MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

CENTRO DE IMÁGENES Y DIAGNÓSTICO LAS RASTRAS SpA

RUT 77723011-5 CVE 2368987
Fecha instrumento
21 de agosto de 2023
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
21 de agosto de 2023
Notario
PABLO JOSÉ HALES BESELER
Domicilio
Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

PABLO JOSÉ HALES BESELER, abogado, Notario Público de Santiago, Titular de la Décimo Tercera Notaría de Santiago, con oficio en Compañía de Jesús mil trescientos doce, Santiago, escritura publica hoy ante mí, KARINA SOLEDAD ROMERO GUERRERO, chilena, casada, abogada, cédula de identidad número catorce millones trescientos noventa y dos mil trescientos cuarenta y nueve guion cinco, domiciliada en Compañía de Jesús mil trescientos noventa, oficina setecientos ocho, comuna de Santiago, Región Metropolitana; sanea la sociedad por acciones "CENTRO DE IMÁGENES Y DIAGNÓSTICO LAS RASTRAS SpA", se constituyó por Escritura Pública de fecha dieciocho de noviembre del año dos mil veintidós, publicada en el Diario Oficial con fecha veintinueve de diciembre del año dos mil veintidós, edición número cuarenta y tres mil cuatrocientos treinta y ocho, inscribiéndose su extracto de constitución a fojas ciento cincuenta y tres vuelta número noventa y cinco del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Talca, correspondiente al año dos mil veintitrés, omitiéndose su inscripción y publicación en el plazo de treinta días desde la fecha de constitución, en el Registro de Comercio de Talca, en el Conservador de Bienes Raíces respectivo, situación que constituye un vicio de nulidad.- Con fecha veintiséis de enero de dos mil veintitrés se celebró escritura pública de saneamiento, cuyo extracto fue publicado en el tres mil cuatrocientos setenta y tres, inscribiéndose su extracto a fojas ciento cincuenta y cinco número noventa y seis del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Talca, correspondiente al año dos mil veintitrés, sin embargo en dicho saneamiento se omitió indicar que la publicación también era objeto de dicho saneamiento. Que según consta del Artículo Quinto Transitorio de la escritura pública singularizada en la cláusula anterior, se le confirió poder a la compareciente para sanear de acuerdo a la ley número diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve todos aquellos vicios que sean pertinentes. Que, en virtud del poder que se le confirió y de conformidad con lo prevenido en el artículo primero de la Ley número diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve, la compareciente viene en sanear por falta de inscripción y publicación dentro del plazo señalado en el artículo cuatrocientos veintiséis del Código de Comercio, la escritura de constitución de sociedad mencionada en la cláusula primera de este instrumento, debiendo, en consecuencia, inscribirse y publicarse el extracto de este saneamiento, entendiéndose con ello subsanados todos los vicios y errores de constitución de que adolezca CENTRO DE IMÁGENES Y DIAGNÓSTICO LAS RASTRAS SpA conforme lo dispone el artículo cuarto del mismo cuerpo legal. Demás estipulaciones escritura extractada. SANTIAGO, 21 AGOSTO 2023.-