Servicios Veterinarios Profesionales Bigpet Limitada
Instrumento
- Fecha
- 17 de agosto de 2023
- Repertorio
- 4839-2023
- Notario
- LUIS EDUARDO RODRÍGUEZ BURR
- Oficio
- 1ª Notaría de Providencia
- Comuna
- Providencia
Sociedad
- Capital
- $10.000.000 CLP
- Domicilio
- El domicilio de la Sociedad será la ciudad de Santiago
- Duración
- La sociedad tendrá una duración de 2 años a contar de la fecha de la presente escritura. Este plazo se entenderá prorrogado automáticamente por períodos sucesivos y continuos de 2 años cada uno si ninguno de los socios manifiesta su voluntad de ponerle término al final del período respectivo que estuviere en
Objeto social
La Sociedad tendrá por
Administración
Corresponderá exclusivamente a don Diego Francisco Espínola Marín, quien actuando individualmente y anteponiendo su nombre a la razón social, representará a la Sociedad con las más amplias facultades; (c)
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLUIS EDUARDO RODRÍGUEZ BURR, abogado, Notario Público, Titular de la 1ª Notaría de Providencia, con oficio en Avenida Providencia N° 1.777, certifico: Que por escritura pública de fecha 17 de agosto de 2023, Repertorio N° 4839-2023, ante mí, don Diego Francisco Espínola Marín, domiciliado para estos efectos en Avenida Grecia N° 8.585, local 12, comuna de Peñalolén, Santiago, y doña Claudia Andrea Paredes Palma, domiciliada para estos efectos en calle Lago Chapo N° 13.202, comuna de El Bosque, Santiago, vienen en constituir una sociedad de Responsabilidad Limitada, de cuyos estatutos extracto lo siguiente: (a) Razón social: “Servicios Veterinarios Profesionales Bigpet Limitada”, pudiendo usar como nombre de fantasía “Servicios Veterinarios BIGPET Ltda.”; (b) Administración y uso de la razón social: Corresponderá exclusivamente a don Diego Francisco Espínola Marín, quien actuando individualmente y anteponiendo su nombre a la razón social, representará a la Sociedad con las más amplias facultades; (c) Domicilio: El domicilio de la Sociedad será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de que pueda establecer sucursales o establecimientos en otros puntos de la República o en el extranjero; (d) Capital: El capital de la sociedad será la suma de $10.000.000, que los socios aportan y pagan de la siguiente forma: (i) don Diego Francisco Espínola Marín aporta la cantidad de $8.000.000, esto es, un 80% del capital social, suma que se entera y paga en este acto, en dinero efectivo; y, (ii) doña Claudia Andrea Paredes Palma aporta la cantidad de $2.000.000, esto es, un 20% del capital social, suma que se enterará y pagará en el plazo de 2 años a contar de esta fecha; (e) Objeto: La Sociedad tendrá por objeto: (i) la prestación de servicios clínicos veterinarios para todo tipo de mascotas y animales, incluido la gestión, control y seguimiento de enfermedades o accidentes, consultas a domicilio, urgencias, y procedimientos de prevención de los mismos, entre otros; (ii) la prestación de servicios de estética, belleza, peluquería y aseo de mascotas; y, (iii) cualquier otro servicio que acuerden los socios y tengan directa relación con lo anterior; (f) Duración: La sociedad tendrá una duración de 2 años a contar de la fecha de la presente escritura. Este plazo se entenderá prorrogado automáticamente por períodos sucesivos y continuos de 2 años cada uno si ninguno de los socios manifiesta su voluntad de ponerle término al final del período respectivo que estuviere en vigencia.- Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 17 de agosto de 2023.