I-ED GLOBAL SERVICES SpA
Instrumento
- Fecha
- 31 de julio de 2023
- Notario
- PATRICIO RABY BENAVENTE
- Oficio
- Quinta Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Administración
Se acuerda que La administración de la sociedad corresponderá a un directorio compuesto de tres miembros, elegidos por los socios, quienes durarán tres años en sus funciones, se renovarán en su totalidad al final del período y podrán ser reelegidos indefinidamente. El directorio elegirá de entre sus miembros a su presidente, quien lo será también de la Sociedad. Se establece la forma de sesionar y se acuerdan que el directorio tendrá a su cargo la administración superior de la Sociedad y, en especial, le corresponderá ejercer la administración, representación y uso de la razón social de la Sociedad, para lo cual tendrá las más amplias facultades de administración y disposición, que se señalan, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos y convenciones, de cualquier naturaleza, sin limitación alguna. Lo anterior con la expresa limitación de las materias reservadas a las Juntas de Acionistas, conforme a la ley y a los estatutos, y particularmente las que se se indican en la escritura
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPATRICIO RABY BENAVENTE, abogado, Notario Público, Titular Quinta Notaría de Santiago, calle Gertrudis Echeñique Nº30 oficina 32, Las Condes, CERTIFICO: Que por escritura pública de fecha 31 de julio de 2023, ante mi, GILBERT ELIOT LEIVA ANGULO y doña ANA BEGOÑA LASTRA VEGA, ambos con domicilio, para estos efectos, en Avenida La Dehesa 1822 oficina 302, comuna de Lo Barnechea, únicos y actuales socios de la sociedad I-ED GLOBAL SERVICES SpA constituida por escritura pública de fecha 15 de mayo de 2019 en la Notaría de Santiago de don Andrés Felipe Rieutord Alvarado, ante la suplente doña Karina Alejandra Flores Muñoz, inscrita a fojas 41549 número 20919 en el Registro de Comercio de Santiago correspondiente al año 2019, convienen, de consuno, en modificar la administración de la sociedad, acordando al efecto sustituir el Artículo Octavo del Título Tercero de la Administración. Se acuerda que La administración de la sociedad corresponderá a un directorio compuesto de tres miembros, elegidos por los socios, quienes durarán tres años en sus funciones, se renovarán en su totalidad al final del período y podrán ser reelegidos indefinidamente. El directorio elegirá de entre sus miembros a su presidente, quien lo será también de la Sociedad. Se establece la forma de sesionar y se acuerdan que el directorio tendrá a su cargo la administración superior de la Sociedad y, en especial, le corresponderá ejercer la administración, representación y uso de la razón social de la Sociedad, para lo cual tendrá las más amplias facultades de administración y disposición, que se señalan, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos y convenciones, de cualquier naturaleza, sin limitación alguna. Lo anterior con la expresa limitación de las materias reservadas a las Juntas de Acionistas, conforme a la ley y a los estatutos, y particularmente las que se se indican en la escritura. Otras estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 29 de agosto de 2023.- P. Raby B. N. P.