ASESORIAS ECOLOGIA ECOLOQUIAL LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 27 de julio de 2023
- Notario
- JUAN FRANCISCO ALAMOS OVEJERO
- Oficio
- Cuadragésima Quinta Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN FRANCISCO ALAMOS OVEJERO, Notario Público Interino Cuadragésima Quinta Notaría de Santiago, Huérfanos 979, piso 7, Santiago, certifica por escritura pública ante mí con fecha 27 de julio de 2023, comparecen: doña VALESKA ANDREA SEPULVEDA QUIROZ, chilena, soltera, ingeniero en recursos renovables, C.I. N° 16.074.577-0, domiciliada en calle Teniente de Marina Rolando Froden N°1627, Block F, departamento N° 12, comuna de La Florida, Santiago, Región Metropolitana, doña JULIA ANDREA QUIROZ CARVALLO, chilena, casada, pensionada, C.I. N° 9.495.250-6, domiciliada en calle Brasil N° 8.888, comuna de La Florida, Santiago, Región Metropolitana y don DAVID NICOLAS SEPULVEDA QUIROZ, chileno, soltero, Licenciado en ciencias de los recursos naturales renovables, C.I. N° 16.626.229-1, domiciliado en calle Brasil N° 8.888, comuna de La Florida, Santiago, Región Metropolitana, mayores de edad. Antecedentes. Por escritura pública de fecha 23 de marzo de 2020, otorgada en la notaría de Santiago de don René Benavente Cash, los comparecientes constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada, bajo la razón social de “ASESORIAS ECOLOGIA ECOLOQUIAL LIMITADA”. Un extracto de dicha escritura social se inscribió a fojas 23.186 número 11.686, del Registro de Comercio del Conservador de Comercio de Santiago correspondiente al año 2020 y se publicó en el diario oficial de fecha 6 de abril de 2020. Composición de capital de la sociedad. El capital de la sociedad es la suma de $1.000.000 de pesos que los socios aportaron en partes iguales y en dinero efectivo, aportando, por tanto, la suma de $500.000 cada uno de los actuales socios de la sociedad, doña VALESKA ANDREA SEPULVEDA QUIROZ y don DAVID NICOLAS SEPULVEDA QUIROZ. Cesión de derechos. Por el presente instrumento doña VALESKA ANDREA SEPULVEDA QUIROZ, vende, cede y transfiere el equivalente al 80% de sus derechos sociales en la sociedad, esto es el equivalente a un 40% de dichos derechos en la sociedad a doña JULIA ANDREA QUIROZ CARVALLO, quien compra y adquiere para sí. Precio de la Cesión. El precio de la cesión indicada en la cláusula anterior es la suma de $400.000 pagados al contado y en dinero efectivo recibidos en este acto a total satisfacción de doña VALESKA ANDREA SEPULVEDA QUIROZ. En virtud de la cesión indicada en la cláusula precedente, quedan como socios de la sociedad ASESORIAS ECOLOGIA ECOLOQUIAL LIMITADA, las siguientes personas: don DAVID NICOLAS SEPULVEDA QUIROZ, doña VALESKA ANDREA SEPULVEDA QUIROZ y doña JULIA ANDREA QUIROZ CARVALLO, a razón de un 50% para el primero, 10% la segunda y un 40% la tercera. A mayor abundamiento, los únicos y actuales socios vienen a reemplazar el artículo quinto de los estatutos sociales, el cual queda como se indica a continuación: “QUINTO: El capital de la sociedad es la suma de $1.000.000.- (un millón de pesos), totalmente enterado en dinero en efectivo, y que corresponde a los socios como sigue: a) a don DAVID NICOLAS SEPULVEDA QUIROZ, la suma de $500.000.- (quinientos mil pesos); b) doña VALESKA ANDREA SEPULVEDA QUIROZ la suma de $100.000 (cien mil pesos) y c) doña JULIA ANDREA QUIROZ CARVALLO, la suma de $400.000.- (cuatrocientos mil pesos)”. Modificación de la administración social. Por el presente instrumento los únicos y actuales socios, don DAVID NICOLAS SEPULVEDA QUIROZ, doña VALESKA ANDREA SEPULVEDA QUIROZ y doña JULIA ANDREA QUIROZ CARVALLO establecen que a partir de esta fecha, la administración y el uso de la razón social y representación de la sociedad corresponderá indistintamente a cualquiera de los socios, don DAVID NICOLAS SEPULVEDA QUIROZ y doña JULIA ANDREA QUIROZ CARVALLO, quienes anteponiendo su firma a la razón social representarán a la sociedad con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, enumeradas en la escritura extractada, para aquellos actos que involucren operaciones que impliquen montos superiores a los 5.000.000 de pesos, se requerirá el actuar conjunto de todos los socios, asimismo se requerirá dicho actuar conjunto en los siguientes actos: dar y recibir bienes en hipoteca, incluso con cláusula de garantía general; posponer, alzar y servir hipotecas, dar y recibir en prenda bienes muebles, valores mobiliarios, derechos, acciones y demás bienes corporales e incorporales, sea en prenda civil, sin desplazamiento, mercantil, bancaria, agraria, industrial, warrants, de cosa muebles vendidas a plazo, de valores mobiliarios a favor de los bancos y otras especiales, y cancelarlas, constituirse en aval, otorgar fianzas y codeudas solidarias, asimismo de la compraventa de bienes inmuebles de toda clase, sean urbanos o rurales, pactar aumentos de capital y cualquier tipo de modificación social. Vigencia del pacto social en lo no modificado. En todo lo no modificado por el presente instrumento, rigen plenamente los estatutos de la sociedad ASESORIAS ECOLOGIA ECOLOQUIAL LIMITADA que consta en escritura pública de fecha 23 de marzo de 2020 otorgada ante el notario de Santiago don Rene Benavente Cash, repertorio número 14.444. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago 08 de agosto de 2023. J.F.A.O. NPI.