MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

PROPITAL SpA

RUT 77798711-9 CVE 2362791
Capital
$1.000 CLP
Fecha instrumento
31 de julio de 2023
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
31 de julio de 2023
Repertorio
24945-2023
Notario
ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
Oficio
36° Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Abogado, Notario Público Titular de la 36° Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción N° 65, piso 2, comuna de Providencia, certifico: Que por escritura pública de fecha 31 de Julio de 2023, Repertorio N° 24.945-2023, otorgada ante Notario Suplente doña Karina Alejandra Flores Muñoz, se redujo Acta de Junta Extraordinaria de Accionistas de la sociedad “PROPITAL SpA” celebrada el día 21 de julio de 2023, en la que se acordó: (a) realizar un aumento del capital social desde la suma de $1.000.000 dividido en 1.000 acciones ordinarias, a la cantidad de $601.000.000 dividido en (i) 1.000.000 de acciones ordinarias y (ii) 150.000 acciones preferentes Serie E; y (b) reemplazar los artículos quinto y primero transitorio de los estatutos sociales, para quedar como a continuación se expresa: “ARTÍCULO QUINTO: Capital y Acciones. El capital de la Sociedad será la suma de seiscientos un millón de pesos, dividido en (i) un millón de acciones ordinarias, nominativas, de igual valor y sin valor nominal y (ii) ciento cincuenta mil acciones preferentes Serie E, las cuales se encuentran suscritas, pagadas y pendientes de suscripción y pago, de la forma indicada en el artículo primero transitorio. Las acciones preferentes de la Serie E tienen, respecto de las acciones ordinarias, las siguientes limitaciones: UNO. No otorgarán derecho a votar respecto de las materias que los estatutos sociales o la ley establezca como aquellas que deben ser aprobadas por la Junta de Accionistas. Por lo tanto, para todos los efectos legales, estas acciones serán consideradas como de aquellas que no tienen derecho a voto; DOS. No otorgarán derecho a impugnar los acuerdos de los órganos de la Sociedad.”. “ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO: Suscripción y pago del capital. El capital de la Sociedad correspondiente a la suma de seiscientos un millón de pesos, dividido en (i) un millón de acciones ordinarias, nominativas, de igual valor y sin valor nominal y (ii) ciento setenta y seis mil cuatrocientas setenta y una acciones preferentes Serie E, es suscrito y pagado, y se suscribirá y pagará, de la siguiente forma: (a) don FRANCISCO JAVIER ROCHA ACEVEDO, ha suscrito y pagado la cantidad de un millón de acciones ordinarias, nominativas, de igual valor y sin valor nominal; y (b) ciento cincuenta mil acciones preferentes Serie E se encuentran pendientes de suscripción y pago, las que en todo caso, deberán suscribirse y pagarse en un plazo que no exceda de cinco años contados desde la fecha de su emisión.”.- Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 02 de Agosto de 2023.