MODIFICACIÓN Sociedad Anónima

INVERSIONES DACOBO S.A.

RUT 76023333-1 CVE 2363291
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
8 de agosto de 2023
Notaría
Pública de Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
8 de agosto de 2023
Comuna
Pública de Santiago

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP
Domicilio
La ciudad de Santiago
Duración
Indefinida

Objeto social

La realización de inversiones en toda clase de bienes muebles e inmuebles, sean éstos corporales o incorporales, ya sea en Chile o en el extranjero; incluyendo la adquisición de acciones de sociedades, derechos en sociedades de personas, debentures, bonos, efectos de comercio, cuotas de fondos de inversión, cuotas de fondos mutuos y en general en instrumentos de crédito y en toda clase de valores mobiliarios e instrumentos de inversión; la administración de estas inversiones y la percepción de sus frutos, y cualquier otra actividad relacionada que los accionistas de común acuerdo determinen

Administración

La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a don Daniel Jacobo Jabbaz, cédula de identidad número 14.489.895-8, quien administrará con las más amplias facultades

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

NANCY DE LA FUENTE HERNÁNDEZ, Abogada, Notaria Titular de la 37ª Notaría Pública de Santiago, con oficio en Huérfanos N°1117, oficina 1014, comuna de Santiago, certifico: que por Junta Extraordinaria de Accionistas de fecha 4 de agosto del año 2023, celebrada ante mí y reducida a escritura pública con fecha 08.08.2023, otorgada ante mí bajo el Repertorio número 2463-2023: don Julián Natalio Jabbaz Rosenbaum, C.N. de I. N°17.535.881-1; doña Karina Ximena Jabbaz Rosenbaum, C.N. de I. N°17.535.882-k; y doña Vanesa Giselle Jabbaz Rosenbaum, C.N. I. N°17.535.883-8; en su calidad de únicos y actuales accionista de la sociedad denominada INVERSIONES DACOBO S.A. RUT N° 76.023.333-1, según consta en registro de accionistas que he tenido a la vista; todos domiciliados en calle Los Militares N°5890, Santiago, Región Metropolitana; sociedad inscrita fojas 23687 número 16297 del Registro de Comercio de Santiago del año 2008, en el sentido de transformarla en una sociedad por acciones de cuyo estatuto se extracta lo siguiente: RAZÓN SOCIAL: “INVERSIONES DACOBO SpA”.- OBJETO: La realización de inversiones en toda clase de bienes muebles e inmuebles, sean éstos corporales o incorporales, ya sea en Chile o en el extranjero; incluyendo la adquisición de acciones de sociedades, derechos en sociedades de personas, debentures, bonos, efectos de comercio, cuotas de fondos de inversión, cuotas de fondos mutuos y en general en instrumentos de crédito y en toda clase de valores mobiliarios e instrumentos de inversión; la administración de estas inversiones y la percepción de sus frutos, y cualquier otra actividad relacionada que los accionistas de común acuerdo determinen. DOMICILIO: La ciudad de Santiago sin perjuicio de poder establecer agencias, sucursales o establecimientos en otros puntos de la República o fuera de esta. DURACIÓN: Indefinida.- CAPITAL: El capital social asciende a $1.000.000, dividido en 1.000.000 acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie y sin valor nominal, acciones que fueron suscritas y pagadas por los accionistas de la siguiente manera: A. don JULIÁN NATALIO JABBAZ ROSENBAUM, suscribió 333.340 acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie y sin valor nominal, por un valor de $333.340, suma pagada con anterioridad a este acto; B. doña KARINA XIMENA JABBAZ ROSENBAUM suscribió 333.330 acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie y sin valor nominal, por un valor de $333.330, suma pagada con anterioridad a este acto; y C. doña VANESA GISELLE JABBAZ ROSENBAUM suscribió 333.330 acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie y sin valor nominal, por un valor de $333.330, suma pagada con anterioridad a este acto. ADMINISTRACIÓN: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a don Daniel Jacobo Jabbaz, cédula de identidad número 14.489.895-8, quien administrará con las más amplias facultades.- Demás estipulaciones no son materia de extracto y constan en escritura pública extractada.- Santiago, 08 de agosto de 2023.-