SOCIEDAD DE EQUIPOS MEDICOS MEDIFIS LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 23 de agosto de 2023
- Notario
- JORGE ELIAS TADRES HALES
- Domicilio
- Temuco
Sociedad
- Domicilio
- Temuco
- Duración
- Indefinida
Objeto social
El objeto de la sociedad será: a) La prestación de servicios profesionales en diversas especialidades de la medicina y en el área de la salud en general, especialmente en el ámbito de la medicina general, fisiatría, la rehabilitación de pacientes con patologías neuro-musculo-esqueléticas, Kinesiología, y en todas y cada una de las especialidades relacionadas, en forma directa o a través de convenios con particulares o beneficiarios del Fondo Nacional de Salud o Institucionales de Salud Previsional, servicios de bienestar de orden público de organismos públicos, municipales o privados, fiscales o semifiscales; b) Para las actividades anteriores la sociedad podrá realizar todo tipo de actividades pudiendo establecer Centros Médicos, de Diagnóstico y Tratamiento, exploración médica y terapéutica, procedimientos de estudio, exámenes médicos y toda actividad afín al área de la salud; c) La compra, y adquisición a cualquier título, venta, enajenación y comercialización de todo tipo de bienes, muebles e inmuebles en general, y en especial de instrumentos, equipos e insumos médicos de todo tipo; d) Desarrollar actividades de capacitación de personas naturales que formen o no parte de empresas o entes públicos o privados de cualquier naturaleza, ofrecer estos servicios a dichos entes, participar activamente en los concursos y licitaciones públicas o privadas que requieran lo servicios de capacitación; impartir clases, cursos, charlas, exposiciones, simposios, seminarios, y otros de divulgación y especialización científicas; realizar publicaciones, investigaciones, intercambios y experiencias en el área de la medicina; e) Adquisición, enajenación, arrendamiento, subarrendamiento u otras formas de explotación de todo tipo de bienes, en especial de bienes inmuebles, sean estos predios rústicos o urbanos, parcelar, urbanizar y construir en ellos por cuenta propia o ajena, explorarlos directamente o por terceros, en cualquier forma a fin de obtener su rentabilidad, f) La obtención de rentas y frutos provenientes de toda clase de inversiones, corporales o incorporales, tales como acciones, bonos, debentures, letras de cambio, pagarés, letras de crédito, certificados de depósitos, documentos negociables, valores inmobiliarios y todo efecto de comercio; títulos de crédito, instrumentos financieros y, en general, toda clase de títulos o valores, pudiendo concurrir o participar en la formación o ingresar en toda clase de personas, de capitales, comunidades, asociaciones y cuentas en participación; g) En general, realizar actos de comercio relacionados, directa o indirectamente, con los mencionados objetos, y todo otro negocio o actividad que acordaren los
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJORGE ELIAS TADRES HALES, Notario Público Temuco, oficio en esta ciudad A. Varas Nº 976, certifico: por escritura pública fecha cuatro de Agosto de dos mil veintitrés, ante mí, doña DANIELA NICOL GATICA SOLDAN, chilena, soltera, Médico Cirujano con especialidad en Fisiatría, cédula nacional de identidad número dieciséis millones setecientos noventa y cinco mil ciento sesenta y cinco guion uno, por si y en representación de la sociedad “IMPORTADORA Y DISTRIBUIDORA DARÚ SpA”, sociedad del giro de su denominación, Rol Único Tributario número setenta y siete millones doscientos cincuenta y siete mil ciento ochenta y nueve guion cinco, ambos con domicilio para estos efectos en calle dieciocho de Septiembre número seiscientos once, de la comuna y ciudad de Temuco, y don RUBEN ALONSO HERMOSILLA CANDIA, chileno, soltero, Médico Cirujano con especialidad en Fisiatría, cédula nacional de identidad número diecisiete millones cuarenta y tres mil seiscientos setenta y cuatro guion uno, domiciliado en calle dieciocho de Septiembre número seiscientos once, de la comuna y ciudad de Temuco, expusieron: UNO) Por escritura pública de fecha veinte de abril del año dos mil diecisiete, otorgada ante don Jorge Elías Tadres Hales, abogado, Notario Público Titular de la agrupación de comunas de Temuco, Padre Las Casas, Cunco Vilcún, Freire y Melipeuco, doña DANIELA NICOL GATICA SOLDAN y don RUBÉN ALONSO HERMOSILLA CANDIA, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada, cuya razón social era “SOCIEDAD DE EQUIPOS MÉDICOS MEDIFIS LIMITADA”, Rol Único Tributario setenta y seis mil setecientos cuarenta y un mil ciento noventa y cinco guion dos, la cual se encuentra inscrita a fojas seiscientos cuarenta y tres vuelta, numero cuatrocientos treinta y cuatro del Registro de Comercio correspondiente al año dos mil diecisiete, llevado por el Conservador de Bienes Raíces de Temuco, y publicada en extracto con fecha cinco de mayo del año dos mil diecisiete en el Diario Oficial, edición cuarenta y un mil setecientos cuarenta y nueve. DOS) Por escritura pública de fecha veintiuno de junio del año dos mil diecisiete, ante don Jorge Elías Tadres Hales, abogado, Notario Público Titular de la agrupación de comunas de Temuco, Padre Las Casas, Cunco Vilcún, Freire y Melipeuco, don RUBÉN ALONSO HERMOSILLA CANDIA vendió, cedió y transfirió la totalidad de sus derechos sociales a doña DANIELA NICOL GATICA SOLDAN, por lo cual en el mismo acto e instrumento la sociedad fue TRANSFORMADA a EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA. Por tanto, en virtud de la mencionada transformación, la razón social de la empresa fue modificada a “EQUIPOS MÉDICOS DANIELA GATICA SOLDAN EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA”. Dicha cesión de derechos y transformación se encuentran inscritas a fojas novecientos cincuenta y uno vuelta, número seiscientos veintiocho, en el Registro de Comercio de la ciudad de Temuco del año dos mil diecisiete y publicada en el julio del año dos mil diecisiete. TRES) Por escritura pública de fecha ocho de junio del año dos mil veintiuno, ante don Héctor Basualto Bustamante, abogado, Notario Público Titular de la agrupación de comunas de Temuco, Padre Las Casas, Cunco Vilcún, Freire y Melipeuco, doña DANIELA NICOL GATICA SOLDAN vendió, cedió y transfirió el VEINTE por ciento de sus derechos o participación en la empresa individual “EQUIPOS MÉDICOS DANIELA GATICA SOLDAN EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA”, a don RUBÉN ALONSO HERMOSILLA CANDIA, por lo que a consecuencia de esta venta y transferencia de derechos, quedaron como únicos socios: a) doña DANIELA NICOL GATICA SOLDAN, con OCHENTA POR CIENTO de participación en la empresa, y b) don RUBEN ALONSO HERMOSILLA CANDIA, con VEINTE POR CIENTO de participación en la empresa. En virtud de esta venta de participación, y a través del mismo instrumento las partes TRANSFORMARON la empresa “EQUIPOS MÉDICOS DANIELA GATICA SOLDAN EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA”, en una SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, cuya actual razón social es “SOCIEDAD DE EQUIPOS MEDICOS MEDIFIS LIMITADA”. Dicha venta de acciones y transformación de sociedad se encuentran inscritas a fojas quinientos cincuenta y uno, número trescientos diecisiete, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de la ciudad de Temuco del año dos mil veintiuno, y publicada en el Diario Oficial bajo la Edición Número cuarenta y dos mil novecientos setenta y seis del día once de junio del año dos mil veintiuno. La sociedad se constituyó con un capital de UN MILLÓN DE PESOS, el cual no ha sido modificado a la fecha.- PRESENTE CESION DE DERECHOS SOCIALES. a) doña DANIELA NICOL GATICA SOLDAN, vende, cede y transfiere, la totalidad de su participación social, esto es, el OCHENTA POR CIENTO, a la sociedad “IMPORTADORA Y DISTRIBUIDORA DARÚ SpA”, quien a través de su representante, las compra, acepta y adquiere para sí. El precio de esta venta es la suma de ocho millones de pesos, que pagará a la cedente, dentro de un plazo de un año a contar de esta fecha, en cuotas o de una vez, y que éste declara aceptar como forma de pago y cobrar sin interés; b) don RUBEN ALONSO HERMOSILLA CANDIA, vende, cede y transfiere, la totalidad de su participación social, esto es, el VEINTE POR CIENTO, a la sociedad “IMPORTADORA Y DISTRIBUIDORA DARÚ SpA”, quien a través de su representante, las compra, acepta y adquiere para sí. El precio de esta venta es la suma de dos millones de pesos, que pagará al cedente, dentro de un plazo de un año a contar de esta fecha, en cuotas o de una vez, y que éste declara aceptar como forma de pago y cobrar sin interés.- Como consecuencia de la anterior cesión y transferencia de derechos sociales, ahora el actual socio de la “SOCIEDAD DE EQUIPOS MEDICOS MEDIFIS LIMITADA”, es la sociedad “IMPORTADORA Y DISTRIBUIDORA DARÚ SpA” quien detenta el cien por ciento de los derechos sociales. PRESENTE TRANSFORMACIÓN: En virtud de las cesiones de derechos sociales indicadas en las cláusulas precedentes, por este acto e instrumento los comparecientes, en virtud de la representación que invisten, vienen en transformar la “SOCIEDAD DE EQUIPOS MEDICOS MEDIFIS LIMITADA”, en una SOCIEDAD POR ACCIONES, la cual se regirá por las disposiciones del Código de Comercio, de la ley número veinte mil ciento noventa; ley número dieciocho mil cuarenta y seis sobre sociedades anónimas; demás leyes pertinentes, y en especial, por las disposiciones de los siguientes estatutos: RAZON SOCIAL: será “SOCIEDAD DE EQUIPOS MEDICOS MEDIFIS SpA”, pudiendo además actuar la sociedad con el nombre de fantasía de “EQUIPOS MEDICOS MEDIFIS SpA”, ante Bancos e Instituciones Financieras, Servicio de Impuestos Internos, Tesorería y cualquier organismo público o privado. DOMICILIO: La sociedad tendrá su domicilio en la ciudad de Temuco, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, sucursales o establecimientos en el resto del país o en el extranjero. DURACION: La sociedad durará indefinidamente a contar de esta fecha. OBJETO: El objeto de la sociedad será: a) La prestación de servicios profesionales en diversas especialidades de la medicina y en el área de la salud en general, especialmente en el ámbito de la medicina general, fisiatría, la rehabilitación de pacientes con patologías neuro-musculo-esqueléticas, Kinesiología, y en todas y cada una de las especialidades relacionadas, en forma directa o a través de convenios con particulares o beneficiarios del Fondo Nacional de Salud o Institucionales de Salud Previsional, servicios de bienestar de orden público de organismos públicos, municipales o privados, fiscales o semifiscales; b) Para las actividades anteriores la sociedad podrá realizar todo tipo de actividades pudiendo establecer Centros Médicos, de Diagnóstico y Tratamiento, exploración médica y terapéutica, procedimientos de estudio, exámenes médicos y toda actividad afín al área de la salud; c) La compra, y adquisición a cualquier título, venta, enajenación y comercialización de todo tipo de bienes, muebles e inmuebles en general, y en especial de instrumentos, equipos e insumos médicos de todo tipo; d) Desarrollar actividades de capacitación de personas naturales que formen o no parte de empresas o entes públicos o privados de cualquier naturaleza, ofrecer estos servicios a dichos entes, participar activamente en los concursos y licitaciones públicas o privadas que requieran lo servicios de capacitación; impartir clases, cursos, charlas, exposiciones, simposios, seminarios, y otros de divulgación y especialización científicas; realizar publicaciones, investigaciones, intercambios y experiencias en el área de la medicina; e) Adquisición, enajenación, arrendamiento, subarrendamiento u otras formas de explotación de todo tipo de bienes, en especial de bienes inmuebles, sean estos predios rústicos o urbanos, parcelar, urbanizar y construir en ellos por cuenta propia o ajena, explorarlos directamente o por terceros, en cualquier forma a fin de obtener su rentabilidad, f) La obtención de rentas y frutos provenientes de toda clase de inversiones, corporales o incorporales, tales como acciones, bonos, debentures, letras de cambio, pagarés, letras de crédito, certificados de depósitos, documentos negociables, valores inmobiliarios y todo efecto de comercio; títulos de crédito, instrumentos financieros y, en general, toda clase de títulos o valores, pudiendo concurrir o participar en la formación o ingresar en toda clase de personas, de capitales, comunidades, asociaciones y cuentas en participación; g) En general, realizar actos de comercio relacionados, directa o indirectamente, con los mencionados objetos, y todo otro negocio o actividad que acordaren los socios. CAPITAL: El capital de la sociedad es la suma de UN MILLON DE PESOS, dividido en CIEN ACCIONES de una sola serie y sin valor nominal, que se suscribe y paga totalmente de la siguiente manera: El accionista la sociedad “IMPORTADORA Y DISTRIBUIDORA DARÚ SpA”, suscribe CIEN ACCIONES, equivalentes a la suma de UN MILLON DE PESOS; suma que se entera y paga en este acto en la caja social y que equivalen al cien por ciento de la participación social. Por tanto, las acciones se encuentran totalmente suscritas y pagadas. No se requerirá la emisión física de títulos de acciones, bastando la constancia respectiva en el Registro de Accionistas para acreditar la calidad de tal. ADMINISTRACION Y USO RAZON SOCIAL: La sociedad será administrada y representada por doña DANIELA NICOL GATICA SOLDAN y don RUBEN ALONSO HERMOSILLA CANDIA, quienes podrán actuar conjunta, separada e indistintamente. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Temuco, 23 de Agosto de 2023.-