MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

DIEZ GONZÁLEZ E HIJOS LIMITADA

RUT 79593170-8 CVE 2370369
Capital
$300.000.000 CLP
Fecha instrumento
6 de julio de 2023
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
6 de julio de 2023
Notario
ANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO
Oficio
36ª Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$300.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Abogado, Notario Público Titular de la 36ª Notaría de Santiago, con oficio en calle La Concepción N°65, piso 2, comuna de Providencia, Santiago, certifico que: por escritura pública de fecha 06 de julio de 2023, otorgada ante mí, JESÚS BENITO DIEZ GONZÁLEZ, por sí y en representación de MARÍA SOLEDAD DIEZ MEDEL y de SEBASTIÁN DIEZ MEDEL, MARÍA SOLEDAD DIEZ GONZÁLEZ, MARÍA PURÍSIMA DIEZ GONZÁLEZ, RAFAEL MANUEL DIEZ GONZÁLEZ por sí y en representación de ROSARIO ISABEL DIEZ MONTECINO y de AMELIA CATALINA DIEZ MONTECINO, FERNANDO RAFAEL FERNÁNDEZ GARCÍA, MARÍA TERESA DIEZ MEDEL, MARÍA BELÉN CARRACEDO DIEZ, ANTONIO JESÚS CARRACEDO DIEZ, FABIOLA CARRACEDO DIEZ, ANÍBAL CARRACEDO DIEZ, BENJAMÍN CARRACEDO DIEZ, MARÍA JOSÉ FERNÁNDEZ DIEZ, FERNANDO JESÚS FERNÁNDEZ DIEZ, LUZ MARÍA FERNÁNDEZ DIEZ, VALENTINA PURÍSIMA FERNÁNDEZ DIEZ, y JULIA HORTENSIA GONZÁLEZ GÁRATE, todos los anteriores domiciliados para estos efectos en calle Nueva de Lyon N°145, oficina 1.404, comuna de Vitacura, Región Metropolitana, en su calidad de actuales y únicos socios de la sociedad DIEZ GONZÁLEZ E HIJOS LIMITADA (en adelante, la “Sociedad”), acordaron lo siguiente: I) Dar cuenta y declarar haber tomado conocimiento de la donación de derechos sociales según consta en escrituras públicas de fecha 05 de julio de 2023, repertorios N°22.548/2023, N°22.549/2023, N°22.550/2023, N°22.551/2023, N°22.552/2023, N°22.553/2023, N°22.554/2023, y, N°22.555/2023, otorgadas en esta misma Notaría. II) Dar cuenta y declarar haber tomado conocimiento, del retiro de la socia doña Julia Hortensia González Gárate y del ingreso de los nuevos socios, todos debidamente individualizados en escritura extractada, lo cual fue aceptado unánimemente por los socios de la Sociedad. III) Producto de lo anterior, los actuales y únicos socios de la Sociedad acuerdan reemplazar el Artículos Séptimo de los estatutos sociales por el siguiente: “Artículo Séptimo: El capital de la sociedad es la suma de $300.000.000, que los socios aportan y enteran de la siguiente forma: a) doña María Soledad Diez González, aporta la suma de $15.000.000, equivalentes al 5% del capital y derechos sociales, íntegramente pagados con anterioridad a esta fecha; b) don Jesús Benito Diez González, aporta la suma de $18.000.000, equivalentes al 6% del capital y derechos sociales, íntegramente pagados con anterioridad a esta fecha; c) doña María Purísima Diez González, aporta la suma de $24.000.000, equivalentes al 8% del capital y derechos sociales, íntegramente pagados con anterioridad a esta fecha; d) don Rafael Manuel Diez González, aporta la suma de $30.000.000, equivalentes al 10% del capital y derechos sociales, íntegramente pagados con anterioridad a esta fecha; e) don Fernando Rafael Fernández García, aporta la suma de $12.000.000, equivalentes al 4% del capital y derechos sociales, íntegramente pagados con anterioridad a esta fecha; f) doña María Soledad Diez Medel, aporta la suma de $18.000.000, equivalentes al 6% del capital y derechos sociales, íntegramente pagados con anterioridad a esta fecha; g) doña María Teresa Diez Medel, aporta la suma de $18.000.000, equivalentes al 6% del capital y derechos sociales, íntegramente pagados con anterioridad a esta fecha; h) don Sebastián Diez Medel, aporta la suma de $18.000.000, equivalentes al 6% del capital y derechos sociales, íntegramente pagados con anterioridad a esta fecha; i) don Antonio Jesús Carracedo Diez, aporta la suma de $11.400.000, equivalentes al 3,80% del capital y derechos sociales, íntegramente pagados con anterioridad a esta fecha; j) doña Fabiola Carracedo Diez, aporta la suma de $11.400.000, equivalentes al 3,80% del capital y derechos sociales, íntegramente pagados con anterioridad a esta fecha; k) don Aníbal Carracedo Diez, aporta la suma de $11.400.000, equivalentes al 3,80% del capital y derechos sociales, íntegramente pagados con anterioridad a esta fecha; l) doña María Belén Carracedo Diez, aporta la suma de $11.400.000, equivalentes al 3,80% del capital y derechos sociales, íntegramente pagados con anterioridad a esta fecha; m) don Benjamín Carracedo Diez, aporta la suma de $11.400.000, equivalentes al 3,80% del capital y derechos sociales, íntegramente pagados con anterioridad a esta fecha; n) doña María José Fernández Diez, aporta la suma de $12.000.000, equivalentes al 4% del capital y derechos sociales, íntegramente pagados con anterioridad a esta fecha; o) don Fernando Jesús Fernández Diez, aporta la suma de $12.000.000, equivalentes al 4% del capital y derechos sociales, íntegramente pagados con anterioridad a esta fecha; p) doña Luz María Fernández Diez, aporta la suma de $12.000.000, equivalentes al 4% del capital y derechos sociales, íntegramente pagados con anterioridad a esta fecha; q) doña Valentina Purísima Fernández Diez, aporta la suma de $12.000.000, equivalentes al 4% del capital y derechos sociales, íntegramente pagados con anterioridad a esta fecha; r) doña Amelia Catalina Diez Montecino, aporta la suma de $21.000.000, equivalentes al 7% del capital y derechos sociales, íntegramente pagados con anterioridad a esta fec ha; y, s) doña Rosario Isabel Diez Montecino, aporta la suma de $21.000.000, equivalentes al 7% del capital y derechos sociales, íntegramente pagados con anterioridad a esta fecha”; y, IV) Asimismo, los actuales y únicos socios de la Sociedad acuerdan modificar la administración de la Sociedad, la cual, desde ahora en adelante, corresponderá individualmente a uno cualquiera de los socios Jesús Benito Diez González o Fernando Rafael Fernández García; o bien, conjuntamente a dos cualesquiera de los socios María Soledad Diez González, María Purísima Diez González o Rafael Manuel Diez González, con facultades señaladas en escritura extractada. Se acuerda modificar los artículos Noveno y Décimo de los estatutos sociales, en tal sentido. La responsabilidad de los socios se mantendrá limitada al monto de sus respectivos aportes sociales. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Sociedad inscrita a fojas 32.459 N°16.113 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 1990. Santiago, 16 de agosto de 2023.