INMOBILIARIA E INVERSIONES ALIMENTOS VIDA ESTABLE S.A.
Instrumento
- Fecha
- 3 de julio de 2023
- Notario
- GIOVANNI ANTONIO PIRAINO AVELLO
- Oficio
- Titular de la 10° Notaria de Santiago
- Comuna
- Santiago
Objeto social
a) La inversión, arrendamiento u otra forma de tenencia, adquisición o enajenación, a cualquier título, de bienes corporales o incorporales, raíces o muebles, como asimismo la explotación y administración de éstos, ya sean propios o de terceros, por cuenta propia o ajena; b) La participación en toda clase de sociedades civiles o comerciales, colectivas, en comandita, anónima, de responsabilidad limitada; c) La prestación de servicios de todo tipo y en todos los rubros y áreas, ya sea por cuenta propia o ajena; y d) En general, la sociedad podrá realizar todos los actos y celebrar todos los contratos que sean necesarios y conducentes a los objetos sociales”. Demás acuerdos constan escritura extractada. En todo lo que no se modifica por este instrumento, seguirán vigentes las estipulaciones del pacto social. Santiago, 25 de julio de 2023
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalGIOVANNI ANTONIO PIRAINO AVELLO, Notario Público Suplente de la Titular de la 10° Notaria de Santiago, Valeria Ronchera Flores, Agustinas 1235 segundo piso, certifica que por escritura de 03/07/2023, ante la titular Valeria Ronchera Flores, se redujo a escritura pública el Acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas de “INMOBILIARIA E INVERSIONES ALIMENTOS VIDA ESTABLE S.A.”, inscrita a fojas 5.923 N°4.239 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2013, celebrada con fecha 22 de mayo de 2023, en la que acordó lo siguiente: a) Modificar el objeto social de la compañía y; b) Como consecuencia de lo anterior, se reemplazó íntegramente el Artículo Tercero permanente de los estatutos sociales, por el siguiente: “ARTICULO TERCERO: La Sociedad tendrá por objeto: a) La inversión, arrendamiento u otra forma de tenencia, adquisición o enajenación, a cualquier título, de bienes corporales o incorporales, raíces o muebles, como asimismo la explotación y administración de éstos, ya sean propios o de terceros, por cuenta propia o ajena; b) La participación en toda clase de sociedades civiles o comerciales, colectivas, en comandita, anónima, de responsabilidad limitada; c) La prestación de servicios de todo tipo y en todos los rubros y áreas, ya sea por cuenta propia o ajena; y d) En general, la sociedad podrá realizar todos los actos y celebrar todos los contratos que sean necesarios y conducentes a los objetos sociales”. Demás acuerdos constan escritura extractada. En todo lo que no se modifica por este instrumento, seguirán vigentes las estipulaciones del pacto social. Santiago, 25 de julio de 2023.