CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

COMERCIALIZADORA Y DISTRIBUIDORA LDG SpA

CVE 2367781
Fecha instrumento
22 de agosto de 2023
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
22 de agosto de 2023
Notario
HUMBERTO QUEZADA MORENO
Oficio
Vigésima Sexta Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Objeto social

a) La compra, venta, distribución, comercialización, intermediación, almacenamiento y transporte de toda clase de hidrocarburos y combustibles, en especial de gas licuado para uso industrial y)o doméstico, ya sea a granel o envasado en tanques, contenedores u otro medio, dentro del territorio nacional o en el extranjero, así como toda otra actividad relacionada directa o indirectamente con la anterior; b) La compra al por mayor o al detalle de tanques o contenedores de gas y)o materiales, partes o piezas para la manufacturación o fabricación de los mismos, incluyendo la instalación, reparación y mantención de éstos; c) la venta, arrendamiento o consignación de tanques y)o contenedores de gas; d) El transporte de carga en general y)o servicios de transporte en cualquiera de sus formas, ya sea por vía terrestre, marítima o aérea, dentro del territorio nacional o en el extranjero; e) Dar o tomar en arrendamiento toda clase de vehículos motorizados; f) Para el cumplimiento de su objeto la sociedad podrá adquirir o enajenar, a cualquier título, dar y tomar en arrendamiento u otra forma de tenencia, toda clase de bienes raíces o muebles, corporales o incorporales, de cualquier clase o naturaleza; g) Finalmente, para dar cumplimiento a su objeto, la sociedad podrá realizar todo tipo de actos o contratos necesarios o convenientes a ésta y todos los demás actos o contratos que los accionistas de la sociedad decidan realizar, ya sea que éstos se relacionen o no con el objeto de la sociedad; 3) El capital de la sociedad es la suma de un millón de pesos, el cual se encuentra dividido en cien acciones nominativas, ordinarias y sin valor nominal, de una misma y única serie, íntegramente suscritas y pagadas en la forma que se señala en el Artículo Primero Transitorio

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

HUMBERTO QUEZADA MORENO, Notario Público Titular de la Vigésima Sexta Notaría de Santiago, con oficio en Avenida Apoquindo número 3.196, Las Condes, certifico: Por escritura pública de fecha 22 de Agosto de 2023, ante mí compareció: Inversiones Santa Marta SpA, quien constituyó una sociedad por acciones cuyos estatutos se extractan a continuación: 1) El nombre de la sociedad por acciones será “COMERCIALIZADORA Y DISTRIBUIDORA LDG SpA”, pudiendo usar para todos los efectos legales, fines publicitarios y para actuar inclusive ante bancos, instituciones financieras o cualesquiera otros organismos públicos o privados, el nombre de fantasía “LA DEL GAS SpA”; 2) La sociedad tiene por objeto: a) La compra, venta, distribución, comercialización, intermediación, almacenamiento y transporte de toda clase de hidrocarburos y combustibles, en especial de gas licuado para uso industrial y/o doméstico, ya sea a granel o envasado en tanques, contenedores u otro medio, dentro del territorio nacional o en el extranjero, así como toda otra actividad relacionada directa o indirectamente con la anterior; b) La compra al por mayor o al detalle de tanques o contenedores de gas y/o materiales, partes o piezas para la manufacturación o fabricación de los mismos, incluyendo la instalación, reparación y mantención de éstos; c) la venta, arrendamiento o consignación de tanques y/o contenedores de gas; d) El transporte de carga en general y/o servicios de transporte en cualquiera de sus formas, ya sea por vía terrestre, marítima o aérea, dentro del territorio nacional o en el extranjero; e) Dar o tomar en arrendamiento toda clase de vehículos motorizados; f) Para el cumplimiento de su objeto la sociedad podrá adquirir o enajenar, a cualquier título, dar y tomar en arrendamiento u otra forma de tenencia, toda clase de bienes raíces o muebles, corporales o incorporales, de cualquier clase o naturaleza; g) Finalmente, para dar cumplimiento a su objeto, la sociedad podrá realizar todo tipo de actos o contratos necesarios o convenientes a ésta y todos los demás actos o contratos que los accionistas de la sociedad decidan realizar, ya sea que éstos se relacionen o no con el objeto de la sociedad; 3) El capital de la sociedad es la suma de un millón de pesos, el cual se encuentra dividido en cien acciones nominativas, ordinarias y sin valor nominal, de una misma y única serie, íntegramente suscritas y pagadas en la forma que se señala en el Artículo Primero Transitorio. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 23 de Agosto de 2023. HQM Not Pub.