Comercial Santa Bárbara Limitada
Instrumento
- Fecha
- 22 de mayo de 2006
- Repertorio
- 1552-2023
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $6.000 CLP
- Domicilio
- Santiago
- Duración
- Tres años prorrogable por iguales períodos
Administración
Será ejercida por don JULIO EDUARDO PONS COLOMER, quien anteponiendo su firma a la razón social la representará con las más amplias facultades de administración y disposición, enunciada en escritura extractada
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPAMELA CRISTINA ORELLANA PATIÑO, ABOGADO NOTARIO PUBLICO DE SANTA BARBARA, calle O”Higgins 260 Santa Bárbara, certifica que por escritura pública de hoy, ante mí, don JULIO EDUARDO PONS COLOMER, doña CAROLA ANDREA PONS SUAZO y don JULIO EDUARDO PONS SUAZO, representado legalmente, todos con domicilio en Cerro la Parva número 998, Depto. 25 Las Condes, Región Metropolitana: Vienen en modificar y transformar Sociedad de Responsabilidad Limitada, “COMERCIAL SANTA BARBARA LIMITADA”. Por escritura Pública de 22/05/2006, ante Notario de Santiago don Oscar Ernesto Navarrete Villalobos, suplente del titular de la 43 Notaría de Santiago, don Luis Felipe Zegpi Pons, doña Gina Rosa Cocco Mardones y don Julio Eduardo Pons Colomer, constituyeron la Sociedad Comercial de responsabilidad limitada, denominada “COMERCIAL SANTA BARBARA LIMITADA”, cuyo nombre de fantasía es “MINIMARKET SANTA BARBARA LTDA.” Con un 33,3% de participación en la sociedad para cada uno de ellos. Un extracto de dicha sociedad se inscribió a fojas 19.791 N. 13.585, del Registro de Comercio del Conservador de Comercio de Santiago, año 2006, y fue publicado en el Diario Oficial de 25/05/2006. Con fecha 04/08/2010, ante Notario de Santiago don Cosme Fernando Gomila Gatica, los socios modificaron la sociedad “COMERCIAL SANTA BARBARA LIMITADA”, en la forma señalada en dicho instrumento quedando como socios de la mencionada sociedad don Julio Eduardo Pons Colomer, con 66,6% del capital social; y doña Cecilia Maribel Suazo Avilés, 33,4% del capital social. Un extracto de dicha modificación se inscribió a fojas 48.431 N.33.730, del Registro de Comercio del Conservador de Comercio de Santiago correspondiente al año 2010. Con fecha 13/09/2013, ante Notario Público de Santiago don Juan Ricardo San Martín Urrejola, los socios modificaron la sociedad “COMERCIAL SANTA BARBARA LIMITADA”, en la forma señalada en dicho instrumento quedando como socios de la mencionada sociedad don Julio Eduardo Pons Colomer, 66,6% del capital social; don Julio Eduardo Pons Suazo, con un 16,7% del capital social y doña Carola Andrea Pons Suazo, con un 16,7% del capital social. Un extracto de dicha modificación se inscribió a fojas 78.429 N.51.745, del Registro de Comercio del Conservador de Comercio de Santiago correspondiente al año 2013. CESION DE DERECHOS SOCIALES: Don JULIO EDUARDO PONS SUAZO, quien se retira de la sociedad, representado legalmente por doña CAROLA ANDREA PONS SUAZO, según mandato especial otorgado con fecha 14/07/2023 en Notaria Gonzalo Hurtado Morales titular de Primera Notaría de Las Conde, anotada bajo el repertorio 1552-2023, don Julio Eduardo Pons Suazo, ya individualizado, mandató a la socia doña Carola Andrea Pons Suazo, “para que en su nombre y representación, venda, ceda y transfiera a quien estime conveniente, el dieciséis coma siete por ciento del capital social y/o acciones de participación en la sociedad, y doña CAROLA ANDREA PONS SUAZO, por sí, venden ceden y transfieren el 16,7% que corresponde a cada uno, en la Participación y capital social de la Sociedad Comercial Santa Bárbara, a don JULIO EDUARDO PONS COLOMER, quien los compra, adquiere y acepta para sí. El precio de la cesión de $500.000 a cada uno de los socios, que los cedentes declaran recibir en este acto, en dinero efectivo. Con lo anterior, el único socio de la sociedad, será don JULIO EDUARDO PONS COLOMER, con un 100% total de los derechos sociales. TRANSFORMACIÓN DE SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA A SOCIEDAD POR ACCIONES: Que viene en transformar la sociedad “COMERCIAL SANTA BARBARA LIMITADA”, en una sociedad por acciones. RAZON SOCIAL: La razón social de la sociedad será “COMERCIAL SANTA BARBARA SPA”. El objeto de la sociedad será la comercialización al por menor no especializado en almacenes; compraventa de toda clase de efectos de comercio, inversión en valores mobiliarios e inmobiliarios, acciones, bonos, títulos de renta, títulos, deuda y créditos; compra, venta, arrendamiento, administración y leasing de bienes muebles e inmuebles y vehículos por cuenta propia o terceros; desarrollo de toda clase de actividades o negocios sin limitación alguna, en giro inmobiliario, agrícola, financiero, industrial y comercial; administrar bienes corporales o incorporales, muebles e inmuebles, propios o de terceros, construir en ellos, subdividirlos, urbanizarlos, lotearlos y venderlos; ejecutar en bienes raíces, por cuenta propia o de terceros, toda clase de construcciones, mejoras, remodelaciones, decoraciones, edificaciones y transformaciones; explotar y comercializar por cuenta propia o de terceros, toda clase de bienes que la sociedad adquiera, detente o posea a cualquier título. REPRESENTACION, ADMINISTRACIÓN Y USO DE LA RAZON SOCIAL: Será ejercida por don JULIO EDUARDO PONS COLOMER, quien anteponiendo su firma a la razón social la representará con las más amplias facultades de administración y disposición, enunciada en escritura extractada. CAPITAL: $6.000.000 dividido en mil acciones, que corresponde al capital que por este acto se transforma, aportado y suscrito íntegramente por don JULIO EDURADO PONS COLOMER. DURACION: Tres años prorrogable por iguales períodos. DOMICILIO: Santiago, sin perjuicio de las sucursales o agencias que establezca en el resto del país. Otras estipulaciones en escritura extractada. Por escritura de rectificación de fecha 09 de agosto de 2023 Repertorio 555-2023, se agregó el Rol Unico Tributario 76.540.930-6 de la Sociedad Comercial Santa Bárbara Limitada que se transforma. Demás estipulaciones en la escritura extractada. -