TRITEC-INTERVENTO SpA
Instrumento
- Fecha
- 22 de agosto de 2023
- Repertorio
- 13310-2023
- Notario
- IVÁN TORREALBA ACEVEDO
- Oficio
- Trigésima Tercera Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $608.075.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalIVÁN TORREALBA ACEVEDO, Notario Público Titular de la Trigésima Tercera Notaría de Santiago, Huérfanos N°979, oficina 501, comuna de Santiago, certifico: por escritura pública de fecha 22 de Agosto de 2023, repertorio N° 13.310-2023, ante mí, se redujo el acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas celebrada el día 08 de Agosto de 2023, ante mí, correspondiente a TRITEC-Intervento SpA (la “Sociedad”), mediante mediante la cual se acordó, por unanimidad de los accionistas, según consta en el registro de accionista que he tenido a la vista, aumentar el capital de la Sociedad de la cantidad de $1.256.643.284.- dividido en 377.780 acciones de la Serie A Subordinada, 132.224 acciones de la Serie B Preferente, 122.779 acciones de la Serie C Preferente y 122.779 acciones de la Serie D Preferente, a la suma de $2.256.643.284.-, dividido en las mismas 377.780 acciones de la Serie A Subordinada, 132.224 acciones de la Serie B Preferente, 122.779 acciones de la Serie C Preferente y 122.779 acciones de la Serie D Preferente, mediante el aporte y capitalización del crédito de los accionistas contra la Sociedad, a prorrata de sus respectivas participaciones accionarias, por la cantidad total de $1.000.000.000.- sin emitir acciones respecto a este incremento. A consecuencia de lo anterior, los accionistas de la Sociedad por unanimidad, acordaron: (i) reemplazar el Artículo Quinto de estatutos sociales, por el siguiente: “Artículo Quinto: El capital de la Sociedad es la cantidad de $2.256.643.284, dividido en 377.780 acciones de la Serie A subordinada, 132.224 acciones de la Serie B Preferente, 122.779 acciones de la Serie C Preferente, y 122.779 acciones de la Serie D Preferente, todas nominativas, sin valor nominal, sin perjuicio de las modificaciones del capital y valor de las acciones que se produzcan de pleno derecho en conformidad con la ley, que se suscriben y pagan en la forma señalada en los artículos transitorios. Las acciones podrán pagarse en dinero efectivo o en otros bienes no consistentes en dinero, siempre que así lo determine la Sociedad por acuerdo de junta extraordinaria de accionistas. El capital social y sus posteriores aumentos deberán quedar totalmente suscritos y pagados dentro del plazo de cinco años contados desde la fecha de constitución de la Sociedad o del aumento, según corresponda. Si no se pagare oportunamente al vencimiento del plazo correspondiente, el capital social quedará reducido al monto efectivamente suscrito y pagado. Las acciones de la Serie A Subordinada, Serie B Preferente, Serie C Preferente, y Serie D Preferente gozarán de las preferencias que para cada una de ellas se indican a continuación: ACCIONES SERIE A: Estas acciones corresponden a acciones subordinadas y gozarán de los siguientes derechos: a) Voto: Los accionistas titulares de acciones Serie A gozarán de un voto por cada acción. b) Dividendos o utilidades: Los accionistas titulares de acciones Serie A tendrán derecho a recibir dividendos siempre que no se contraponga con las preferencias que al respecto se establezcan para las otras series. Para efectos de mayor claridad, las Acciones Serie A tendrán derecho a recibir dividendos cuando no se presenten las situaciones que generan preferencia para recibir dividendos a favor de las Acciones Serie B, Acciones Serie C y Acciones Serie D. c) Derechos residuales: Los accionistas titulares contarán con todos los otros derechos que la ley concede a las acciones emitidas por la Sociedad y que no hayan sido asignados en forma específica a otras series de acciones. ACCIONES SERIE B: Estas acciones corresponden a acciones preferentes y gozarán de los siguientes derechos: a) Voto: Los accionistas titulares de acciones Serie B gozarán de un voto por cada acción. b) Dividendos o utilidades: Los accionistas titulares de acciones Serie B tendrán el derecho, preferencia o privilegio de recibir, en forma preferente a todas las otras series, dividendos definitivos respecto del ejercicio comercial anterior al de su aprobación, y en la medida de que existan dividendos a repartir acordados por la Junta de Accionistas, hasta alcanzar la suma de $21.250.000.-. Con todo, una vez distribuida conforme a esta preferencia una cantidad total acumulada en diversos ejercicios comerciales de $106.250.000.-, el derecho, preferencia o privilegio señalado caducará de pleno derecho, entendiéndose que las Acciones Serie B no tendrán derecho a recibir dividendos mientras las Series A, C o D tengan derecho a ello. El privilegio o preferencia de las Acciones Serie B solo podrá ser modificado con el voto favorable del 100% de las Acciones Serie B. Las Acciones Serie B no tendrán derecho a participación alguna en disminuciones o devoluciones de capital. &# 8239; ACCIONES SERIE C: Estas acciones corresponden a acciones preferentes y gozarán de los siguientes derechos: a) Voto: Los accionistas titulares de acciones Serie C gozarán de un voto por cada acción. b) Dividendos o utilidades: Los accionistas titulares de acciones Serie C tendrán el derecho, preferencia o privilegio de recibir, en forma preferente a las otras series, salvo por la preferencia establecida para las Acciones Serie B, dividendos definitivos respecto del ejercicio comercial anterior al de su aprobación, en la medida de que existan dividendos a repartir acordados por la Junta de Accionistas, y se hayan pagado los dividendos correspondientes a las Acciones Serie B, hasta alcanzar la suma anual de $608.075.000.- respecto del ejercicio comercial del año 2022. Dicha cantidad se reajustará anualmente en forma sucesiva en un 5%, de forma tal que, para el ejercicio comercial del año 2023, dicha suma anual será de $638.478.750.-, y así sucesivamente. Con todo, una vez distribuida conforme a esta preferencia una cantidad total acumulada en diversos ejercicios comerciales hasta alcanzar una suma equivalente en pesos a USD$3.142.857.-, el derecho, preferencia o privilegio señalado caducará de pleno derecho, entendiéndose que las Acciones Serie C no tendrán derecho a recibir dividendos mientras las Series A, B o D tengan derecho a ello. El privilegio o preferencia de las Acciones Serie C solo podrá ser modificado con el voto favorable del 100% de las Acciones Serie C. Las Acciones Serie C no tendrán derecho a participación alguna en disminuciones o devoluciones de capital. ACCIONES SERIE D: Estas acciones corresponden a acciones preferentes y gozarán de los siguientes derechos: a) Voto: Los accionistas titulares de acciones Serie D gozarán de un voto por cada acción. b) Dividendos o utilidades: Los accionistas titulares de acciones Serie D tendrán el derecho, preferencia o privilegio de recibir, en forma especial, dividendos definitivos preferentes frente a las Acciones Serie A, respecto del ejercicio comercial anterior al de su aprobación, en la medida de que existan dividendos a repartir acordados por la Junta de Accionistas por sobre la suma de $1.049.400.000.- respecto del ejercicio comercial año 2022. En caso de presentarse dicha situación, toda cantidad que se distribuya por sobre la suma señalada, entendiendo que la cantidad menor a ella benefició preferentemente a las Acciones Serie A, Acciones Serie B y Acciones Serie C respectivamente, según corresponda, beneficiará únicamente al Accionista titular de Acciones Serie D. La cantidad señalada se reajustará anualmente en forma sucesiva en un 10%, de forma tal que, para el ejercicio comercial del año 2023 dicha suma será de $1.154.340.000.-, y así sucesivamente. Con todo, una vez distribuida conforme a esta preferencia una cantidad total acumulada en diversos ejercicios comerciales hasta alcanzar una suma equivalente en pesos a USD$12.600.000.-, o bien transcurrido el plazo máximo de 12 años contados desde la creación de este derecho, preferencia o privilegio; el derecho, preferencia o privilegio señalado caducará de pleno derecho, y no tendrán derecho a recibir dividendos mientras las Series A, B o C tengan derecho a ello. El privilegio o preferencia de las Acciones Serie D solo podrá ser modificado con el voto favorable del 100% de las Acciones Serie D. Las Acciones Serie D no tendrán derecho a participación alguna en disminuciones o devoluciones de capital. Normas Comunes a las Acciones Series C y D: Para efectos de computar el límite o cantidad total de dividendos preferentes que se conceden a las Acciones Series C y D, cada dividendo a pagar al titular de dichas Acciones se convertirá a dólares de los Estados Unidos de América al tipo de cambio denominado dólar observado publicado por el Banco Central de Chile el día de celebración de la Junta de Accionistas que aprobó el pago del respectivo dividendo a tales Acciones. A tales efectos, por dólar observado se entenderá aquel que determina y publica el Banco Central de Chile en conformidad con el número 6 del Título I del Compendio de Normas de Cambios Internacionales del referido Banco. Si dejare de publicarse, se estará a la paridad peso chileno-dólar que se publique en la página web https://www.bloomberg.com/quote/USDCLP:CUR a las 11:00 AM de Chile, del día de celebración de la referida Junta de Accionistas.” y (ii) reemplazar el Artículo Primero Transitorio por el siguiente: “Artículo Primero Transitorio: El capital social, ascendente a la cantidad de $2.256.643.284.-, dividido en 377.780 acciones de la Serie A subordinada, 132.224 acciones de la Serie B Preferente, 122.779 acciones de la Serie C Preferente, y 122.779 acciones de la Serie D Preferente, todas nominativas, sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas según lo siguiente: A) La sociedad Tritec-Holding SpA, ha suscrito la cantidad de 245.557 acciones de la Serie A subordinada, 122.779 acciones de la Serie C preferente, y 122.779 acciones de la Serie D preferente; todas las cuales se encuentran íntegramente pagadas. B) La sociedad ICAFAL INVERSIONES S.A., ha suscrito la cantidad de 132.223 acciones de la Serie A subordinada y 132.224 acciones de la Serie B preferente; todas las cuales se encuentran íntegramente pagadas.”. Demás estipulaciones que no son materia de extracto constan en escritura extractada. Santiago, 29 de Agosto de 2023.