CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

VILLAGRA SERVICIOS Y TELECOMUNICACIONES LIMITADA

CVE 2367466
Capital
$4.000.000 CLP
Fecha instrumento
21 de julio de 2023
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
21 de julio de 2023
Repertorio
10890/2023
Notario
LUIS IGNACIO MANQUEHUAL MERY
Oficio
Octava Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$4.000.000 CLP
Duración
Indefinida

Objeto social

a) La prestación de servicios de telecomunicaciones, redes y proyectos de ingeniería, asesorías y servicios generales; b) La comercialización, compra, venta, importación, exportación, industrialización, distribución, fabricación, representación, concesión, comisión, arrendamiento de toda clase de bienes, productos, servicios relacionados con el giro principal de la empresa y el comercio en general con toda clase de equipos, servicios y productos relacionados; c) La construcción en general, construcción de obras civiles, mayores y menores, fabricación y montaje de todo tipo de estructuras metálicas, electromecánicas y mantención industrial. d) La realización de toda clase de actividades, la prestación de servicios, y asesorías relacionadas con la construcción, como pinturas, soldaduras, gasfitería, electricidad domiciliaria, albañilería, remodelaciones, montaje, prevención de riesgos, medio ambiente, administración, mantención y en general proyectos de construcción. Para el cumplimiento de los objetos señalados, la sociedad podrá actuar por cuenta propia, ajena y)o asociada a terceros. -;

Administración

Corresponderá a los socios ya individualizados, de manera individual e indistintamente.-;

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

LUIS IGNACIO MANQUEHUAL MERY, abogado, Notario Público, Titular de la Octava Notaría de Santiago, con oficio en Huérfanos novecientos cuarenta y uno, oficina trescientos dos, Comuna y ciudad de Santiago, certifico: Por Escritura Pública de fecha 21/07/2023, Repertorio 10890/2023, ante mi, doña MARÍA JESÚS GÁLVEZ VILLAGRA y don CRISTÓBAL IGNACIO JIMÉNEZ VILLAGRA, todos domiciliados en Avenida Miguel Letelier, parcela N° 53, comuna de Paine, Región Metropolitana, constituyeron sociedad comercial de responsabilidad limitada, al siguiente tenor: Razón Social: El nombre de la sociedad y su razón social será “VILLAGRA SERVICIOS Y TELECOMUNICACIONES LIMITADA”. Sin embargo, la compañía podrá funcionar y actuar, con el nombre de fantasía de “FOL SERVICES SRL”.-; Objeto: a) La prestación de servicios de telecomunicaciones, redes y proyectos de ingeniería, asesorías y servicios generales; b) La comercialización, compra, venta, importación, exportación, industrialización, distribución, fabricación, representación, concesión, comisión, arrendamiento de toda clase de bienes, productos, servicios relacionados con el giro principal de la empresa y el comercio en general con toda clase de equipos, servicios y productos relacionados; c) La construcción en general, construcción de obras civiles, mayores y menores, fabricación y montaje de todo tipo de estructuras metálicas, electromecánicas y mantención industrial. d) La realización de toda clase de actividades, la prestación de servicios, y asesorías relacionadas con la construcción, como pinturas, soldaduras, gasfitería, electricidad domiciliaria, albañilería, remodelaciones, montaje, prevención de riesgos, medio ambiente, administración, mantención y en general proyectos de construcción. Para el cumplimiento de los objetos señalados, la sociedad podrá actuar por cuenta propia, ajena y/o asociada a terceros. -; Administración y Uso de la Razón Social: Corresponderá a los socios ya individualizados, de manera individual e indistintamente.-; Capital: El capital social asciende a la suma de $4.000.000.- de pesos, que ha sido íntegramente suscrito, enterado y pagado por los socios en los siguientes montos y proporciones: Uno) María Jesús Gálvez Villagra, suscribe, entera y paga la suma de$2.000.000.- millones de pesos, equivalente al 50% de los derechos sociales; Dos) Cristóbal Ignacio Jiménez Villagra, suscribe, entera y paga la suma de $2.000.000.- millones de pesos, equivalente al 50% de los derechos sociales; El capital social se encuentra íntegramente suscrito y pagado.-; Duración: Indefinida, sin perjuicio cualquiera de los socios podrá ponerle término, manifestando su voluntad en tal sentido, lo que deberá hacerse mediante escritura pública que se anotará al margen de la inscripción social con una anticipación mínima de tres meses a la fecha en que se pretende ponerle término. Demás estipulaciones en escritura extractada.