AGRÍCOLA Y PESQUERA ALTAMIRA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 31 de julio de 2023
- Notario
- ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
- Oficio
- Trigésima Sexta Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $300.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, abogado, Notario Público, Titular de la Trigésima Sexta Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción 65, 2° piso, Providencia, certifico: Por escritura de fecha 31 de julio de 2023, ante la Notario Suplente Karina Alejandra Flores Muñoz, i) La sociedad INVERSIONES FERNÁNDEZ BECKER LIMITADA, representada; ii) don Jorge Juan Eduardo Ovalle Barroilhet; y, iii) La sociedad ASESORÍAS E INVERSIONES LUIS EDUARDO FERNÁNDEZ BECKER E.I.R.L., representada, todos los anteriores domiciliados en Avenida Luis Pasteur N° 7.406, Vitacura, Región Metropolitana, quienes acordaron modificar la sociedad AGRÍCOLA Y PESQUERA ALTAMIRA LIMITADA, inscrita a fojas 30.241, número 22.438 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2004, conforme a lo siguiente: I.- Venta y Cesión de Derechos Sociales: don Jorge Juan Eduardo Ovalle Barroilhet, vende, cede y transfiere el 10% de los derechos sociales en la sociedad AGRÍCOLA Y PESQUERA ALTAMIRA LIMITADA a la sociedad ASESORÍAS E INVERSIONES LUIS EDUARDO FERNÁNDEZ BECKER E.I.R.L., conforme se detalla en la escritura extractada; II.- Retiro de socio. Como resultado de la cesión de derechos, los socios dan cuenta del retiro como socio de AGRÍCOLA Y PESQUERA ALTAMIRA LIMITADA, de don Jorge Juan Eduardo Ovalle Barroilhet, quien otorga el más amplio, completo y definitivo finiquito. III.- Ingreso de nuevo socio. Como consecuencia de lo anterior, los socios dan cuenta del ingreso como socio de AGRÍCOLA Y PESQUERA ALTAMIRA LIMITADA de la sociedad ASESORÍAS E INVERSIONES LUIS EDUARDO FERNÁNDEZ BECKER E.I.R.L., quien representada, declara aceptar sus estatutos y modificaciones sociales; III.- Modificación estatutos sociales. Como consecuencia de lo anterior, los socios acuerdan modificar el artículo séptimo de los estatutos sociales, el cual queda del siguiente tenor: “ARTÍCULO QUINTO: El capital social es la suma única y total de $300.000.000, íntegramente suscrito y pagado por sus socios en las siguientes cantidades y proporciones: i) INVERSIONES FERNÁNDEZ BECKER LIMITADA, con la suma de $270.000.000, equivalentes al 90% del capital social; y ii) ASESORÍAS E INVERSIONES LUIS EDUARDO FERNÁNDEZ BECKER E.I.R.L., con la suma de $30.000.000 equivalentes al 10% restante del capital social.”;- En todo lo no modificado por la escritura extractada, quedan plenamente vigentes las demás disposiciones de los estatutos sociales. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 29 de agosto de 2023.