MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INVERSIONES ALEVAL LIMITADA

RUT 76010452-3 CVE 2369282
Fecha instrumento
7 de agosto de 2023
Notaría
Las Condes

Instrumento

Fecha
7 de agosto de 2023
Comuna
Las Condes

Sociedad

N. fantasía
Loa socios acuerdan en modificar la cláusula segunda de la escritura primitiva cambiando el nombre de fantasía de la sociedad “ COMERCIAL ISABEL SUITES” por el de “ PROPIEDADES ALEVAL” para los efectos legales y tributarios; c) En cuanto a la administración y representación de la sociedad: se modifica la cláusula quinta de la escritura primitiva, quedando de la siguiente manera; La administración de la sociedad, representación y el uso de la razón social, según lo acuerdan los socios, corresponderá de forma indistinta a Herman Antonio Mariano Quezada Rissetti y a Gastón Joaquín Quezada Rissetti, ambos ya individualizados, quienes anteponiendo su firma a la razón social, representaran válidamente a la sociedad con todas las facultades establecidas en la cláusula quinta de la escritura primitiva, las que se dan por enteramente reproducidas; los socios acuerdan agregar en este acto a dicha cláusula el número treinta y seis.- la facultad de AUTOCONTRATACIÓN para ambos representantes

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

LINDA SCARLETT BOSCH JIMENEZ, Notario Titular 20ª Notaría de Las Condes, Avenida Apoquindo Nº 4.990, Las Condes, Santiago, CERTIFICO: Que, por escritura de fecha 07 de agosto de 2023, repertorio el 4501-2023, ante mí, don HERMAN ANTONIO MARIANO QUEZADA RISSETTI, cédula nacional de identidad número 10.601.204-0, domiciliado en calle Merced número 562, oficina 910 B, comuna Santiago, y don GASTÓN JOAQUÍN RUPERTO QUEZADA RISSETTI, cédula nacional de identidad número 8.857.131-2, domiciliado en calle Pontevedra número 7279, comuna de La Reina; Modificaron Sociedad “INVERSIONES ALEVAL LIMITADA”, con nombre de fantasía “ COMERCIAL ISABEL SUITES” constituida por escritura pública el diecisiete de diciembre del año dos mil siete, ante Notario Público don Héctor Rubén Estay Ramírez de la primera notaria de Ñuñoa inscrita en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago a fojas: cincuenta y cinco mil, ochocientos cincuenta y uno; Número: treinta y nueve mil quinientos treinta y nueve ; Año dos mil siete. Ha tenido una modificación.- MODIFICACIÓN: Los socios acuerdan en modificar lo siguiente: a) En cuanto a los socios. Como Herederos de doña Gladys Eliana Sara Rissetti, quien era socia y dueña del uno por ciento de las acciones de la sociedad; su hijo Herman Antonio Mariano Quezada Rissetti, empresario, chileno, casado, cédula de identidad número, diez millones seiscientos un mil, doscientos cuatro guión cero, domiciliado en Merced número quinientos sesenta y dos, oficina novecientos diez (B) comuna de Santiago, Región Metropolitana, adquiere la mitad de las acciones de su madre equivalente al cero coma cinco por ciento de las acciones de la sociedad, conserva el noventa y nueve por ciento quedando con el total de noventa y nueve coma cinco por ciento de las acciones de la presente sociedad; su hijo Gastón Joaquín Quezada Rissetti, chileno casado régimen separación total de bienes, ingeniero civil, cédula de identidad número ocho millones, ochocientos cincuenta y siete mil, ciento treinta y uno, guión dos, domiciliado en calle Pontevedra siete mil doscientos setenta y nueve, comuna de la Reina, Región Metropolitana, adquiere en este acto la calidad de socio con el cero coma cinco por ciento de las acciones restantes de la socia fallecida; b) En cuanto al nombre de fantasía: Loa socios acuerdan en modificar la cláusula segunda de la escritura primitiva cambiando el nombre de fantasía de la sociedad “ COMERCIAL ISABEL SUITES” por el de “ PROPIEDADES ALEVAL” para los efectos legales y tributarios; c) En cuanto a la administración y representación de la sociedad: se modifica la cláusula quinta de la escritura primitiva, quedando de la siguiente manera; La administración de la sociedad, representación y el uso de la razón social, según lo acuerdan los socios, corresponderá de forma indistinta a Herman Antonio Mariano Quezada Rissetti y a Gastón Joaquín Quezada Rissetti, ambos ya individualizados, quienes anteponiendo su firma a la razón social, representaran válidamente a la sociedad con todas las facultades establecidas en la cláusula quinta de la escritura primitiva, las que se dan por enteramente reproducidas; los socios acuerdan agregar en este acto a dicha cláusula el número treinta y seis.- la facultad de AUTOCONTRATACIÓN para ambos representantes.- Demas estipulaciones en escritura extractada. En Santiago a 7 de agosto de 2023.-