Agencia de Aduana Roly Salas Latorre y Compañía Limitada
Instrumento
- Fecha
- 16 de agosto de 2023
- Repertorio
- 27200-2023
- Notario
- JOSE LEONARDO BRUSI MUÑOZ
- Oficio
- 42 Notaria de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Ley aplicable
- Ley 3918
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJOSE LEONARDO BRUSI MUÑOZ, Notario Público de la 42 Notaria de Santiago, Suplente del Titular ALVARO GONZALEZ SALINAS, Agustinas N°1070, 2° Piso, Certifico: Que por escritura pública de fecha 16 Agosto de 2023, bajo el repertorio N°27.200-2023, ante mí, don MANUEL ALEJANDRO SALAZAR MUÑOZ, chileno, casado, Agente de Aduana, C.I.N°11.632.264-1; don ROLY AUGUSTO SALAS LATORRE, chileno, casado, separado totalmente de bienes, Agente de Aduana, C.I.N°4.200.182-1; doña LORENA DEL PILAR SALAS ORTIZ, chilena, casada, Secretaria, C.I.N°11.194.359-1 y don MAURICIO ROLY SALAS ORTIZ, chileno, divorciado, Técnico en Comercio Exterior, C.I.N° 11.385.890-7; todos domiciliados en calle Moneda número mil cuarenta, oficina mil trescientos dos, Santiago Centro, comuna de Santiago, Por escritura pública 25-11-2008, ante Notario de Valparaíso don Manuel Jordán López, don Roly Augusto Salas Latorre, doña Ana María Ortiz Arias, doña Lorena del Pilar Salas Ortiz y don Mauricio Salas Ortiz, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada "Agencia de Aduanas Roly Salas Latorre y Compañía Limitada", inscrita a fojas 57.868. número 40.089, del Registro de Comercio del año 2008, del Conservador de Bienes Raíces de Santiago y publicado en el Diario Oficial de fecha seis de Diciembre del año dos mil ocho. Todo ello previa autorización de la Dirección Nacional de Aduanas mediante Resolución Exenta N°8219, de 13 de noviembre del año 2008. Por Resolución N°13182, de 05 de diciembre de 2013, de la Dirección Nacional de Aduanas, fue prorrogada la vigencia de la sociedad hasta el 11 de diciembre de 2018. Mediante escritura pública de 20 de agosto de 2018, otorgada en la 42° Notaría de Santiago de don Álvaro González Salinas, cuyo extracto se inscribió a fojas 74.991, número 38510, del Registro de Comercio del año 2018 del Conservador de Bienes Raíces de Santiago y publicado en el Diario Oficial de fecha 8 de Octubre del año 2018, se procedió a modificar la sociedad “Agencia de Aduanas Roly Salas Latorre y Compañía Limitada”. Como consecuencia de las cesiones de derechos de las partes, el cambio de nombre y razón social pactado y la nueva realidad societaria, se sustituyó en lo pertinente el estatuto social de la sociedad “Agencia de Aduana Roly Salas Latorre y Compañía Limitada”, el cual correspondió a partir de la modificación al estatuto social de la “Agencia de Aduana Manuel Salazar Muñoz y Compañía Limitada” y la sociedad pasó a llamarse “Agencia de Aduana Manuel Salazar Muñoz y Compañía Limitada”. Todo ello previa autorización de la Dirección Nacional de Aduanas mediante Resolución Exenta N°3440, de 07 de agosto de 2018. Atendida la circunstancia que la vigencia de la sociedad estaba prorrogada hasta el 11 de diciembre de 2018, conforme a la Resolución N°13182, de 5 de diciembre de 2013, de la Dirección Nacional de Aduanas, de acuerdo al artículo N°198, letra f), de la Ordenanza de Aduanas, debió haberse solicitado al Director Nacional de Aduanas la autorización de una nueva prórroga de la vigencia de la sociedad, omisión que se subsana mediante el presente acto, haciendo presente que la sociedad se prorrogará por un nuevo término de 5 años, lo que extiende su vigencia hasta el mes de diciembre de 2023, ocasión en que se presentará una nueva solicitud de prórroga de vigencia de la sociedad para efectos de su autorización por parte del Director Nacional de Aduanas. En cuanto a los derechos sociales, el socio don Mauricio Roly Salas Ortiz, vende, cede y transfiere a doña Lorena del Pilar Salas Ortiz, quien compra, acepta y adquiere para sí, el 21% de sus derechos sociales, equivalentes al 21% del capital social. El precio de esta cesión es la suma de veintidós millones de pesos, que la cesionaria pagará al cedente en el plazo de cinco años a contar de la fecha de la presente escritura, declarando el cedente que ha recibido el precio a su entera satisfacción. La cedente renuncia al ejercicio de la acción resolutoria. Se deja constancia que el capital social asciende a la suma de ciento diez millones de pesos, que se encuentran íntegramente pagados en la caja social y que los derechos cedidos a que se refiere esta cláusula están libres de prendas, litigios y prohibiciones y así la cesionaria lo acepta, declarando el cedente que tales derechos le pertenecen en forma exclusiva y que incluyen, en las proporciones correspondientes del haber social. Doña Lorena del Pilar Salas Ortiz se incorpora a la sociedad con el 21% del capital social y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 198. letra e) de la Ordenanza de Aduanas, también aportará su trabajo personal; el Agente de Aduana don Manuel Alejandro Salazar Muñoz mantiene el 51% del capital social; el Agente de Aduana don Roly Augusto Salas Latorre mantiene el 25% del capital social y don Mauricio Roly Salas Ortiz queda con el 3% del capital social. Como consecuencia de la cesión de derechos precedente y la nueva realidad societaria, el estatuto social de la sociedad “Agencia de Aduana Manuel Salazar Muñoz y Compañía Limitada” es el siguiente: Que constituyen una sociedad de responsabilidad limitada, la que se regirá por las estipulaciones de estos estatutos, y en silencio de los mismos por lo dispuesto en la Ley 3918 y sus modificaciones, la Ordenanza de Aduanas e instrucciones de la Dirección Nacional de Aduanas. SEGUNDO: El nombre o razón social será “AGENCIA DE ADUANA MANUEL SALAZAR MUÑOZ Y COMPAÑÍA LIMITADA”, pudiendo usar para fines comerciales, publicitarios, financieros o en otro tipo de actividades la sigla o expresión “AGENCIA DE ADUANA MANUEL SALAZAR M. Y CIA. LTDA.”; su domicilio será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las filiales o agencias que pueda establecer en otras ciudades del país. El objeto de la sociedad será la explotación de los servicios inherentes al despacho de las mercancías, cualquiera sea la destinación aduanera a que sean sometidas, pero sin que la sociedad pueda actuar como Despachador. La duración de la sociedad será de cinco años a contar de la fecha de su inscripción en el Registro de Comercio, plazo que se entenderá prorrogado automática y sucesivamente por períodos iguales de cinco años cada uno. La administración, representación y uso de la razón social corresponderá en forma separada e indistinta a los socios Manuel Alejandro Salazar Muñoz y Roly Augusto Salas Latorre y de esta forma y anteponiendo a sus firmas la razón social. El capital social será la suma de ciento diez millones de pesos que los socios aportan en este acto, en la siguiente proporción: socio Manuel Alejandro Salazar Muñoz, la suma de cincuenta y seis millones pesos, equivalentes al cincuenta y uno por ciento del capital social, socio Roly Augusto Salas Latorre, la suma de veintisiete millones pesos, equivalentes al veinticinco por ciento del capital social, socia Lorena del Pilar Salas Ortiz, la suma de veintidós millones de pesos, equivalentes al veintiuno por ciento del capital social, socio Mauricio Salas Ortiz, la suma de cinco millones de pesos, equivalentes al tres por ciento del capital social. Otras estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago 18 de Agosto de 2023.