INMOBILIARIA E INVERSIONES HUALPÉN LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 21 de agosto de 2023
- Repertorio
- 4727/2023
- Notario
- PEDRO ENRIQUE HIDALGO SARZOSA
- Oficio
- Primera Notaría de Concepción
- Comuna
- Concepción
Sociedad
- Capital
- $4.000.000 CLP
Objeto social
Los comparecientes vienen en ampliar el objeto social señalado en la cláusula tercera de la escritura social por el siguiente: La compra, venta, permuta, arrendamiento, subarrendamiento, administración, corretaje, comercialización y toda forma de explotación de inmuebles, loteo, subdivisión, construcción, urbanización, de bienes raíces urbanos y rurales, por cuenta propia o ajena, dentro y fuera de Chile; inversión y administración de valores muebles e inmuebles, corporales o incorporales; Efectuar en el país o en el extranjero inversiones permanentes o de renta, en toda clase de bienes muebles, corporales o incorporales; La sociedad podrá adquirir, conservar, vender, enajenar y negociar a cualquier título, toda clase de instrumentos financieros, expresados en moneda nacional o extranjera, acciones, bonos, valores mobiliarios, títulos de crédito, y percibir sus frutos y rentas; Asesoría y consultoría, como asimismo mantener agencias o representaciones en el exterior de empresas o mandantes chilenos o extranjeros, todo relacionado con los rubros anteriores, y la realización de cualquier tipo de actividades relacionadas con los objetivos anteriores que los socios convengan al efecto pudiendo incluso asociarse a otras sociedades o constituir nuevas, y en general, ejecutar cualquier acto de comercio o negocios a fines o no con los actos mencionados en este objeto, o complementarios a estos, y)o cualquier otro que de común acuerdo determinen los
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPEDRO ENRIQUE HIDALGO SARZOSA, Notario Público Interino, de la Primera Notaría de Concepción, con oficio en Castellón N°116, de la misma comuna, certifico: Por escritura pública de 21 de Agosto de 2023, ante mí, Repertorio Nº4727/2023, señores don CARLOS EDUARDO ESPINOZA CANCINO; doña JUDITH CRISTINA CANCINO ISLA; y doña CAROLINA ANDREA ESPINOZA CANCINO, mediante escritura pública otorgada con fecha diecinueve de junio de dos mil siete, en la Cuadragésima Octava Notaría de Santiago, de don José Musalem Saffie, constituyeron la sociedad comercial de responsabilidad limitada denominada "INMOBILIARIA E INVERSIONES HUALPEN LIMITADA O INMOBILIARIA E INVERSIONES HUALPEN LTDA.", rol único tributario número 76.908.300-6, capital actual es de $4.000.000, cuyo extracto se inscribió en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Talcahuano, a fojas ciento noventa y siete, bajo el número ciento cincuenta y ocho, correspondiente al año dos mil siete.- SEGUNDO: Por el presente instrumento, los socios de la sociedad “INMOBILIARIA E INVERSIONES HUALPEN LIMITADA” acuerdan modificar la escritura social en los siguientes términos: Objeto Social: Los comparecientes vienen en ampliar el objeto social señalado en la cláusula tercera de la escritura social por el siguiente: La compra, venta, permuta, arrendamiento, subarrendamiento, administración, corretaje, comercialización y toda forma de explotación de inmuebles, loteo, subdivisión, construcción, urbanización, de bienes raíces urbanos y rurales, por cuenta propia o ajena, dentro y fuera de Chile; inversión y administración de valores muebles e inmuebles, corporales o incorporales; Efectuar en el país o en el extranjero inversiones permanentes o de renta, en toda clase de bienes muebles, corporales o incorporales; La sociedad podrá adquirir, conservar, vender, enajenar y negociar a cualquier título, toda clase de instrumentos financieros, expresados en moneda nacional o extranjera, acciones, bonos, valores mobiliarios, títulos de crédito, y percibir sus frutos y rentas; Asesoría y consultoría, como asimismo mantener agencias o representaciones en el exterior de empresas o mandantes chilenos o extranjeros, todo relacionado con los rubros anteriores, y la realización de cualquier tipo de actividades relacionadas con los objetivos anteriores que los socios convengan al efecto pudiendo incluso asociarse a otras sociedades o constituir nuevas, y en general, ejecutar cualquier acto de comercio o negocios a fines o no con los actos mencionados en este objeto, o complementarios a estos, y/o cualquier otro que de común acuerdo determinen los socios. Servicios de hotelería, restaurante, arriendo de infraestructura y equipos, organización de eventos. Alquiler de bienes inmuebles amoblados o con equipos y maquinarias; Actividades de residenciales para turistas; Arriendo de espacios deportivos y actividades recreativas; las actividades precedentes, las podrá desarrollar por cuenta propia o de terceros. TERCERO: En todo lo que no se ha modificado por este instrumento, continúan plenamente vigentes las estipulaciones del pacto social primitivo.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Concepción, 22 de Agosto del 2023.