WANWAY AIR SpA
Instrumento
- Fecha
- 21 de agosto de 2023
- Notario
- ANTONIETA MENDOZA ESCALAS
- Oficio
- 16º Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000 CLP
- Ley aplicable
- ley 20.659
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| Wanway Corp Chile SpA | socio | 77040643-9 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANTONIETA MENDOZA ESCALAS, Abogado, Notario Público Titular 16º Notaría de Santiago, con oficio en San Sebastián N° 2.750, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, certifica: Por escritura pública hoy ante mí, la sociedad Wanway Corp Chile SpA, RUT N° 77.040.643-9 y doña Mirella Loreto Escalona Leiva, chilena, casada, técnico en tráfico aéreo de pasajeros y carga, con RUT N° 9.701.006-4, acordaron, como únicos accionistas de la sociedad WANWAY AIR SPA, y de conformidad con el artículo 427 del Código de Comercio: UNO) Migrar la sociedad desde el régimen simplificado de constitución, modificación y disolución de sociedades comerciales establecido en la ley 20.659 al régimen tradicional de la sociedad. Asimismo, una vez migrada la sociedad al régimen tradicional se deberán realizar una serie de modificaciones al estatuto de la sociedad, atendida la insuficiencia de estos. Los antecedentes de la sociedad son los siguientes: i) Mediante el sistema de empresas en un día, con fecha 21 de julio de 2022 los comparecientes constituyeren la sociedad Wanway Air SpA, código de verificación ACmr2qHIBu5R, con Rol Unico Tributario N° 77.607.516-7. ii) Capital: $1.000.000 dividido en 100 acciones, nominativas, de una misma serie, ordinarias. DOS) Se acuerda otorgamiento poder a doña Mirella Loreto Escalona Leiva, cédula de identidad N° 9.701.006-4, a don Diego Nicolás Cortés Silva, cédula de identidad N° 16.876.336-6, don Gabriel Rodrigo Morales González, cédula de identidad N° 11.385.648-3, y a don Juan Enrique Magasich Airola, cédula de identidad N° 8.911.654-6, para que cualquiera de ellos, actuando individualmente, realice todos los trámites que sean necesarios ante el administrador del régimen simplificado para materializar la migración de esta sociedad al sistema tradicional. TRES) Facultar al portador de copia autorizada de la presente escritura con el objeto de requerir las publicaciones, inscripciones, subinscripciones, así como para presentar y firmar minutas o documentos que fueren necesario para inscribir el extracto de esta constitución ante el Conservador de Bienes Raíces respectivo. Santiago, 21 de agosto de 2023.