MODIFICACIÓN Cooperativa

COOPERATIVA AGRÍCOLA CONTROL PISQUERO DE ELQUI Y LIMARÍ LIMITADA

RUT 81805700-8 CVE 2372449
Capital
$9.015.020.047 CLP
Fecha instrumento
2 de agosto de 2023

Instrumento

Fecha
2 de agosto de 2023
Repertorio
1877
Notario
RODRIGO CABRERA ALBARRAN
Oficio
Segunda Notaría y Conservador de Minas de Ovalle

Sociedad

Capital
$9.015.020.047 CLP
Domicilio
Artículo 39º: Incorpora como materia de la Junta General de Socios la entrega de información de las sociedades filiales o relacionadas de la Cooperativa. Artículo 39º bis: Se crea este artículo que permite la celebración de Juntas de Socios por medios remotos o electrónicos. Artículo 42º: Actualiza la forma en que deben ser citadas las Juntas Generales de

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

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RODRIGO CABRERA ALBARRAN, Abogado, Notario Público Titular de la Segunda Notaría y Conservador de Minas de Ovalle, con domicilio en calle Miguel Aguirre nº 328, certifica: Por escritura pública de fecha 02 de Agosto de 2023, Repertorio nº 1.877, ante mí, comparece don MANUEL ENRIQUE PIZARRO PIZARRO, chileno, divorciado, empleado, cédula de identidad número nueve millones veintinueve mil trescientos veintinueve guión K, con domicilio en Avenida La Chimba número seiscientos sesenta y uno, ciudad y comuna de Ovalle, quién debidamente facultado viene en reducir a escritura pública el acta de la Junta General Especialmente Citada de la COOPERATIVA AGRÍCOLA CONTROL PISQUERO DE ELQUI Y LIMARÍ LIMITADA, RUT. 81.805.700-8, mediante la cual se reforman los estatutos en los siguientes términos: Artículo 3°: Cambio de domicilio social de la ciudad de la Serena a Ovalle. Artículo 38º bis: Da la posibilidad de realizar las Juntas Generales de Socios en lugar distinto al domicilio social. Artículo 39º: Incorpora como materia de la Junta General de Socios la entrega de información de las sociedades filiales o relacionadas de la Cooperativa. Artículo 39º bis: Se crea este artículo que permite la celebración de Juntas de Socios por medios remotos o electrónicos. Artículo 42º: Actualiza la forma en que deben ser citadas las Juntas Generales de Socios. Artículo 50º: Adecuación de la composición del Consejo de Administración de la Cooperativa. Artículo 53º: Regulación de las dietas de los consejeros, integrantes de la Junta de Vigilancia y de Comités. Artículo 56º: Limitación de la reelección de los consejeros e integrantes de la Junta de Vigilancia. Artículo 69º: Incorporación de las reservas obligatorias que exige la normativa. Artículo 72º: Limitación a la remuneración de los consejeros cuando integran los comités internos de la Cooperativa. Artículo tercero transitorio: Exime, excepcionalmente, a los postulantes para integrar el Consejo de Administración del cumplimiento del requisito establecido en el numeral 1 del artículo 52 del estatuto, únicamente en la parte que se refiere a los kilos de uva que deben reunir los patrocinantes y postulantes a la elección. La Cooperativa se encuentra inscrita a fojas 214 vuelta número 145 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de La Serena correspondiente al año 2004. CAPITAL ESTATUTARIO: $9.015.020.047.- Demás estipulaciones en escritura extractada. En Ovalle, 28 de Agosto de 2023.-