AGRÍCOLA LAS MONTAÑAS LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 11 de julio de 2023
- Repertorio
- 50892-2023
- Notario
- FRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL
- Oficio
- 2ª Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Objeto social
La Sociedad tiene por objeto el desarrollo de los siguientes negocios de carácter civil: /a) Realizar la explotación agrícola y)o forestal de predios de propiedad y)o arrendados por la Sociedad, o de los que la Sociedad tome en medianería o en otra forma de explotación, y la venta de los productos provenientes de ellos, incluyendo la realización de actividades agrícolas, ganaderas, frutícolas y forestales en los referidos predios; la celebración de los actos, contratos y negocios de carácter civil que directa o indirectamente se relacionen con los objetivos señalados; /b) Realizar toda clase de actos y contratos civiles por cuenta propia o de terceros, relativos a todo tipo de bienes o derechos, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, su explotación y)o administración; y, c) Desarrollar todos los actos y contratos que se relacionen directamente con el objeto social o que sean necesarios para el cumplimiento del objeto de la Sociedad o el desarrollo de su
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL, Abogado, Notario Público Titular de la 2ª Notaría de Santiago, con domicilio en Alcántara 107, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, certifico que: por escritura pública de fecha 11 de julio de 2023, otorgada ante el Notario Suplente de esta Notaría, don Benjamín Castillo Montalvo, bajo el repertorio N°50.892- 2023, compareció: don Jorge José Ramón Matetic Riestra, doña María Carolina Matetic Hartard, don Jorge José Matetic Hartard, don Cristián Andrés Matetic Hartard y Andrés Eduardo Matetic Hartard, todos domiciliados para estos efectos en Av. Andrés Bello 2.777, piso 4, oficina 402, Las Condes, Santiago, en sus calidades de únicos socios de la sociedad de responsabilidad limitada AGRÍCOLA LAS MONTAÑAS LIMITADA, rol único tributario número 77.057.409-9 (en adelante, la “Sociedad”), inscrita a fojas 49.173, número 24.392 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2019, quienes acordaron lo siguiente: UNO/ Modificar el objeto social, para lo que se reemplazó el artículo segundo de los estatutos de la Sociedad por el siguiente: “ARTÍCULO SEGUNDO. Objeto. La Sociedad tiene por objeto el desarrollo de los siguientes negocios de carácter civil: /a/ Realizar la explotación agrícola y/o forestal de predios de propiedad y/o arrendados por la Sociedad, o de los que la Sociedad tome en medianería o en otra forma de explotación, y la venta de los productos provenientes de ellos, incluyendo la realización de actividades agrícolas, ganaderas, frutícolas y forestales en los referidos predios; la celebración de los actos, contratos y negocios de carácter civil que directa o indirectamente se relacionen con los objetivos señalados; /b/ Realizar toda clase de actos y contratos civiles por cuenta propia o de terceros, relativos a todo tipo de bienes o derechos, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, su explotación y/o administración; y, c) Desarrollar todos los actos y contratos que se relacionen directamente con el objeto social o que sean necesarios para el cumplimiento del objeto de la Sociedad o el desarrollo de su giro.”. DOS/ Consentir en el retiro del socio don Jorge José Ramón Matetic Riestra de la Sociedad, quien donó, cedió y transfirió, a título de mejora, en forma gratuita e irrevocable y en partes iguales, la totalidad de los derechos sociales de que era titular en la Sociedad, representativos de un 83,8093584% de los derechos sociales, a los siguientes donatarios (en adelante, los “Donatarios”): doña Juanita del Rosario Matetic Villanueva, don Jorge Andrés Matetic Villanueva y doña Elena Matetic Villanueva, todos domiciliados para estos efectos en Av. Andrés Bello 2.777, piso 4, oficina 402, Las Condes, Santiago. La referida donación fue autorizada por sentencia judicial de fecha 25 de febrero de 2021, pronunciada por el 24° Juzgado Civil de Santiago. A su vez, los Donatarios, comparecientes en la escritura pública extractada, aceptaron expresamente la donación efectuada por don Jorge José Ramón Matetic Riestra e ingresaron como socios a la Sociedad, con el consentimiento unánime y expreso de los demás socios; TRES/ Consentir en el retiro de la Sociedad de los socios doña María Carolina Matetic Hartard, don Jorge José Matetic Hartard, don Cristián Andrés Matetic Hartard y don Andrés Eduardo Matetic Hartard (en adelante, los “Cedentes”), quienes aportaron, cedieron y transfirieron la totalidad de los derechos sociales de que cada uno de ellos era titular en la Sociedad, representativos de un 4,0476604% de los derechos sociales cada uno, en pago de aumentos de capital, respectivamente, de las siguientes sociedades (en adelante, los “Cesionarios”): Orión SpA; Inversiones Tricao SpA; Inversiones Kastav SpA; y Sierra Baguales SpA, todas domiciliadas para estos efectos en Av. Andrés Bello 2.777, piso 4, oficina 402, Las Condes, Santiago. A su vez, los Cesionarios, comparecientes en la escritura pública extractada, aceptaron expresamente la cesión efectuada por los Cedentes e ingresaron como socios a la Sociedad, con el consentimiento unánime y expreso de los demás socios; y CUATRO/ Con razón de los acuerdos indicados en los numerales dos/ y tres/ anteriores, i) se deja constancia que los únicos y exclusivos socios de la Sociedad son Orión SpA, Inversiones Tricao SpA, Inversiones Kastav SpA, Sierra Baguales SpA, doña Juanita del Rosario Matetic Villanueva, don Jorge Andrés Matetic Villanueva y doña Elena Matetic Villanueva; y ii) se sustituye el Artículo Quinto de los estatutos de la Sociedad por el siguiente: “ARTÍCULO QUINTO. Capital. El capital de la Sociedad es la cantidad de mil ochocientos cincuenta y dos millones novecientos veintidós mil doscientos cuarenta y cinco pesos, que se ha enterado por los socios de la siguiente manera: a) doña Juanita del Rosario Matetic Villanueva, la cantidad de quinientos diecisiete millones seiscientos cuarenta mil setecientos cuarenta y nueve pesos, equivalente aproximadamente a un veintisiete coma nueve tres seis cuatro cinco dos ocho por ciento del capital social; b) don Jorge Andrés Matetic Villanueva, la cantidad de quinientos diecisiete millones seiscientos cuarenta mil setecientos cuarenta y ocho pesos, equivalente aproximadamente a un veintisiete coma nueve tres seis cuatro cinco dos ocho por ciento del capital social; c) doña Elena Matetic Villanueva, la cantidad de quinientos diecisiete millones seiscientos cuarenta mil setecientos cuarenta y ocho pesos, equivalente aproximadamente a un veintisiete coma nueve tres seis cuatro cinco dos ocho por ciento del capital social; d) Orión SpA, la cantidad de setenta y cinco millones de pesos, equivalente aproximadamente al cuatro coma cero cuatro siete seis seis cero cuatro por ciento del capital social; e) Inversiones Tricao SpA, la cantidad de setenta y cinco millones de pesos, equivalente aproximadamente al cuatro coma cero cuatro siete seis seis cero cuatro por ciento del capital social; f) Inversiones Kastav SpA, la cantidad de setenta y cinco millones de pesos, equivalente aproximadamente al cuatro coma cero cuatro siete seis seis cero cuatro por ciento del capital social; y g) Sierra Baguales SpA, la cantidad de setenta y cinco millones de pesos, equivalente aproximadamente al cuatro coma cero cuatro siete seis seis cero cuatro por ciento del capital social;”. En todo lo no modificado expresamente, se mantienen plenamente vigentes los estatutos de la Sociedad, en especial la limitación de responsabilidad de los socios al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 30 de agosto de 2023. Francisco Javier Leiva Carvajal, Notario Público Titular, 2ª Notaría de Santiago.