SOCIEDAD DE IMÁGENES MEDICAS VALDIVIA S.A.
Instrumento
- Fecha
- 11 de agosto de 2023
- Notario
- ELIZABETH CATHERINE PACHECO CIFUENTES
- Domicilio
- las comunas de Valdivia y Corral
Sociedad
- Capital
- $10.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalELIZABETH CATHERINE PACHECO CIFUENTES, Notario Público Titular de las comunas de Valdivia y Corral, con oficio en San Carlos N°159, local 3, certifico: que con fecha 21 Agosto 2023, en ésta Notaría y ante mí, Repertorio Notarial N° 3062-2023, doña Marlene Rivera Santibáñez, abogada, con domicilio en Arauco N°159, of. 401 de Valdivia, redujo a escritura pública Acta Junta Extraordinaria y Ordinaria de Accionistas de SOCIEDAD DE IMÁGENES MEDICAS VALDIVIA S.A., de 11 agosto 2023, con asistencia de don Enrique Fullá Capurro, don Ricardo Alberto Wiegand Burkhardt en nombre y representación de Ricardo Alberto Wiegand e Hijos, Servicios Médicos Limitada, y don René Faure Troncoso en nombre y representación de Sociedad de servicios médicos para el diagnóstico por imagen Ltda., acordando reformar estatutos contenidos en escritura de constitución de la sociedad otorgada el nueve de mayo de dos mil doce en la notaría de Valdivia de doña María Inés Morales Guarda, extracto publicado en el Diario Oficial el doce de mayo de ese año e inscrito a fojas trescientos setenta y dos vuelta con el número doscientos setenta y seis del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Valdivia del año dos mil doce, de la siguiente forma: uno) Se modifica el Artículo décimo cuarto del Título Tercero: de la Administración, únicamente en su primera parte, quedando como sigue: “Artículo décimo cuarto: El Directorio deberá sesionar a lo menos cada tres meses.” dos) Se reemplaza el Artículo vigésimo sexto del Título Quinto: Fiscalización de la Administración, por el siguiente: “Artículo vigésimo sexto: La Junta general ordinaria de accionistas deberá nombrar anualmente dos directores que tendrán la calidad de Inspectores de Cuentas, con el objeto de examinar la contabilidad, inventario, balances y otros estados financieros, debiendo informar por escrito a la próxima Junta Ordinaria sobre el cumplimiento de su mandato, en el cual tendrán derecho a voz, pero no a voto. En casos justificados la Junta podrá nombrar Auditores Externos independientes. tres) Se reemplaza el Artículo noveno del Título Segundo: Del capital y las acciones, por el siguiente: “Artículo noveno: Las acciones serán nominativas. La sociedad no estará obligada a imprimir láminas físicas de los títulos de acciones, sino que únicamente llevará un sistema de anotaciones en el Registro de Accionistas, el que deberá registrar el canje, transferencia, transmisión, constitución de derechos reales y/o cualquier otro gravamen que puedan sufrir las acciones, siempre en resguardo de los derechos de los accionistas, teniendo los accionistas preferencia para adquirirlas, a prorrata del número de acciones que cada uno posea. Sólo en caso de que no exista interés en su adquisición o no llegare a acuerdo en el precio de ellas, podrán enajenarse a terceros. Para el caso anterior los accionistas que desees transferir todo o parte de sus acciones, deberán ofrecerlas, por medio de comunicación escrita depositada en las oficinas de la sociedad, en la que se indique el precio de cada acción a los demás accionistas, y solamente en el caso de que ninguno de estos manifieste su interés en adquirirlas en un plazo máximo y fatal de treinta días, por el mismo medio, podría transferirlas a terceros. En igual forma tendrán derecho preferente a adquirir las acciones que se emitieran con motivo de un aumento de capital a prorrata del número de acciones que cada uno tenga”. cuatro) Se reemplaza el Artículo sexto del Título Segundo: Del capital y las acciones, por el siguiente: “Artículo sexto: La sociedad reconoce fracciones de acción”. Rut: 76.211.911-0. Capital: $10.000.000.- Otras estipulaciones en acta extractada. Valdivia, 23 de agosto de 2023.-