ATMA S.A.
Instrumento
- Fecha
- 3 de julio de 2023
- Repertorio
- 10536-2023
- Notario
- IVAN TORREALBA ACEVEDO
- Oficio
- Trigésima Tercera Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.659.023 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalIVAN TORREALBA ACEVEDO, Abogado, Notario Público, Titular de la Trigésima Tercera Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos 979, oficina 501 de la comuna de Santiago, certifica: que con fecha 3 de julio de 2023, Repertorio 10.536-2023, ante mí: 1) se redujo a escritura pública el acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas de “GOLDEN ARROW S.A” R.U.T N°76.216.142-7, sociedad inscrita a fojas 24.910 número 17.504 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2012, en que se aprobó la fusión con la sociedad ATMA S.A., mediante la absorción de la primera por la segunda, lo que produce la disolución de GOLDEN ARROW S.A. Se aprobó la relación de canje de la fusión y el estatuto de ATMA S.A. que los accionistas de GOLDEN ARROW S.A. declararon conocer y aceptar íntegramente; 2) que en la misma escritura se redujo el acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas de “ATMA S.A.” R.U.T N°96.653.880-5, sociedad inscrita a fojas 31.348 número 18.776 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 1992, en donde se aprobó la fusión de la sociedad con GOLDEN ARROW S.A mediante la absorción de esta última por la primera disolviéndose GOLDEN ARROW S.A. Al efecto, se aprobó la relación de canje resultante de la fusión, conforme a la cual se emitirá una sola nueva acción que será distribuida a don Ignacio Santiago González Martínez en canje de todas sus acciones de “GOLDEN ARROW S.A.”. Consecuente con lo anterior, se acordó aumentar el capital de ATMA S.A., de $1.659.023, dividido en 4.000 acciones nominativas, de única serie y sin valor nominal, a $95.423.503, dividido en 4.001 acciones nominativas, de única serie y sin valor nominal. El aumento de $93.764.480, se pagará con el aporte del activo y pasivo de la Sociedad Absorbida y se cubrirá mediante la emisión de una acción de pago, por las razones señaladas en la Junta. Al efecto, se sustituyeron el artículo Quinto y el artículo Primero Transitorio del estatuto. Santiago, 22 de agosto de 2023. I. Torrealba Acevedo.