MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD DE ASESORIAS FINANCIERAS SAF LIMITADA

RUT 76434463-4 CVE 2364681
Capital
$1.500.000 CLP
Fecha instrumento
18 de agosto de 2023

Instrumento

Fecha
18 de agosto de 2023
Notario
JUAN ANTONIO LOYOLA OPAZO
Domicilio
Temuco

Sociedad

Capital
$1.500.000 CLP

Administración

la Administración, representación y uso de la razón social corresponderá a don Marco Antonio Chandia Bascuñan, Chileno, Ingeniero Civil Industrial, Casado y separado de Bienes, cedula de identidad número diez millones seiscientos cincuenta y nueve mil cuarenta y ocho guion seis, ambos domiciliados para estos efectos en calle Antonio Varas número novecientos ochenta y nueve oficina mil doscientos tres, de la comuna y ciudad de Temuco, doña Marcia Alejandra Melo Jara, Chilena, Enfermera Universitaria, casada, Cédula Nacional de Identidad número diez millones ciento setenta y dos mil ciento ochenta y cinco guion k, domiciliada en Calle El Prado número cero dos mil seiscientos ochenta y uno, comuna y ciudad de Temuco y don Mauricio Eladio Andrade Borquez, chileno, Ingeniero Comercial, Soltero, Cédula Nacional de Identidad número diez millones trescientos noventa y cinco mil ochocientos cincuenta y seis guion tres, domiciliado en Calle Sotomayor número doscientos once, departamento quinientos uno, comuna de Castro Chiloé, debiendo siempre comparecer al menos dos de ellos, cualquiera sea, quienes anteponiendo la razón social a sus firmas personales podrán representar y obligar a la sociedad válidamente en todos los actos, declaraciones, contratos y convenciones relacionados con el giro social, con amplias facultades, las que se encuentran establecidas en la cláusula quinta de la escritura de constitución, y además, eliminan la restricción establecida en el numeral trece de dicha cláusula, estableciéndose que siempre para cualquier acto se requiere la concurrencia de dos de los representantes legales nombrados cualquiera de ellos, y sin restricción de montos crediticios u otros; En lo no modificado rige pacto social primitivo;

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JUAN ANTONIO LOYOLA OPAZO, Abogado, Notario Público Titular de Temuco, con domicilio en esta ciudad, calle Arturo Prat número 815, certifica: Que por escritura pública de fecha 18 de agosto de 2023, Rep. Nº 3687, otorgada ante mí, a) Sociedad de Inversiones Sur Azul Limitada, sociedad del Giro de su denominación, Rut: 76.101.786-1, representada por don Marco Antonio Chandia Bascuñan, chileno, Ingeniero Civil Industrial, casado y separado de Bienes, cedula de identidad número 10.659.048-6, ambos domiciliados para estos efectos en calle Antonio Varas número 989 oficina 1203, de la comuna y ciudad de Temuco, b) Sociedad de Inversiones M y M Limitada, sociedad del Giro de su denominación, Rut: 76.436.647-6, representada por doña Marcia Alejandra Melo Jara, chilena, Enfermera Universitaria, casada y separada de Bienes, cedula de identidad número 10.172.185-K, ambos domiciliados para estos efectos en calle Antonio Varas número 989 oficina 1203, de la comuna y ciudad de Temuco y c) don Mauricio Eladio Andrade Borquez, chileno, Ingeniero Comercial, casado y separado de bienes, Cedula Nacional de Identidad número 10.395.856-3, domiciliado en calle Sotomayor numero 211 departamento 201, de la ciudad y comuna de Castro, representado en este acto, según se acreditará por doña Marcia Alejandra Melo Jara, ya individualizada, modificaron la sociedad de responsabilidad limitada que gira bajo razón social: “SOCIEDAD DE ASESORIAS FINANCIERAS SAF LIMITADA o SAF LTDA” o SAF LTDA, rol único tributario número 76.434.463-4, constituida con fecha 30 de enero del año 2015 otorgada ante Notario Público de Temuco don Carlos Alarcón Ramírez, inscrita a fojas 294 vuelta, número 184 en el Registro de Comercio del año 2015 del Conservador de Bienes Raíces de Temuco, cuyo extracto se publicó en el Diario Oficial de en su edición número 41.082, de fecha 13 de febrero de 2015, la cual no ha sufrido modificaciones a la fecha. PRESENTE MODIFICACION: Por acto de escritura, los socios modifican sus estatutos en los siguientes términos: CLAUSULA SEGUNDA: nombre o razón social: “SOCIEDAD DE ASESORIAS Y FORTALECIMIENTO EMPRESARIAL SAF LIMITADA”. pero la sociedad podrá operar, inclusive con todas las instituciones y frente a terceros incluidos los Bancos con el nombre de fantasía de SAF LTDA. CLAUSULA QUINTA: Administración: la Administración, representación y uso de la razón social corresponderá a don Marco Antonio Chandia Bascuñan, Chileno, Ingeniero Civil Industrial, Casado y separado de Bienes, cedula de identidad número diez millones seiscientos cincuenta y nueve mil cuarenta y ocho guion seis, ambos domiciliados para estos efectos en calle Antonio Varas número novecientos ochenta y nueve oficina mil doscientos tres, de la comuna y ciudad de Temuco, doña Marcia Alejandra Melo Jara, Chilena, Enfermera Universitaria, casada, Cédula Nacional de Identidad número diez millones ciento setenta y dos mil ciento ochenta y cinco guion k, domiciliada en Calle El Prado número cero dos mil seiscientos ochenta y uno, comuna y ciudad de Temuco y don Mauricio Eladio Andrade Borquez, chileno, Ingeniero Comercial, Soltero, Cédula Nacional de Identidad número diez millones trescientos noventa y cinco mil ochocientos cincuenta y seis guion tres, domiciliado en Calle Sotomayor número doscientos once, departamento quinientos uno, comuna de Castro Chiloé, debiendo siempre comparecer al menos dos de ellos, cualquiera sea, quienes anteponiendo la razón social a sus firmas personales podrán representar y obligar a la sociedad válidamente en todos los actos, declaraciones, contratos y convenciones relacionados con el giro social, con amplias facultades, las que se encuentran establecidas en la cláusula quinta de la escritura de constitución, y además, eliminan la restricción establecida en el numeral trece de dicha cláusula, estableciéndose que siempre para cualquier acto se requiere la concurrencia de dos de los representantes legales nombrados cualquiera de ellos, y sin restricción de montos crediticios u otros; En lo no modificado rige pacto social primitivo; Demás estipulaciones constan en escritura extractada. CAPITAL: $1.500.000.- TEMUCO, 18 de Agosto de 2023.-