INVERSIONES FALABELLA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 4 de agosto de 2023
- Repertorio
- 57137-2023
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $2.991.493.419 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL, Notario Titular de la 2ª Notaría de Santiago, con Oficio en Alcántara N° 107, Las Condes, certifica: Que por escritura pública de fecha 4 de agosto de 2023, bajo el repertorio N° 57.137-2023, ante mí, FALABELLA S.A. e INVERSIONES PARMIN SpA, ambas domiciliadas para estos efectos en Avenida Presidente Riesco N° 5.685, oficina 401, comuna de Las Condes, Santiago, modificaron la sociedad “INVERSIONES FALABELLA LIMITADA” (la “Sociedad”), inscrita a fojas 22.205 número 15.240 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2008, en el siguiente sentido: 1) Se aumentó el capital de la suma de $2.991.493.419.774 a $3.038.852.939.274, lo que implica un aumento de capital efectivo ascendente a $47.359.519.500, íntegramente suscrito y pagado, al contado y en dinero efectivo por Falabella S.A. 2) A consecuencia de lo anterior, los actuales y únicos socios de la Sociedad acordaron remplazar la Cláusula Quinta de los estatutos sociales, por la siguiente: “CLÁUSULA QUINTA: El capital de la Sociedad asciende a la suma de tres billones treinta y ocho mil ochocientos cincuenta y dos millones novecientos treinta y nueve mil doscientos setenta y cuatro pesos, íntegramente suscrito y pagado por los socios, en la siguiente proporción: a) Falabella S.A., tres billones treinta y ocho mil seiscientos noventa y siete millones doscientos sesenta y nueve mil trescientos setenta y cuatro pesos, que equivale aproximadamente a un noventa y nueve coma nueve nueve cuatro ocho siete siete tres por ciento de los derechos sociales; y b) Inversiones Parmin SpA, ciento cincuenta y cinco millones seiscientos sesenta y nueve mil novecientos pesos, que equivale aproximadamente a un cero coma cero cero cinco uno dos dos siete por ciento del total del capital social”. 3) Socios reiteran que responsabilidad se mantiene limitada hasta el monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 22/08/2023. Francisco Javier Leiva Carvajal, Notario Público.