IMPORTADORA Y COMERCIALIZADORA ESEN LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 16 de agosto de 2023
- Notario
- GABRIEL OGALDE RODRIGUEZ
- Oficio
- 3ª notaria de Santiago
Administración
El administrador y representante legal podrá actuar por la sociedad anteponiendo la razón social a su firma y representara a la sociedad con las más amplias facultades, pudiendo obligarla en toda clase de actos, asuntos, juicios, negocios, ante cualquier persona natural o jurídica o ante cualquier autoridad, sea administrativa, judicial, militar, económica o de cualquier orden dentro o fuera del país, ante toda clase de organismos públicos o privados, fiscales, municipales, laborales, aduaneros, Banco Central de Chile, Tesorería General de la República, Correos de Chile, Servicio de Aduanas, Servicios de Impuestos Internos y, en general, ante toda clase de organismos o instituciones de cualquier naturaleza; así, podrán ejecutar cuantas diligencias sea necesario practicar y celebrar toda clase de actos, contratos, promesas de contratos y estipular sus bases y condiciones, con todas las demás facultades enunciadas taxativamente en la escritura extractada. Los socios de la Sociedad continúan limitando su responsabilidad personal por los negocios sociales al monto de sus respectivos
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalGABRIEL OGALDE RODRIGUEZ, Abogado, Notario Publico, titular de la 3ª notaria de Santiago, con oficio en Avenida Libertador Bernardo O0higgins N°2102, Santiago, certifica que: Por escritura pública de hoy, ante mí, QIULAN XU, BOLIN JI, CHAOYANG JI, XIAOBO HAN, SHOUJU LIN, todos domiciliados Independencia N°807, Comuna San Carlos, Región del Biobío, modificaron “IMPORTADORA Y COMERCIALIZADORA ESEN LIMITADA”, inscrita a fjs 30415, N°20.236, año 2013, Registro de Comercio Santiago; en el sentido que: QIULAN XU, vende cede y trasfiere totalidad de los derechos de que es dueña en la sociedad equivalentes al 60% a XIAOBO HAN, quien los compra acepta, y adquiere para sí. El precio de la cesión y venta es de $14.000.000 pesos, que el comprador y cesionario paga en este acto, al contado y en dinero en efectivo, declarando XIAOBO HAN haberlo recibido a su entera satisfacción otorgando el correspondiente recibo de cancelación y finiquito. Ambas partes renuncian a toda condición resolutoria emanada del presente contrato. En este mismo acto BOLIN JI y CHAOYANG JI venden ceden y trasfieren la totalidad de sus derechos de que son dueños en la sociedad equivalentes a 20% cada uno a la cesionaria SHOUJU LIN, quien los compra, acepta, y adquiere para sí los derechos en la Sociedad. El precio de la cesión y venta de los derechos sociales es la suma de $4.600.000, que la compradora y cesionaria paga a cada uno de los cedentes en este acto, al contado y en dinero en efectivo, declarando BOLIN JI y CHAOYANG JI haberlos recibido a su entera satisfacción, otorgando ambos el correspondiente recibo de cancelación y finiquito. Todas las partes renuncian a toda condición resolutoria emanada de los contratos. Quedan como socios de IMPORTADORA Y COMERCIALIZADORA ESEN LIMITADA, XIAOBO HAN, con un 60% del capital y propiedad de la presente sociedad y SHOUJU LIN con un 40% del capital y propiedad de la presente sociedad. Asimismo, los actuales socios acuerdan sustituir la cláusula décimo primera del acto constitutivo relativo a la administración y uso de la razón social, correspondiéndole a don XIAOBO HAN, cédula de identidad extranjeros número veintiocho millones ciento veinticinco mil doscientos veintidós guión cuatro, y se amplían las facultades de administración. El administrador y representante legal podrá actuar por la sociedad anteponiendo la razón social a su firma y representara a la sociedad con las más amplias facultades, pudiendo obligarla en toda clase de actos, asuntos, juicios, negocios, ante cualquier persona natural o jurídica o ante cualquier autoridad, sea administrativa, judicial, militar, económica o de cualquier orden dentro o fuera del país, ante toda clase de organismos públicos o privados, fiscales, municipales, laborales, aduaneros, Banco Central de Chile, Tesorería General de la República, Correos de Chile, Servicio de Aduanas, Servicios de Impuestos Internos y, en general, ante toda clase de organismos o instituciones de cualquier naturaleza; así, podrán ejecutar cuantas diligencias sea necesario practicar y celebrar toda clase de actos, contratos, promesas de contratos y estipular sus bases y condiciones, con todas las demás facultades enunciadas taxativamente en la escritura extractada. Los socios de la Sociedad continúan limitando su responsabilidad personal por los negocios sociales al monto de sus respectivos aportes. En todo lo no modificado se mantienen vigentes las demás estipulaciones del pacto social primitivo. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 16 de agosto de 2023.