CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

QUIÑONES, MARRUFO Y MELGAR LIMITADA

CVE 2363248
Capital
$200.000 CLP
Fecha instrumento
25 de julio de 2023
Notaría
Chillán
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
25 de julio de 2023
Notario
JANINA LORENA RODRÍGUEZ CORTÉS
Oficio
Sexta Notaría de Chillán
Comuna
Chillán

Sociedad

Capital
$200.000 CLP
Duración
La empresa empezará a regir desde esta fecha y tendrá duración de cinco años, plazo que se entenderá prorrogado en forma tácita, automática y sucesiva por períodos iguales de diez años, si ninguna de las socias manifiesta su intención de poner término a la sociedad por escritura pública anotada al margen de la Inscripción social, con una anticipación a lo menos de seis meses al vencimiento del período respectivo o de la prórroga que estuviera vigente

Objeto social

Será: a) Servicios de asesoramiento y representación jurídica; b) Otras actividades jurídicas en general NCP; c) Otras actividades de servicios profesionales N.C.P

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JANINA LORENA RODRÍGUEZ CORTÉS, Abogado, Notario Público, Titular de la Sexta Notaría de Chillán, domiciliada en calle Arauco 645 Chillán, CERTIFICO: por escritura pública de fecha 25 de julio de 2023, ante mí, don JUAN NARCISO ZUÑIGA BARRIGA, chileno, casado, contador auditor, identificado con cédula nacional de identidad Nº5.679.206-6, con domicilio en Zañartu número doscientos dos (202), Chillán, en nombre y representación, según se acreditará de don JAVIER FERNANDO QUIÑONES GUANILO, peruano, casado, abogado, identificado con Rol Único Tributario Nº48.223.504-2, DNI Nº43464140 y Pasaporte Nº118241531, ambos emitidos en Perú, con domicilio en Jirón Rufino Torrico 990 oficina 606, cercado de Lima, departamento y provincia de Lima, Perú; don JOSÉ LUIS MARRUFO OLIVOS, peruano, casado, abogado, identificado con Rol Único Tributario Nº48.223.654-5, DNI Nº 42894739 y Pasaporte Nº118739806, ambos emitidos en Perú, con domicilio en Jirón Rufino Torrico 990 oficina 606, cercado de Lima, departamento y provincia de Lima, Perú; y de doña MIRYAM YSABEL MELGAR ZEBALLOS, chilena, soltera, abogada, identificada con cédula nacional de identidad Nº22.267.844-7, con domicilio en calle Zañartu doscientos dos (202) Chillán, constituyen S.R.L. “QUIÑONES, MARRUFO Y MELGAR LIMITADA” pudiendo usar como nombre de fantasía “QUIÑONES, MARRUFO Y MELGAR LTDA”.- OBJETO: Será: a) Servicios de asesoramiento y representación jurídica; b) Otras actividades jurídicas en general NCP; c) Otras actividades de servicios profesionales N.C.P..- CAPITAL: El capital social es la suma de $600.000 (Seiscientos mil pesos), que ha sido completamente enterado; que los socios se obligan a aportar y pagar en las proporciones y de la forma siguiente: A) MIRYAM YSABEL MELGAR ZEBALLOS se obliga a enterar el equivalente al 33,333% por ciento del capital social, mediante el aporte de $200.000 pesos que entera y paga a la caja social en efectivo en este acto; B) JAVIER FERNANDO QUIÑONES GUANILO se obliga a enterar el equivalente al 33,333& por ciento del capital social, mediante el aporte de $200.000 pesos que entera y paga a la caja social en efectivo en este acto; C) JOSE LUIS MARRUFO OLIVOS se obliga a enterar el equivalente al 33,333% por ciento del capital social, mediante el aporte de $200.000 pesos que entera y paga a la caja social en efectivo en este acto.- ADMINISTRACIÓN, REPRESENTACIÓN Y USO RAZÓN SOCIAL: corresponderá a MIRYAM YSABEL MELGAR ZEBALLOS, la representará con las más amplias facultades (detalladas en la escritura extractada), pudiendo obligarla en toda clase de actos. DURACIÓN: La empresa empezará a regir desde esta fecha y tendrá duración de cinco años, plazo que se entenderá prorrogado en forma tácita, automática y sucesiva por períodos iguales de diez años, si ninguna de las socias manifiesta su intención de poner término a la sociedad por escritura pública anotada al margen de la Inscripción social, con una anticipación a lo menos de seis meses al vencimiento del período respectivo o de la prórroga que estuviera vigente. Demás estipulaciones constan escritura extractada. Chillán, 17 de agosto de 2023.