ASESORIAS Y GESTION EGIS VIDA NUEVA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 30 de agosto de 2023
- Notario
- JOSE ANTONIO MARTINEZ DEMANDES
- Oficio
- Segunda Notaría de Cauquenes
- Comuna
- Cauquenes
Sociedad
- Capital
- $5.000.000 CLP
- Domicilio
- Cauquenes, Séptima Región
- Duración
- Indefinida
Objeto social
El objeto de la sociedad es captar, organizar y desarrollar la demanda de las familias que requieran viviendas sociales, confeccionar proyectos de arquitectura, de ingeniería, cálculo estructural e instalaciones en cualquiera de sus formas, adquirir terrenos para construir dichas viviendas, licitar construcción de proyectos, presentar ante el Serviu u otra autoridad gubernamental el concurso de proyectos, controlar, supervigilar e inspeccionar dichos proyectos, capacitar a las familias interesadas en participar en los referidos proyectos, todo lo anterior por cuenta propia o ajena, y en general, cualquier actividad relacionada o no con el objeto social referido que los socios de común acuerdo determinen, lo cual no será necesario acreditar ante terceros
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJOSE ANTONIO MARTINEZ DEMANDES, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Cauquenes, certifica: Por escritura pública de fecha 30 de Agosto de 2023, Repertorio Nro. 1305/2023, ante mí, don Iván Antonio Valdés Espinoza, don Jenaro Antonio Bravo Ramírez, don Rodrigo Pica Villasante, todos domiciliados en esta ciudad, calle Antonio Varas N° 150, Cauquenes, modificaron y transformaron sociedad "ASESORIAS Y GESTION EGIS VIDA NUEVA LIMITADA", constituida por escritura pública de fecha 9 de febrero de dos mil quince otorgada en la Notaría de la ciudad de Cauquenes de doña Angelita de la Paz Hormazábal Alegría. Un extracto de la escritura referida se inscribió a fojas 11 vuelta Nº 7 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Cauquenes, correspondiente al año 2015. Se publicó en el Diario Oficial Nº 41.083 de fecha 14 de febrero del año 2015, ha sido objeto de las siguientes modificaciones: a) Modificada por escritura pública de fecha 4 de mayo de 2015, otorgada en la Notaría de Santiago de doña Antonieta Mendoza Escalas. Un extracto de la escritura referida se inscribió a fojas 23 vuelta Nº 19 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Cauquenes, correspondiente al año 2015, y se publicó en el y se publicó en el Diario Oficial Nº 41.150 de fecha 6 de mayo del año 2015. b) Modificada por escritura pública de fecha11 de octubre de 2016, otorgada en la Notaría de Santiago de don Humberto Santelices Narducci. Un extracto de la escritura referida se inscribió a fojas 66 Nº 34 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Cauquenes, correspondiente al año 2017. Fue saneada por escritura pública de fecha 14 de octubre de 2017, otorgada en la Notaría de San Clemente de don Enrique Ortiz Schindler. Un extracto de la referida escritura se inscribió a fojas 67 N° 35 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Cauquenes, correspondiente al año 2017, y se publicó en el Diario Oficial Nº 41.831 de fecha diez de agosto de 2017. c) Modificada por escritura pública de fecha 12 de octubre de 2018, otorgada en la Notaría de Talca de don Enrique Ortiz Schindler. Un extracto de la escritura referida se inscribió a fojas 50 vuelta Nº 29 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Cauquenes, correspondiente al año 2018, y se publicó en el Diario Oficial Nº 42.198 de fecha 7 de noviembre del año 2018. d) Modificada por escritura pública de fecha 24 de febrero de 2020, otorgada en la Notaría de Cauquenes de don José Antonio Martínez Demandes. Un extracto de la escritura referida se inscribió a fojas 9 Nº 7 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Cauquenes, correspondiente al año 2020, y se publicó en el Diario Oficial Nº 42.591 de fecha 28 de febrero del año 2020. Modificaciones consisten: Uno) Iván Antonio Valdés Espinoza, cede el total de sus derechos a don Rodrigo Pica Villasante en $4.500.000.- En consecuencia, quedan como únicos socios don Rodrigo Pica Villasante con un 90% y don Jenaro Antonio Bravo Ramírez con un 10%. Dos) Se modifica el Artículo Primero del pacto social quedando como sigue: "ARTICULO PRIMERO: Entre don Rodrigo Pica Villasante y don Jenaro Antonio Bravo Ramírez se ha constituido una sociedad comercial de responsabilidad limitada, que se regirá por las disposiciones de la Ley número tres mil novecientos dieciocho, sus modificaciones, teniendo además presente las disposiciones de los Códigos de Comercio y Civil que versan sobre la materia en todo lo que no se hubiere estipulado en el presente contrato." Tres) Se modifica el Artículo Tercero del pacto social quedando como sigue: "ARTICULO TERCERO: La administración de la sociedad, el uso de la razón social y su representación judicial y extrajudicial corresponderá única y exclusivamente al socio don Rodrigo Pica Villasante, quien deberá anteponer su respectiva firma a la razón social para que represente y obligue a la sociedad "ASESORIAS Y GESTION EGIS VIDA NUEVA LIMITADA" con las facultades otorgadas en el pacto social”. Cuatro) Asimismo, transforman "ASESORIAS Y GESTION EGIS VIDA NUEVA LIMITADA" en Sociedad por Acciones bajo razón social ASESORIAS Y GESTION EGIS VIDA NUEVA SpA. cuyos socios son don Rodrigo Pica Villasante, ingeniero comercial, y don Jenaro Antonio Bravo Ramírez, constructor civil, ambos domiciliados en esta ciudad, calle Antonio Varas N° 150, Cauquenes. Domicilio: Cauquenes, Séptima Región, sin perjuicio de agencias o sucursales que pueda establecer en otros puntos del país o del extranjero. Objeto: El objeto de la sociedad es captar, organizar y desarrollar la demanda de las familias que requieran viviendas sociales, confeccionar proyectos de arquitectura, de ingeniería, cálculo estructural e instalaciones en cualquiera de sus formas, adquirir terrenos para construir dichas viviendas, licitar construcción de proyectos, presentar ante el Serviu u otra autoridad gubernamental el concurso de proyectos, controlar, supervigilar e inspeccionar dichos proyectos, capacitar a las familias interesadas en participar en los referidos proyectos, todo lo anterior por cuenta propia o ajena, y en general, cualquier actividad relacionada o no con el objeto social referido que los socios de común acuerdo determinen, lo cual no será necesario acreditar ante terceros. Capital: $5.000.000, dividido en 50 acciones nominativas, de única serie y sin valor nominal, se encuentra íntegramente suscrito y pagado de la siguiente manera: a) Don Rodrigo Pica Villasante con la suma de cuatro millones quinientos mil pesos pagados al contado y en dinero efectivo, ingresados en caja social, que corresponden a los aportes enterados en la sociedad de responsabilidad limitada que se transforma en este acto; y b) Don Jenaro Antonio Bravo Ramírez con la suma de quinientos mil pesos pagados al contado y en dinero efectivo, ingresados a la caja social, que corresponden a los aportes enterados en la sociedad de responsabilidad limitad que se transforma en este acto.- Duración: indefinida. Demás estipulaciones en escritura extractada. Cauquenes, 05 de Septiembre de 2023.-