ADEEL INTERNATIONAL IMPORT. EXPORT. LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 28 de febrero de 2018
- Notario
- FERNANDO MAURICIO CANALES HERTRAMPF
- Oficio
- Primera Notaria de Iquique
- Comuna
- Iquique
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFERNANDO MAURICIO CANALES HERTRAMPF, abogado, Notario Público Interino de la Primera Notaria de Iquique, Aníbal Pinto 555, certifico que Por escritura pública de hoy, ante mí: Don RANA ADEEL IFTIKHAR, por sí y en representación, de Don IFTIKHAR AHMED RANA, y de Don WARASAT ALI KHAN, todos domiciliados para estos efectos en Avenida Salvador Allende Gossens número mil seiscientos sesenta y ocho, Condominio Buena Vista, departamento ciento ochenta y dos Torre A, Iquique; modifican sociedad “ADEEL INTERNATIONAL IMPORT. EXPORT. LIMITADA o R.A. IMPORT. EXPORT. LTDA.” constituida por escritura pública de fecha 28 de Febrero del año 2018, otorgada ante Notario Público de Iquique Don RUBEN ANTONIO ESCOBAR GARCIA, suplente de la titular Doña MARIA ANTONIETA NIÑO DE ZEPEDA PARRA, cuyo extracto fue inscrito a fojas 318 número 208, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Iquique, correspondiente al año 2018, y debidamente publicada en el Diario Oficial de la República de Chile. Sentido que, el socio Don IFTIKHAR AHMED RANA, vende, cede y transfiere el 100% de sus derechos y acciones en la sociedad que equivalen al 1% del haber total social a Don WARASAT ALI KHAN, quien, compra, acepta y adquiere para sí, dichos derechos y acciones en la sociedad. Modificación social expresada, sociedad “ADEEL INTERNATIONAL IMPORT. EXPORT. LIMITADA o R.A. IMPORT. EXPORT. LTDA.” queda constituida por sus 2 únicos socios: Don RANA ADEEL IFTIKHAR, dueño del 99% derechos y acciones en la sociedad, y Don WARASAT ALI KHAN, dueño del 1% derechos y acciones en la sociedad. Actuales socios modifican cláusula cuarta pacto social, sentido que administración sociedad y uso razón social corresponderá a los socios, Don IFTIKHAR AHMED RANA, y Don WARASAT ALI KHAN, quienes actuando en forma conjunta, separada e indistintamente por la sociedad y anteponiendo la razón social a sus firmas la representarán y obligarán, con amplias facultades. En todo lo no modificado, quedan plenamente vigentes estipulaciones pacto social primitivo, y sus modificaciones. Demás estipulaciones en escritura extractada. Iquique, a 24 Agosto 2023.-