INMOBILIARIA COBQUECURA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 4 de agosto de 2023
- Repertorio
- 22987-2023
- Notario
- JUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA
- Oficio
- Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $307.936.704 CLP
- Duración
- La Sociedad tendrá una duración de 5 años a contar de esta fecha, plazo que se renovará automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno, a menos que cualquiera de los socios manifieste su voluntad de ponerle término en conformidad a lo señalado en la escritura extractada. 4
Objeto social
La Sociedad tiene por objeto a) El desarrollo de proyectos inmobiliarios, comprendiendo la explotación directa o a través de terceros de los mismos en cualquier forma, esto es, la adquisición de inmuebles, división, fusión, modificación, la construcción y venta de viviendas, oficinas o locales comerciales; su administración y percepción de frutos, arrendamiento o leasing de bienes raíces; la renovación, remodelación, construcción y desarrollo de los mismos bienes para sí o terceros. b) La realización de inversiones en toda clase de bienes, corporales e incorporales, muebles e inmuebles, valores mobiliarios de toda clase, efecto de comercio, bonos, debentures, acciones y derechos en cualquier clase de sociedades para fines de inversión)o renta. c) Asimismo, podrá desarrollar toda clase de actividades, que en la actualidad o en el futuro, se encuentre relacionadas con los objetos señalados y que los socios acuerden. 3
Administración
El uso de la razón social, la administración y representación de la Sociedad corresponderá a Jaime Andrés Concha Rojas y a Cristian Andrés Concha Digmann, quienes actuando conjunta o separadamente, representarán a la Sociedad con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes. La administración de la Sociedad y el uso de su razón social así confiadas, no constituyen una condición esencial de este contrato, conforme lo autoriza el artículo dos mil setenta y uno del Código Civil
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA, Notario Público Titular de la Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos N°835, piso 18, comuna de Santiago, certifico: Por escritura pública de fecha 4 de agosto de 2023, repertorio 22987- 2023, firmada ante mí, Inversiones Los Orfebres S.A. y don Jaime Andrés Concha Rojas, ambos domiciliados para estos efectos en calle Claudio Arrau N°9458, comuna de Vitacura, Región Metropolitana, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada, de cuyos estatutos se extracta lo siguiente: 1. Razón social: La razón social de la sociedad es “INMOBILIARIA COBQUECURA LIMITADA", sin perjuicio que, para fines comerciales, publicitarios, e incluso ante bancos e instituciones financieras pueda usar el nombre de “INMOBILIARIA COBQUECURA LTDA”. 2. Objeto: La Sociedad tiene por objeto a) El desarrollo de proyectos inmobiliarios, comprendiendo la explotación directa o a través de terceros de los mismos en cualquier forma, esto es, la adquisición de inmuebles, división, fusión, modificación, la construcción y venta de viviendas, oficinas o locales comerciales; su administración y percepción de frutos, arrendamiento o leasing de bienes raíces; la renovación, remodelación, construcción y desarrollo de los mismos bienes para sí o terceros. b) La realización de inversiones en toda clase de bienes, corporales e incorporales, muebles e inmuebles, valores mobiliarios de toda clase, efecto de comercio, bonos, debentures, acciones y derechos en cualquier clase de sociedades para fines de inversión/o renta. c) Asimismo, podrá desarrollar toda clase de actividades, que en la actualidad o en el futuro, se encuentre relacionadas con los objetos señalados y que los socios acuerden. 3. Duración: La Sociedad tendrá una duración de 5 años a contar de esta fecha, plazo que se renovará automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno, a menos que cualquiera de los socios manifieste su voluntad de ponerle término en conformidad a lo señalado en la escritura extractada. 4. Capital: El capital de la Sociedad es la suma de $307.936.704, que es aportado por los socios en la siguiente forma y proporciones: (i) Inversiones Los Orfebres S.A., aporta la suma de $304.857.337, equivalente al 99% de los derechos sociales, pagados en este acto mediante el aporte en dominio de los siguientes inmuebles: i) Propiedad ubicada en calle Los Orfebres N°377, que corresponde al lote 5 del sector C del Parque Industrial de la Reina y al sitio “q” del lote 2 del sector “C” del Plano de loteo del inmueble ubicado en calle Diputada Laura Rodríguez ex Valenzuela Llanos Sur, entre Avenida Larraín y Talinay, Comuna de La Reina, Región Metropolitana, inscrito a fojas 32.607 N°29.107 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 1996. El referido inmueble se valoriza en la suma de $68.038.018; ii) Sitios “r” y “s” del Lote 2 del Sector “C” del loteo del inmueble ubicado en calle Diputada Laura Rodríguez ex Valenzuela Llanos Sur, entre Avenida Larraín y Talinay, Comuna de La Reina, Región Metropolitana, inscrito a fojas 45.103 N°30.295 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 1994. El referido inmueble se valoriza en la suma de $54.452.665 y; iii) Propiedad ubicada con frente al Pasaje Los Ebanistas y Los Tejedores, que corresponde al sitio “a” del lote 1 del Sector “A” del plano respectivo, Comuna de La Reina, Región Metropolitana, inscrito a fojas 15.183 N°13.819 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 1996. El referido inmueble se valoriza en la suma de $182.366.654; y, (ii) Jaime Andrés Concha Rojas aporta la suma de $3.079.367, equivalente al 1% de los derechos sociales, monto que pagará en dinero en efectivo dentro del plazo de 3 años contados desde esta fecha. La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. 5. Administración y uso de la razón social: El uso de la razón social, la administración y representación de la Sociedad corresponderá a Jaime Andrés Concha Rojas y a Cristian Andrés Concha Digmann, quienes actuando conjunta o separadamente, representarán a la Sociedad con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes. La administración de la Sociedad y el uso de su razón social así confiadas, no constituyen una condición esencial de este contrato, conforme lo autoriza el artículo dos mil setenta y uno del Código Civil. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 25 de agosto de 2023.