MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

ALVAREZ Y COMPAÑÍA LIMITADA

RUT 76944470-K CVE 2368039
Capital
$7.546 CLP
Fecha instrumento
3 de agosto de 2023
Notaría
Castro

Instrumento

Fecha
3 de agosto de 2023
Repertorio
2565-2007
Notario
ANA MARÍA PODLECH PEREZ
Oficio
Primera Notaría Castro
Comuna
Castro

Sociedad

Capital
$7.546 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ANA MARÍA PODLECH PEREZ, Notario Público Interino Primera Notaría Castro, calle Balmaceda 286 Castro, certifico: por escritura pública otorgada ante mí, con fecha 3 agosto 2023, JUAN ANDRES ALVAREZ VARGAS, domiciliado sector Laguna Mayol, comuna Chonchi; CRISTIAN ALEJANDRO ALVAREZ VARGAS, domiciliado José Pinto Perez 685, comuna Chonchi, ambos como socios y además junto a GLORIA MARINA VARGAS CARCAMO, domiciliada O’Higgins 326, comuna Chonchi, como continuadores legales del socio fallecido Aldo Félix Álvarez Álvarez, rescilian modificación social y modifican sociedad, denominada ALVAREZ Y COMPAÑÍA LIMITADA”, nombre de fantasía “TRANSFELIX LTDA.”, constituida escritura pública otorgada Notaría de Castro ante Arcadio Pérez Bórquez, 24 julio 2007, repertorio 2.565-2007, por Aldo Félix Álvarez Álvarez, Juan Andrés Álvarez Vargas y Cristian Alejandro Álvarez Vargas, extracto publicado Diario Oficial 38.838, de fecha 14 agosto 2007, inscrito fojas 121 vuelta, número 105 Registro Comercio Conservador Castro año 2007; modificada por escritura otorgada Segunda Notaria de Castro, ante Sebastián Sada Aznar, 1 septiembre 2022, repertorio 2.110-2022, extracto publicado Diario Oficial 43.360 del 24 septiembre 2022, inscrito a fojas 112, número 57 Registro Comercio Conservador Castro año 2022; en los siguientes términos: 1) Se rescilia y deja sin efecto en todas sus partes escritura modificación social celebrada Segunda Notaria de Castro, ante Sebastián Sada Aznar, 1 septiembre 2022, repertorio 2.110-2022, extracto publicado Diario Oficial 43.360 del 24 septiembre 2022, inscrito Registro Comercio Conservador Castro a fojas 112, número 57 año 2022. Para todos los efectos legales modificación social se tendrá por no escrita y carecerá de todo efecto legal, manteniéndose pacto social original en todas sus partes. 2) A fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en cláusula décimo primera pacto social original, JUAN ANDRES ALVAREZ VARGAS y CRISTIAN ALEJANDRO ALVAREZ VARGAS, ambos como socios y GLORIA MARINA VARGAS CARCAMO, JUAN ANDRES ALVAREZ VARGAS y CRISTIAN ALEJANDRO ALVAREZ VARGAS, como herederos y continuadores legales del socio fallecido Aldo Felix Alvarez Alvarez, acuerdan continuación persona jurídica “ALVAREZ Y COMPAÑÍA LIMITADA”, con nombre de fantasía “TRANSFELIX LTDA.”, con los socios sobrevivientes JUAN ANDRES ALVAREZ VARGAS y CRISTIAN ALEJANDRO ALVAREZ VARGAS y los herederos del socio difunto Aldo Felix Alvarez Vargas, esto es GLORIA MARINA VARGAS CARCAMO, JUAN ANDRES ALVAREZ VARGAS y CRISTIAN ALEJANDRO ALVAREZ VARGAS. En atención a lo señalado, los derechos de Aldo Felix Álvarez Álvarez, que representan el 98 por ciento derechos sociales, se distribuyen conforme a la Ley y se adjudica a Gloria Marina Vargas Cárcamo, el 49 por ciento derechos, equivalentes a $7.546.000 del capital social; se adjudica a Juan Andrés Álvarez Vargas, el 24,5 por ciento derechos sociales, equivalentes a $3.773.000 y a Cristian Alejandro Álvarez Vargas se adjudica el 24,5 por ciento derechos sociales, equivalentes a $3.773.000. Por lo anterior y sumado a los derechos sociales que ya detentaban, Juan Andrés Álvarez Vargas es titular de un 25,5 por ciento derechos sociales, Cristian Alejandro Álvarez Vargas es titular de un 25,5 por ciento derechos sociales y Gloria Marina Vargas Cárcamo es titular del 49 por ciento derechos sociales.- 3) Los herederos y continuadores de Aldo Felix Alvarez Alvarez, esto es GLORIA MARINA VARGAS CARCAMO, JUAN ANDRES ALVAREZ VARGAS y CRISTIAN ALEJANDRO ALVAREZ VARGAS, nombran un procurador común para efectos de comparecer en representación de los herederos de Aldo Felix Alvarez Alvarez, designando como mandatario a GLORIA MARINA VARGAS CARCAMO, quien representará a los herederos, para actuar ante la sociedad, y no tendrá facultades de administración, ni puede usar la razón social.- 4) En virtud de lo expresado, JUAN ANDRES ALVAREZ VARGAS y CRISTIAN ALEJANDRO ALVAREZ VARGAS, ambos como socios y GLORIA MARINA VARGAS CARCAMO, JUAN ANDRES ALVAREZ VARGAS y CRISTIAN ALEJANDRO ALVAREZ VARGAS, como continuadores y herederos de don Aldo Felix Alvarez Alvarez, modifican cláusula CUARTA pacto social constitución, relativa administración sociedad, acordando que la administración, representación y uso razón social de la sociedad, corresponderá a socios JUAN ANDRES ALVAREZ VARGAS y CRISTIAN ALEJANDRO ALVAREZ VARGAS, quienes actuando conjuntamente y anteponiendo razón social a firma gozarán de las más amplias facultades, detentando todas y cada una de las señaladas en clausula cuarta pacto social, sin limitación alguna.- En todas las otras materias que no han sido reguladas ni modificadas, rige lo acordado en el pacto social original.- Castro, 24 agosto 2023.-