EL QUINTOCOÑO LIMITADA
Instrumento
- Notario
- ABNER POZA MATUS
- Oficio
- 1ª. Notaría Maipú-Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalABNER POZA MATUS, Notario Público de la 1ª. Notaría Maipú-Santiago, con oficio en calle Monumento Nº2079, comuna de Maipú, certifica, CERTIFICO: Por escritura pública otorgada hoy ante mí, Don Salvador Alberto Molina Roa, chileno, casado, empresario, domiciliado para estos efectos en calle Luis Gandarillas número ochenta y cinco, comuna de Maipú, Región Metropolitana; don César Antonio Molina Roa, chileno, casado, empresario, domiciliado para estos efectos en calle Luis Gandarillas número ochenta y cinco, comuna de Maipú, Región Metropolitana; doña Marion Rebeca Molina Donoso, chilena, soltera, domiciliada para estos efectos en calle Luis Gandarillas número ochenta y cinco, comuna de Maipú, Región Metropolitana y; doña Belén Carla Molina Donoso, chilena, soltera, domiciliada para estos efectos en calle Luis Gandarillas número ochenta y cinco, comuna de Maipú, Región Metropolitana; modifican la sociedad EL QUINTOCOÑO LIMITADA, inscrita a fojas setenta y dos mil ciento cincuenta número treinta y un mil ciento catorce del Registro de Comercio de Santiago correspondiente al año dos mil veintitrés, del Conservador de Bienes Raíces de Santiago. Modificaciones: 1) El objeto social corresponderá principalmente a la explotación de servicios gastronómicos de comida en general sea a través de restaurantes y otros locales como servicios de entrega a domicilio, arriendo de locales para eventos, inversiones en toda clase de bienes corporales e incorporales, estudios y realización de producciones audiovisuales y cualquier otra actividad que acuerden los socios; 2) El socio Cesar Antonio Molina Roa, vende a don Salvador Alberto Molina Roa, el quince por ciento del haber o capital social. El precio de la venta de esta cesión es la suma de cuatro millones quinientos mil pesos, al contado; 3) Como consecuencia de la cesión detallada se retira de la sociedad don Cesar Antonio Molina Roa y quedan como únicos socios de ésta: don Salvador Alberto Molina Roa, dueño del noventa por ciento del capital social y de los derechos sociales, doña Marion Rebeca Molina Donoso, dueña del cinco por ciento del capital social y de los derechos sociales y doña Belén Carla Molina Donoso, dueña del cinco por ciento del capital social y de los derechos sociales; 4) La sociedad tendrá una duración indefinida; 5) La administración y representación corresponderá: a) al socio don Salvador Alberto Molina Roa, actuando individualmente, b) a través de las socias doña Marion Rebeca Molina Donoso y doña Belén Carla Molina Donoso, actuando conjuntamente; 6) Las utilidades y eventuales pérdidas se repartirán en la proporción de los aportes que cada uno ha efectuado al capital social o de la manera en que ellos de común acuerdo lo determinen; 7) Disuelta la sociedad continuarán aplicándose las normas sobre administración y uso de la razón social, hasta su total liquidación; 8) En lo demás que no fuera expresamente modificado por este instrumento continúan plenamente vigentes las estipulaciones del estatuto social. Santiago, 23 de Agosto de 2023.-