en dinero, equivalente a un 5,1391442% de los derechos en la Sociedad; (vi) don Rodrigo Hugo Andrés Granic Silva, aporta la suma de $100.000 en este acto, al contado y en dinero, equivalente a un 10% de los derechos en la Sociedad; y (vii) don Eduardo Valencia Gómez, aporta la suma de $20.000 en este acto, al contado y en dinero, equivalente a un 2% de los derechos en la Sociedad. En consecuencia, el capital queda totalmente pagado.”. En todo lo no modificado, se mantienen plenamente vigentes los estatutos sociales. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 4 de septiembre de 2023.-