MODIFICACIÓN Sociedad Anónima

Sociedad Concesionaria Instituto Nacional del Cáncer, S.A.

RUT 77751547-0 CVE 2370877
Fecha instrumento
25 de agosto de 2023
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
25 de agosto de 2023
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

IVÁN TORREALBA ACEVEDO, Notario Titular de la 33ª Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos 979, oficina 501, comuna de Santiago, certifica: Por escritura pública de fecha 25 de agosto de 2023, ante mí, se redujo a escritura pública acta de fecha 23 de agosto de 2023, de Junta Extraordinaria de Accionistas de “Sociedad Concesionaria Instituto Nacional del Cáncer, S.A”, RUT N°77.751.547-0, inscrita a fojas 34.061 Nº 15.378, Registro de Comercio del Conservador Bienes Raíces Santiago año 2023, en la que se modificaron los Estatutos Sociales en el siguiente sentido: A) Se modificó el Artículo Undécimo de los Estatutos, relativo a la composición del Directorio, que en lo pertinente queda como sigue: “ARTÍCULO UNDÉCIMO: La sociedad será administrada por un Directorio compuesto por cinco miembros titulares, y cinco miembros suplentes, el que durará un período de tres años en sus funciones, al final del cual deberá renovarse totalmente, sin perjuicio que la junta de accionistas pueda reelegir indefinidamente a uno o más de ellos”, y B) Se modificó el Artículo Décimo Tercero de los Estatutos, estableciendo que las sesiones ordinarias de directorio se celebrarán a lo menos cada tres meses, que en lo pertinente queda como sigue: “ARTÍCULO DÉCIMO TERCERO: Las sesiones de directorio serán ordinarias y extraordinarias. Las primeras se celebrarán a lo menos una vez cada tres meses, en las fechas y horas predeterminadas por el propio directorio y no requerirán de citación especial. Las segundas celebrarán cuando las cite especialmente el presidente, por sí, o a indicación de uno o más directores, previa calificación que el presidente haga de la necesidad de la reunión, salvo que ésta sea solicitada por la mayoría absoluta de los directores, caso en el cual deberá necesariamente celebrarse la reunión sin calificación previa, o cuando las cite la Comisión para el Mercado Financiero (en adelante “CMF”) conforme al artículo 47 de la Ley sobre Sociedades Anónimas. La citación a sesiones extraordinarias de directorio se practicará por los medios de comunicación que determine el directorio por unanimidad de sus miembros, siempre que den razonable seguridad de su fidelidad o, a falta de determinación de dichos medios, mediante carta certificada despachada a cada uno de los directores con, a lo menos, tres días de anticipación a su celebración. Este plazo podrá reducirse a veinticuatro horas de anticipación, si la carta fuere entregada personalmente al director por un Notario Público. La citación a sesión extraordinaria deberá contener una referencia a la materia a tratarse en ella y podrá omitirse si a la sesión concurriere la unanimidad de los directores de la Sociedad. Se entenderá que participan en las sesiones aquellos directores que, a pesar de no encontrarse presentes físicamente, están comunicados simultánea y permanentemente a través de medios tecnológicos que autorice la Ley sobre Sociedades Anónimas o la CMF, mediante instrucciones de general aplicación. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 28 de agosto de 2023.