CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

DESARROLLO Y GESTIÓN INMOBILIARIA GIMLI LIMITADA

RUT 18753001-6 CVE 2371595
Capital
$500.000 CLP
Fecha instrumento
28 de agosto de 2023
Notaría
Puerto Varas
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
28 de agosto de 2023
Repertorio
1428/2023
Notario
SANDRA ELIANA CÁRCAMO VELÁSQUEZ
Oficio
Tercera Notaría de Puerto Varas
Comuna
Puerto Varas

Sociedad

Capital
$500.000 CLP
Domicilio
Santiago
Duración
5 años a contar de la fecha de la escritura de constitución, plazo que se renovará automática y sucesivamente por períodos iguales de 1 año cada uno

Objeto social

a) El desarrollo y explotación de toda clase de negocios inmobiliarios; b) La prestación de servicios de gestión inmobiliaria, pudiendo celebrar contractos de prestación de servicios y brindar asesorías en toda clase de materiales relacionadas a las inmobiliarias; y c) La adquisición y enajenación a cualquier título bienes raíces, agrícolas y no agrícolas o urbanos, arrendarlos, administrarlos, lotearlos, subdividirlos, urbanizarlos, y en general, explotarlos de cualquier forma por cuenta propia o de terceros

Administración

La administración de la sociedad y el uso de la razón social, corresponderá a de manera individual e indistinta a cualquiera de los socios, esto es a don PABLO JAVIER CÁRCAMO MALDONADO y a doña HARPA ELIN HARALDSDOTTIR, quienes tendrán las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos y convenciones, de cualquier naturaleza que sean, que se relacionen directa o indirectamente con el giro social

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

SANDRA ELIANA CÁRCAMO VELÁSQUEZ, Notario Público Titular de la Tercera Notaría de Puerto Varas, San Bernardo 224, comuna de Puerto Varas, certifica: Que por escritura pública de fecha 28/08/2023, repertorio N°1428/2023, ante mí: PABLO JAVIER CÁRCAMO MALDONADO, cédula nacional de identidad N° 18.753.001-6; y HARPA ELIN HARALDSDOTTIR, cédula de identidad para extranjeros N° 23.322.288-7, ambos domiciliado para estos efectos en calle Ernesto Hevia N° 5.880, departamento 1402, comuna de La Reina, Santiago; quienes comparecieron debidamente representados por doña SANDRA GLADYS CÁRCAMO MALDONADO, cédula nacional de identidad N° 9.199.973-0, de su mismo domicilio; constituyeron sociedad de responsabilidad limitada, de cuyo estatuto extracto lo siguiente: Nombre: “DESARROLLO Y GESTIÓN INMOBILIARIA GIMLI LIMITADA”, Objeto: a) El desarrollo y explotación de toda clase de negocios inmobiliarios; b) La prestación de servicios de gestión inmobiliaria, pudiendo celebrar contractos de prestación de servicios y brindar asesorías en toda clase de materiales relacionadas a las inmobiliarias; y c) La adquisición y enajenación a cualquier título bienes raíces, agrícolas y no agrícolas o urbanos, arrendarlos, administrarlos, lotearlos, subdividirlos, urbanizarlos, y en general, explotarlos de cualquier forma por cuenta propia o de terceros.- Domicilio: Santiago sin perjuicio de poder establecer agencias y sucursales en otros lugares del país o del extranjero. Duración: 5 años a contar de la fecha de la escritura de constitución, plazo que se renovará automática y sucesivamente por períodos iguales de 1 año cada uno. Capital: $500.000, del cual los socios han aportado y participan como sigue: i) a don PABLO JAVIER CÁRCAMO MALDONADO, aportó la suma de $250.000, y le corresponde un 50% del capital e interés social, que se encuentra íntegramente pagado; y ii) a doña HARPA ELIN HARALDSDOTTIR, aportó la suma de $250.000, y le corresponde un 50% del capital e interés social, que se encuentra íntegramente pagado.- Responsabilidad: Los socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes.- Administración y Uso de la Razón Social: La administración de la sociedad y el uso de la razón social, corresponderá a de manera individual e indistinta a cualquiera de los socios, esto es a don PABLO JAVIER CÁRCAMO MALDONADO y a doña HARPA ELIN HARALDSDOTTIR, quienes tendrán las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos y convenciones, de cualquier naturaleza que sean, que se relacionen directa o indirectamente con el giro social.. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Puerto Varas, 30 de agosto de 2023.