Ceibo SpA
Instrumento
- Fecha
- 9 de agosto de 2023
- Repertorio
- 11959-2023
- Notario
- Natalia Alejandra Burgos Flores
- Oficio
- Titular de la Octava Notaria de Santiago de don Luis Ignacio Manquehual Mery
Sociedad
- Capital
- $2.408.838.386 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalNatalia Alejandra Burgos Flores, Abogado, Notario Público Suplente del Titular de la Octava Notaria de Santiago de don Luis Ignacio Manquehual Mery, ambos con domicilio en calle Huérfanos N°941, local 302, comuna de Santiago, certifica que: por escritura pública otorgada ante el Titular con fecha 9 de agosto de 2023, Repertorio Nº 11959-2023, Andrea Isabel Álvarez Bazley, cédula de identidad número 16.479.814-3, redujo a escritura pública la Junta Extraordinaria de Accionistas (la “Junta”) de la sociedad Ceibo SpA (la “Sociedad”). La Junta, cuyo único accionista es Ceibo Inc., rectificó la escritura pública de fecha 23 de mayo de 2023, otorgada en esta misma Notaría bajo el repertorio Nº7627-2023 (la “Escritura”) y su respectivo extracto, el cual fue inscrito en el Registro de Comercio a fojas 46935, número 20587 del año 2023 (el “Extracto”). La Escritura corresponde a una reducción de la Junta Extraordinaria de Accionistas de la Sociedad celebrada el día 19 de mayo de 2023. En dicha Escritura, y por ende también en su Extracto, por un error involuntario se transcribió incorrectamente el capital de la Sociedad en los estatutos sociales, toda vez que el Artículo Sexto de los estatutos sociales dice “El capital de la Sociedad asciende a la suma de 2.408.838.386 pesos, dividido en 5.430.704 acciones de las cuales 3.166.000 son acciones Serie Ordinaria, y 2.109.704 son acciones Serie A Preferente, todas nominativas y sin valor nominal, que ha sido suscrito y pagado y se suscribirá y pagará de conformidad a lo señalado en el Artículo Primero Transitorio de estos estatutos”. El artículo rectificado debe decir: “Artículo Sexto: El capital de la Sociedad asciende a la suma de $2.396.761.972, dividido en 5.276.704 acciones ordinarias, todas nominativas, iguales y sin valor nominal, que ha sido suscrito y pagado y se suscribirá y pagará de conformidad a lo señalado en el Artículo Primero Transitorio de estos estatutos”. Demás estipulaciones en la escritura extractada. Santiago, 16 de agosto de 2023.