CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

ENERGY PARTNERS SpA

CVE 2367768
Fecha instrumento
2 de agosto de 2023
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
2 de agosto de 2023
Repertorio
56213-2023
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Don FRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL, Titular de la Segunda Notaría de Santiago, con domicilio en calle Alcántara número ciento siete, según consta en el Decreto Judicial debidamente protocolizado, certifico: Por escritura pública de fecha 02 de Agosto de 2023, Repertorio N° 56.213-2023, ante mí, se redujo a escritura pública Junta Extraordinaria de Accionistas de la sociedad ENERGY PARTNERS SpA, los accionistas DON NICOMEDES SpA y DAASSET SpA acordaron, por unanimidad, modificar la administración y fijar el texto refundido de los estatutos de la sociedad. Razón social “ENERGY PARTNERS SpA”, nombre de fantasía “ENERGY PARTNERS SpA”, El objeto de la sociedad será: a) la asesoría, consultoría, en materias de gestión, administrativas, financieras, contables, y otros de carácter similar; b) la explotación, desarrollo, generación, producción, acumulación, operación, comercialización de energía eléctrica en cualquiera de sus formas y en el suministro de servicios necesarios para dicho objeto; c) la inversión con fines rentísticos de toda clase de bienes corporales e incorporales, muebles e inmuebles, la inversión en todo tipo de títulos, derechos, valores o efectos de comercio, el desarrollo de cualquier actividad desarrollada con capitales mobiliarios o inmobiliarios, la participación en proyectos de inversión, sociedades, comunidades o asociaciones, así como cualquier otra actividad relacionadas con las de su giro. El domicilio de la Sociedad es la ciudad de Santiago, Región Metropolitana, territorio jurisdiccional del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, sin perjuicio que pueda establecer agencias, sucursales o establecimientos en otros lugares de la República o en el extranjero. La duración de la sociedad será indefinida. El capital de la Sociedad es el importe de un millón de pesos, dividido en cien acciones ordinarias y nominativas, de una única serie, de igual valor y sin valor nominal, que se suscriben y pagan en la forma indicada en el artículo primero transitorio de estos estatutos. Demás estipulaciones constan de escritura extractada y no son materia de extracto. Santiago, 24 de agosto de 2023.