MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INMOBILIARIA E INVERSIONES MARA LIMITADA

RUT 76870820-7 CVE 2370530
Fecha instrumento
16 de agosto de 2023
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
16 de agosto de 2023
Notario
FELIX JARA CADOT
Oficio
41ª Notaria de Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

FELIX JARA CADOT, Notario Público Titular 41ª Notaria de Santiago, con domicilio en Huérfanos N° 1160, subsuelo, Santiago, certifica: Por escritura pública hoy, ante mí, ANDRÉS BASCUÑAN ESPIÑEIRA, MARIA IGNACIA BASCUÑAN SALAZAR, ANTONIA BASCUÑAN SALAZAR, ANDRES MATIAS BASCUÑAN SALAZAR, y KARINA PAOLA SALAZAR GALLEGOS, todos domiciliados para estos efectos en calle Cerro El Plomo número cinco mil ochocientos cincuenta y cinco, oficina mil cuatrocientos siete, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, modifican INMOBILIARIA E INVERSIONES MARA LIMITADA, de la siguiente manera: a) Dan cuenta que, por escritura pública de Disolución de Sociedad Conyugal y liquidación total de Comunidad de Bienes, otorgada con fecha veintiocho de junio del dos mil veintitrés, en la notaría de Santiago de don Félix Jara Cadot, doña KARINA PAOLA SALAZAR GALLEGOS y don ANDRÉS BASCUÑAN ESPIÑEIRA, hicieron una adjudicación de los derechos de la sociedad de la siguiente manera: (i) KARINA PAOLA SALAZAR GALLEGOS el cuarenta y seis coma nueve dos cinco por ciento de los derechos sociales y; (ii) ANDRÉS BASCUÑAN ESPIÑEIRA el cuarenta y seis coma nueve dos cinco por ciento de los derechos sociales. b) A consecuencia de lo anterior, modifican el artículo cuarto de los estatutos sociales vigentes de la compañía por el siguiente: “CUARTO: El capital social de la sociedad es la suma de cuatrocientos dos millones ciento treinta y siete mil ciento veintiocho pesos, que los socios han aportado, pagado y pagarán de la siguiente manera: A) KARINA PAOLA SALAZAR GALLEGOS la suma de ciento ochenta y ocho millones setecientos treinta y cinco mil trescientos veintiocho pesos, pagados con anterioridad a este acto en dinero efectivo. B) ANDRÉS BASCUÑAN ESPIÑEIRA la suma de ciento ochenta y ocho millones setecientos treinta y cinco mil trescientos veintinueve pesos, pagados con anterioridad a este acto en dinero efectivo; C) MARIA IGNACIA BASCUÑAN SALAZAR la suma de ocho millones doscientos veintidós mil ciento cincuenta y siete pesos, pagados con anterioridad a este acto en dinero efectivo; D) ANTONIA BASCUÑAN SALAZAR la suma de ocho millones doscientos veintidós mil ciento cincuenta y siete pesos, pagados con anterioridad a este acto en dinero efectivo y; E) ANDRES MATIAS BASCUÑAN SALAZAR la suma de ocho millones doscientos veintidós mil ciento cincuenta y siete pesos, dividido en siete millones cuatrocientos cincuenta y nueve mil quinientos cuarenta y seis pesos y un pesos pagados con anterioridad a este acto en dinero efectivo y, el saldo, esto es, setecientos sesenta y dos mil seiscientos once pesos que pagará en el plazo de tres años contado desde el dos de noviembre del año dos mil veintiuno en dinero efectivo”. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 16 de agosto de 2023. Félix Jara Cadot. N.P.