CLINICA DENTAL SAN VICENTE LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 16 de agosto de 2023
- Notario
- LUISA PAMELA MEDINA SCHULZ
- Oficio
- Primera Notaria
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLUISA PAMELA MEDINA SCHULZ, Notario Público Titular Primera Notaria, con domicilio en calle Carmen Gallegos 205, Local 3, San Vicente de T.T., CERTIFICA: Por escritura pública, hoy ante mí, CLAUDIO MAURICIO BROTFELD MARSAL, chileno, divorciado, Odontólogo, cédula nacional de identidad número seis millones trescientos sesenta y siete mil novecientos ocho guión nueve; y doña MONICA PATRICIA PELEGRI HARO, chilena, soltera, Cirujano Dentista, cédula nacional de identidad número doce millones setecientos setenta y seis mil seiscientos diez guión k, ambos domiciliados para estos efectos en Avenida Germán Riesco número mil ciento sesenta y dos de la comuna de San Vicente; sanearon modificación de Sociedad de Responsabilidad Limitada: “CLINICA DENTAL SAN VICENTE LIMITADA”, rol único tributario número 76.178.620-2, constituida por escritura pública de fecha tres de Septiembre del año dos mil cuatro, otorgada en la ciudad de San Vicente de Tagua Tagua, ante el Notario Público, don Andrés Sabal Tuma, cuyo extracto fue inscrito a fojas cincuenta y dos, número cincuenta y tres del Registro de Comercio del año dos mil cuatro, del Conservador de Bienes Raíces de San Vicente de Tagua Tagua, y fue publicado en el Diario Oficial con fecha trece de Septiembre del mismo año. La sociedad fue modificada por escritura pública de fecha treinta de Julio del año dos mil quince, otorgada en la ciudad de San Vicente de Tagua Tagua, ante el Notario Público, doña Isabel Margarita Chadwick Vergara; un extracto de la citada escritura fue inscrito a fojas noventa, número setenta y seis del Registro de Comercio del año dos mil quince, del Conservador de Bienes Raíces de San Vicente de Tagua Tagua, y publicado en el Diario Oficial con fecha veinte de Agosto del mismo año. La sociedad experimentó una última modificación por escritura pública de fecha trece de Febrero del año dos mil veinte, otorgada en la ciudad de San Vicente de Tagua Tagua, ante el Notario Público, doña Isabel Margarita Chadwick Vergara; un extracto de la citada escritura fue inscrito a fojas diecisiete, número doce del Registro de Comercio del año dos mil veinte, del Conservador de Bienes Raíces de San Vicente de Tagua Tagua, y publicado en el Diario Oficial con fecha veintiocho de Febrero del mismo año.- Saneamiento: Se rectifica y sanea la escritura pública de modificación de la sociedad “Clínica Dental San Vicente Limitada”, de fecha treinta de Julio de dos mil quince, citada en la cláusula precedente del presente instrumento, en el siguiente sentido: Se rectifica y sanea lo expuesto en las cláusulas tercera, cuarta y quinta de la escritura pública de modificación social de fecha treinta de Julio de dos mil quince, en el sentido de señalar que por un error involuntario se aludió al término “resciliar”, para efectos de restituir a los socios los respectivos aportes que cada uno de ellos realizó a la sociedad en el acto constitutivo. Por el presente acto, se rectifica para efectos de sanear cualquier eventual vicio, que la intención de los socios no era la de resciliar los aportes al capital social, sino que sustituir estos y modificar el capital. Así las cosas, don Claudio Mauricio Brotfeld Marsal, modificó su aporte, recobrando el dominio del inmueble anteriormente aportado, denominado Lote Uno A, manteniendo los otros aportes realizados en el acto constitutivo. Del mismo modo, el socio Enrique José Ramírez Cunillera modificó el aporte social realizado, disminuyendo el mismo sólo al monto de la parte del capital que a la fecha de la suscripción de la escritura de modificación ya había pagado. De esta forma, lo que en la especie ocurrió, fue una modificación del capital social, específicamente una disminución de capital; y no como erróneamente se señaló, como una resciliación de los aportes a la sociedad, ya que como bien se sabe, al resciliarse los aportes; y por ende, no existir estos, la sociedad carecería un uno de los elementos esenciales de la misma, su capital, lo que implicaría el vicio referido. Por todo lo antes expuesto, se reitera la rectificación aludida en el sentido de que en las cláusulas tercera, cuarta y quinta de la escritura pública de modificación social de fecha treinta de Julio de dos mil quince, la intención de los socios fue disminuir el capital y no resciliar el mismo.- Conforme la rectificación y saneamiento precedente, la disminución de capital de la sociedad efectuada en la escritura de modificación social de fecha treinta de Julio de dos mil quince, tantas veces citada, implicó que el capital social se disminuyera al monto de doce millones ciento noventa y tres mil novecientos cuarenta pesos, aportando el socio Claudio Mauricio Brotfeld Marsal la suma de doce millones doce millones setenta y dos mil pesos, equivalentes al noventa y nueve por ciento del capital social, monto aportado y pagado por el referido socio según se establece en la cláusula segunda, letra a, números dos y tres de la escritura de modificación tantas veces citada. Del mismo modo, se estableció que el socio Enrique José Ramírez Cunillera aporta a la sociedad la suma de ciento veintiún mil novecientos cuarenta pesos, en dinero efectivo, equivalente al uno por ciento del capital social, ya aportado e ingresado a las arcas sociales con anterioridad a la celebración de la citada modificación social.- Permanecen inalterables las demás estipulaciones contenidas en la escritura pública de modificación de fecha treinta de Julio de dos mil quince.- Dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo tercero de la Ley diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve, comparece, ENRIQUE JOSE RAMIREZ CUNILLERA, chileno, casado y separado de bienes, Cirujano dentista, cédula nacional de identidad número ocho millones quinientos cuarenta y nueve mil doscientos cuarenta y seis guión dos, domiciliado en Germán Riesco mil ciento sesenta dos, comuna de San Vicente, quien comparece aceptando la rectificación y saneamiento de la escritura de modificación social de fecha treinta de Julio de dos mil quince, en todos sus términos.- En lo no modificado expresamente por el presente instrumento permanecen plenamente vigentes los estatutos de “Clínica Dental San Vicente Limitada”.- Otras estipulaciones: escritura extractada.- San Vicente, 16 de Agosto de 2023.- LUISA PAMELA MEDINA SCHULZ, Notario Público Titular.