CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

RLC REAL ESTATE CHILE SpA

CVE 2373303
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
28 de agosto de 2023
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
28 de agosto de 2023
Notario
MARIA PATRICIA DONOSO GOMIEN
Oficio
Vigésima Séptima Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP
Domicilio
ciudad de Santiago

Objeto social

a) La inversión, en todas sus formas y en todo tipo de bienes, corporales e incorporales, sean estos, muebles, inmuebles, valores mobiliarios, derechos en sociedades de personas, acciones, cuotas de fondos mutuos, bonos, debentures, patentes industriales, marcas, y la explotación, administración y obtención de rentas de tales inversiones; b) La creación y)o participación como socio en sociedades y empresas de cualquier naturaleza; percibir e invertir los frutos de las inversiones; c) La compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena; d)La adquisición y enajenación de efectos de comercio y valores mobiliarios; e) La formación y participación de sociedades, comunidades y asociaciones, cualesquiera que sea su naturaleza o giro; f) cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con la actividad inmobiliaria, así como cualesquiera otra actividad que los socios estimen conveniente realizar, relacionada directa o indirectamente con las anteriores

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARIA PATRICIA DONOSO GOMIEN, Abogado, Notario Público Titular de la Vigésima Séptima Notaría de Santiago, con oficio en calle Orrego Luco 0153, comuna de Providencia, certifico que por escritura pública de hoy, ante mí, LAURA LUISA DE CASO BASALO, chilena, divorciada, arquitecto de interiores, cédula nacional de identidad número 15325018-9, domiciliada para estos efectos en Avenida Pedro de Valdivia 0140, Departamento 78, comuna de Providencia, Santiago, Región Metropolitana, constituyó sociedad por acciones, de cuyos estatutos extracto: Nombre: “RLC REAL ESTATE CHILE SpA”, pudiendo actuar para todos los efectos legales, incluso con los bancos con el nombre de fantasía de “RLC CHILE SpA”. Domicilio: ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias o sucursales que pueda establecer en otros lugares del país o en el extranjero. Objeto: a) La inversión, en todas sus formas y en todo tipo de bienes, corporales e incorporales, sean estos, muebles, inmuebles, valores mobiliarios, derechos en sociedades de personas, acciones, cuotas de fondos mutuos, bonos, debentures, patentes industriales, marcas, y la explotación, administración y obtención de rentas de tales inversiones; b) La creación y/o participación como socio en sociedades y empresas de cualquier naturaleza; percibir e invertir los frutos de las inversiones; c) La compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena; d)La adquisición y enajenación de efectos de comercio y valores mobiliarios; e) La formación y participación de sociedades, comunidades y asociaciones, cualesquiera que sea su naturaleza o giro; f) cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con la actividad inmobiliaria, así como cualesquiera otra actividad que los socios estimen conveniente realizar, relacionada directa o indirectamente con las anteriores. Capital: El capital de la sociedad es la cantidad de $1.000.000.- (un millón de pesos), dividido en 1.000 acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, las cuales son suscritas y pagadas de la siguiente forma: Laura Luisa De Caso Basalo suscribe y paga mil acciones por valor de un millón de pesos, representativas del cien por ciento del capital social, que queda enterado en caja social, a total satisfacción de la sociedad. En consecuencia, por este acto quedan suscritas y pagadas mil acciones representativas del cien por ciento del capital social. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 28 de Agosto de 2023.